El futuro del derecho a la salud: algunas lecciones del caso colombiano - Derechos en la práctica - Libros y Revistas - VLEX 777079417

El futuro del derecho a la salud: algunas lecciones del caso colombiano

AutorEveraldo Lamprea Montealegre
Páginas117-135
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El futuro del derecho
a la salud: algunas lecciones
del caso colombiano
En pocos países del mundo el litigio del derecho a la salud ha tenido efectos
tan transformadores como en Colombia. No sólo miles de personas están
hoy con vida gracias a la tutela. Adicionalmente, el litigio y la adjudicación
judicial han acercado las políticas públicas a la defensa del derecho a la
salud —tal como lo pone de relieve la Ley Estatutaria de 2013—. Esta
es una lección sin duda inspiradora para muchos países cuyas constitucio-
nes o precedentes judiciales incluyen un derecho a la salud nominal, pero
que no se ha materializado efectivamente en las prácticas sociales ni en la
legislación. Asimismo, los resultados positivos de la Ley 100 de 1993, espe-
cialmente el crecimiento de la cobertura poblacional, son una muestra de
cómo el diseño creativo de políticas de salud puede transformar un sistema
de seguridad social fallido y limitado a una minoría de beneciarios, en un
mecanismo de distribución capaz de diseminar titulaciones de ciudadanía
social entre vastos sectores de la población.
Pero, por otra parte, el caso colombiano evidencia cómo la compleja
economía política que rodea al litigio llevó a que el derecho a la salud se
“farmaceuticalizara” e individualizara, lo cual jugó a favor de los intereses
de la industria farmacéutica pero en contra de la movilización social y la
estabilidad nanciera del sistema de seguridad social. A su vez, la abrupta
reforma al sistema de salud de 1993 pone de presente los efectos indeseados
del reformismo experimental en un país con bajas capacidades estatales. A
continuación haré un balance de las lecciones que deja la trayectoria del
derecho a la salud en Colombia durante el periodo 1991-2014. Sugeriré
que dichas lecciones pueden servir como un mapa de ruta para entender
el futuro del derecho a la salud no sólo en Colombia sino a nivel mundial.
118 D   
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En el 2000, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las
Naciones Unidas () prorió la Obser vación General 14, la cual dene
los componentes del núcleo esencial del derecho a la salud. La Observa-
ción 14 considera —en consonancia con la denición de la Organización
Mundial de la Salud— que “la salud es un derecho humano fundamental
e indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos. Todo ser
humano tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud que le
permita vivir dignamente”.
Aunque con la Observación 14 el  claricó algunos aspectos del
núcleo fundamental del derecho a la salud, subsisten muchas dudas sobre
cómo compaginar esta denición con las realidades de los sistemas de salud
a nivel mundial. Por ejemplo, cuando el  arma que los sistemas de
seguridad social deben garantizar el “más alto nivel posible de salud” a todos
sus ciudadanos, ¿a qué tipo de servicios y tratamientos médicos se está re-
riendo? ¿A todos aquellos que incentiven el nivel más alto de salud entre su
población, independientemente de sus costos?
Estas preguntas son especialmente difíciles de responder si consideramos
las dramáticas transformaciones epidemiológicas que han experimentado
muchos países. Cada vez menos puede armarse que existen enfermedades
propias del mundo industrializado —como se pensaba del cáncer, la obesidad
y de las enfermedades transmisibles genéticamente— y otras del mundo en
vías de desarrollo, como las enfermedades tropicales o las infectocontagio-
sas. Por el contrario, enfermedades no transmisibles () o crónicas como
el cáncer, la artritis, la diabetes, la falla renal o hepática y los problemas
coronarios empiezan a ganar cada vez más terreno en países en vías de
desarrollo como Colombia.
Las mismas Naciones Unidas han alertado sobre la prevalencia de enfer-
medades no transmisibles como el cáncer o la diabetes en el sur global. Así
lo sostiene un panel de la  dedicado a este tema: “En este momento hay
siete millones de casos de cáncer diagnosticados en el mundo en desarrollo
y esa cifra aumentará dramáticamente. A menos que actuemos ahora para
prevenir el cáncer y otras enfermedades no transmisibles, los proyectos de
caridad para los países pobres no serán para desastres o hambrunas, sino
para el tratamiento del cáncer”.225
225
United Nations Summit on Non-Communicable Dieseases (), World Cancer
Research Fund, “Once in a Generation Chance for 2.8 million preventable cancers”. Disponi-
ble en: http://www.wcrf.org/s/press_release_wcrf_unsummit.pdf

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