Gaceta departamental Nº 24.265 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Resolución - 13 de Diciembre de 2023 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 972300173

Gaceta departamental Nº 24.265 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Resolución

Fecha de publicación13 Diciembre 2023
Número de Gaceta24.265
24.265 40
Medellín, miércoles 13 de diciembre de 2023
UNIDOS
DEPARTAMENTAL
~egistrando
la
historia de Antioquia desde 190~
*Registrado en
el
Ministerio de Gobierno por Resolución
000474 de junio de 1967 1 Tarifa postal reducida
2333 de la Administración Postal Nacional -Porte Pagado*
1
.
.
~
ORDEN
AL
MtRITO
civICO
Y EMPRESARIAL
MARISCALJORGEROBLEDO
CAT.EGOIÚA
ORO
GOBERAACIÓN
DE
ANTIOOU~
~tb
de
Coi<:llibiil>
2
SUMARIO RESOLUCIONES DICIEMBRE 2023
Número
2023060352520
2023060352685
2023060352692
2023060352694
2023060352695
2023060352696
2023060352697
2023060352698
Fecha
Diciembre 06
Diciembre 07
Diciembre 07
Diciembre 07
Diciembre 07
Diciembre 07
Diciembre 07
Diciembre 07
Página
3
10
12
14
16
18
20
22
Número
2023060352699
2023060352921
2023060352965
2023060352966
2023060352967
2023060352971
2023060352972
2023060352973
Fecha
Diciembre 07
Diciembre 11
Diciembre 11
Diciembre 11
Diciembre 11
Diciembre 11
Diciembre 11
Diciembre 11
Página
24
26
28
30
32
34
36
38
3
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
(06/12/2023)
l
lll
l
ll
lllll
lll
ll lllll
lllll
lll
ll
lll
ll lllll ll
lll
ll
l
ll
lllll
11
1
11111
1
111
1
11111
* 2 O 2 3 O 6 O 3 5 2 5 2 O *
POR MEDIO DE LA CUAL SE REALIZA EL CIERRE DEFINITIVO DEL PROYECTO
DE INVERSIÓN «FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES
DE
INNOVACIÓN
EN
LAS
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
EN
EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA»
BPIN 2018000100197
LA SECRETARIA DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD
En
uso
de
sus facultades legales y
en
especial las conferidas por
la
el
Decreto
de
delegación 2023070004993 del 9
de
noviembre de 2023.
CONSIDERANDO
1.
Que
el
26 de diciembre de 2019 fue expedido
el
05,
por medio del cual
se
modifica
el
artículo
361
de
la
se
dictan otras disposiciones sobre
el
Régimen
de
Regalías y Compensaciones, supeditando las disposiciones
en
el
contenidas a
la
expedición
de
una
nueva
Ley.
2.
Que
en
virtud
de
lo anterior
se
expidió
la
la
cual se regula
la
organización y
el
funcionamiento del Sistema General de Regalías» norma que
en
el
capítulo VIII del Título
VII
estableció
el
funcionamiento del Sistema
de
Seguimiento,
Evaluación y Control (SSEC) con
la
finalidad velar por
el
uso eficiente y eficaz de los
recursos del Sistema General de Regalías.
3.
Que
el
parágrafo primero de artículo
37
de
la
2020 dispone que la ejecución
de
los proyectos
de
inversión financiados
con
el
Sistema General
de
Regalías (SGR)
se
adelantará
con
estricta sujeción
al
régimen de contratación pública.
En
este sentido
el
régimen
de
contratación aplicable
al
departamento
de
Antioquia
se
encuentra consagrado
en
la
1993 y
en
la
4.
Que por medio del Decreto
de 2020 "Por
el
cual
se
expide
el
Decreto Único
Reglamentario del Sistema General de Regalías",
se
derogó
el
Título 4
de
la
parte 2
del
Libro 2 del Decreto 1082
2015, con excepción
de
su
capítulo 2 y las disposiciones
concernientes
al
Sistema
de
Seguimiento, Evaluación y Control (SSEC).
4
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
l
llllll
lllll
lll
ll
lllll
lllll
lllll
ll
lll
lllll ll
lll
ll
lll
lllll
11
1
11111
1
111
1
11111
* 2 O 2 3 O 6 O 3 5 2 5 2 O *
(06/12/2023)
5.
Que
el
de 2020 «Por
el
cual
se
expide
el
Decreto Único Reglamentario del
Sistema General de Regalías» consagró
en
el
artículo 1.2.10.1.4 literal
p,
la
obligación
de los actores
del
Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control (SSEC), de efectuar
el
cierre de proyectos de inversión financiados
con
recursos del SGR por medio del acto
administrativo correspondiente, dentro de los seis (6) meses siguientes a
su
terminación,
de conformidad
con
el
procedimiento y los requisitos que establezca
el
DNP.
6.
