Fuentes de corrupción - Justicia y su entorno - Sin permiso - Libros y Revistas - VLEX 940123778

Fuentes de corrupción

AutorRafael Díaz Meza
Páginas325-382
CAPÍTULO II
FUENTES DE CORRUPCIÓN
Junto con el embeleco de la paz, la corrupción es el tema ahora más trillado
en Colombia: de él se creen con derecho a ponticar los banqueros, los políticos
en campaña, los guardianes del INPEC y hasta algún Ministro de Hacienda.
Para hablar de ella abrimos dos ventanas: la de la corrupción que tiene fuentes
evidentes (lo que puede ver cualquiera incluso sin mirarlo) y la de la corrupción
cuyas fuentes solo algunos ven. La primera conjuga un monstruo similar
al Leviatán de H que hunde sus raíces en viejos ancestros; la segunda
encarna a la bruja cargada de pócimas que podemos llamar trampa, con raíces
en la educación tradicional. En Colombia y la mayor parte de América Latina,
el Leviatán no pasa de ser un bicho; la Bruja, contrariamente, es el verdadero
monstruo. Enunciemos brujas y leviatanes:
1. FUENTES DE CORRUPCIÓN EVIDENT ES
.. D    
Además de otras tesis ideadas para explicar su origen, el pragmatismo de
W J explicaría mejor de dónde nace la corrupción (aunque el autor
aludía a la creencia como base de la verdad): instalada una creencia, el hombre
toma esa creencia como regla de comportamiento para validar su egolatría.
La creencia es lo correcto; lo demás es poco rentable. El corrupto (es nuestra
armación) cree hacer lo correcto para él, posición que deja sin valor toda
tentativa anticorrupción que se funda en leyes y decretos punitivos, vías judiciales
o aumento de penas.
Cercano a James, el psicólogo R B (1953) decidió en la
década del 90 estudiar la maldad humana. Contrario a las creencias, los
estudios de Roy demostraron que no es la baja autoestima la que propicia
aquella, sino su contrario: la certidumbre de que se puede hacer de todo
R D M326
cuando se tienen determinadas cosas que justican el daño ajeno. Los malos
no se creen malos; creen que los demás sí lo son y que ellos han sido víctimas
de lo que carecen. Por estas razones se maltrata a la mujer o al hombre (lo
último crece cada día) ya que se tiene la certeza de que hay un derecho
sobre el cuerpo ajeno; se destruyen bienes públicos (no solo en marchas de la
primera línea) porque el otro (o el manifestante) se considera agraviado por el
Estado; se escamotea el dinero público para evitar que otro lo haga primero;
se roban bienes privados y se invaden ncas porque se cree tener derecho a
democratizar la riqueza.
Sin embargo, no pueden quedar a un lado el inseguro, el amargado, el
desesperado o el refractario social, condiciones que aglutinan la convicción de que
se tiene derecho a todo: engañar, mentir, opacar, distorsionar hechos, calumniar,
injuriar, trampear. Otra dosis más de cada cosa, mejor. ¡Somos víctimas y entonces
nos deben más y mejores derechos!
¿Qué determina que alguien se crea con mejor derecho? Una cualquiera de
4 cosas:
a) La posición social (rol o cargo), que da
b) La arrogancia del poder.
c) La certidumbre, que genera
d) Arrogancia del conocimiento.
Mirado con óptica elemental, las cuatro cosas son producto de una educación
fundada en enseñar lo exacto; en no admitir ni el yerro ni la diferencia; en
establecer competencias entre los supuestos malos y buenos alumnos; en diseñar
exámenes que excluyen la iniciativa, la imaginación y la creatividad; en tener éstos
–mentirosamente– como soporte para acceder a mejores posiciones académicas y
laborales; en considerar que la certeza del conocimiento hace a la persona mejor,
cuando –en la mayoría de los casos– la hace peor.
Lo anterior lleva al desastre nal sintetizado en la frase de S  :
“Todos somos malos para que no sea malo ning uno”.
Cuya esencia agigantó K G (1883-1931) al armar:
“Ni el ladrón encarcelado est á a salvo de otro ladrón”.
F   327
.. F     
1.2.1. En materia penal
Solo por vía ejemplicativa, mencionamos:
A. Contratación pública o estatal
“El contrato es un acuerdo que solo obliga a la pa rte más débil”.
En 1968 se introdujo en Colombia como fórmula para que el Estado no
trabajara mal la Descentralización Administrativa que enfocaba, entre otras cosas,
la coparticipación del Estado y del ciudadano. Dos décadas después la fórmula
se concretó en derecho penal al poner en marcha los contratos administrativos
que consisten en conar alguna parte del funcionamiento y del trabajo del
Estado a particulares. Así los establecieron los Decretos 100 y 141 del 80 hasta
que sobrevino el Estatuto de la Contratación (Pública) o Ley 80 del 93. ¡Eureka!
Puertas abiertas para avivatos porque nació la profesión más enriquecedora del
mundo (ser contratista), mejor que la del pastor, la del cura o la del prostituto
(bueno la primera es la forma sosticada de esta última) y no requiere estudios
ni títulos: basta con saber rmar, así sea a ruego. Con una simple condición o
conditio sine qua non –tal como diría el latinajo de los malos abogados–: que
tengas buenas relaciones. ¿Con quién? Con los que manejan el Estado, es decir,
con los que, dentro de su cargo poseen facultades para contratar. A partir de ahí,
nada ni nadie los atajará, a no ser una revolución positiva.
Esos decretos y leyes han sido modicados, rehechos y contrahechos muchas
veces sin que en el fondo aporten cambio alguno. Nuestros antepasados solían
decir que la camisa que se remienda mucho es porque siempre se rasga.
No usaremos escalpelo jurídico para ver los defectos de ese Estatuto:
simplemente tocaremos los que son ostensibles y dan rienda suelta a la
corrupción. Estos:
a) El Estatuto usa tipos penales en blanco al describir las conductas punibles
en que pueden incurrir los particulares que contraten con el Estado.
Un tipo penal en blanco es aquel que en su descripción conductual no
contiene deniciones propias, sino que se vale de otras que forman parte de
especialidades distintas contenidas en códigos o leyes diferentes (en nuestro
caso, Administrativo, Civil o Comercial) e incluso en la Constitución.

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