Que
el
el
cual
se
adiciona
el
Título 1 O a
la
Parte 2
del
Libro 1
al
de 2020», establece que
el
cierre de proyectos de inversión una vez
terminados, constituye
un
trámite de obligatorio cumplimiento para todas las entidades
ejecutoras,
para
lo
cual,
se
deben articular las exigencias del régimen jurídico de
contratación estatal aplicable a los contratos a través de los cuales
se
ejecutan los
proyectos, con las disposiciones
del
Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control
(SSEC).
7.
Que
el
«Por
el
cual
se
adiciona
el
Título
10
a
la
Parte 2 del Libro 1
al
de 2020», consagró
en
su
parágrafo 2 del artículo 1.2.10.1.1 que
el
Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control (SSEC) comprenderá las acciones
realizadas desde
la
aprobación y designación del ejecutor hasta
el
cierre
del
proyecto de
inversión
en
diferentes fases.
Al
momento del cierre del proyecto incluirá
el
balance
financiero de productos y resultados de
la
ejecución del proyecto,
su
autoevaluación de
los resultados y
la
expedición del acto de cierre.
8.
Que
en
cumplimiento
de
la
anterior disposición y teniendo
en
cuenta
la
finalización de los
contratos del proyecto de inversión «Fortalecimiento de capacidades de innovación
en
las pequeñas y medianas empresas
en
el
Departamento de Antioquia» BPIN
2018000100197, y con actas de terminación y de liquidación de las siguientes fechas, se
procede a realizar
su
cierre definitivo por medio del presente acto administrativo dentro
del término legalmente establecido:
CONVENIO/ FECHA ACTA DE FECHA ACTA DE
CONTRATO TERMINACION LIQUIDACIÓN
4600009838 21/12/2022 29/09/2023
4600010292 18/08/2020 25/08/2020
4600011046 06/08/2021 21/09/2021
4600012474 17/01/2022 07/04/2022
4600013387 11/08/2022 06/10/2022
5
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
I
IIII
II II
III
II
I
II
IIIII
IIIII
II
I
II
II
III
II
I
II
IIIII
I
II
II
IIIII
II
I
II
III
II
IIII
IIII
* 2 O 2 3 O 6 O 3 5 2 5 2 O *
(06/12/2023)
9.
Que
el
proyecto
de
inversión «Fortalecimiento
de
capacidades
de
innovación
en
las
pequeñas y medianas empresas
en
el
Departamento
de
Antioquia»
BPIN
2018000100197, mencionado
en
el
numeral anterior, fue presentado, viabilizado,
priorizado y aprobado por medio del Acuerdo
72
del OCAD CTel del SGR del
13
de
febrero
de
2019, por valor total de seis
mil
trescientos treinta y tres millones cuarenta y
tres
mil
doscientos quince pesos ($6.333.043.215) provenientes
de
la
Asignación
de
Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General
de
Regalías, tal y como
se
indica
a continuación:
BPIN 2018000100197 «FORTALECIMIENTO
DE
CAPACIDADES DE INNOVACION
EN
LAS PEQUENAS Y
MEDIANAS EMPRESAS
EN
EL
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA»
Fuentes
de
Valor de acuerdo Fecha de
Financiación 2019 2020 2021 2022
yOCAD
acuerdo
competente
Acopi Antioquia $42.900.000 $154.800.000 $102.300.000
$0
NA
NA
MinCiencias $5.581.191
$6
.278.843 $9.839.752 $8.647.940 NA
NA
Asignación para
la
inversión
en
72
Ciencia
$6
.002.695.489 $0
$0 $0
del OCAD CTel 13/02/2019
Tecnología e
Innovación
TOTAL $6.333.043.215
Observaciones NA
AJUSTES DEL PROYECTO
Tipo de ajuste 1
Descripción
del ajuste 1 Valor 1 Fecha
NA
1
NA
1
NA
1
NA
10.
Que
en
el
proyecto
de
inversión «Fortalecimiento de capacidades de innovación
en
las
pequeñas y medianas empresas
en
el
Departamento
de
Antioquia»
BPIN
2018000100197, fue presentado, viabilizado, priorizado y aprobado por medio
del
72
del OCAD CTel
del
SGR del
13
de
febrero de 2019,
se
designó
al
Departamento
de
Antioquia como entidad ejecutora y entidad encargada de contratar
el
apoyo a
la
supervisión del proyecto
en
los términos del artículo
83
de
la
2011.
11.
Que
la
ejecución del proyecto
de
inversión «Fortalecimiento
de
capacidades
de
innovación
en
las
pequeñas y medianas empresas
en
el
Departamento
de
Antioquia»
BPIN
2018000100197,
se
realizó por medio
de
la
siguiente contratación:
6
Convenio
4600009838
4600010292
4600011046
4600012474
4600013387
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
I
III
III II
III
II
I
II
II
III
IIIII
II
I
II
II
III
IIIII
IIIII
III
II
IIIII
II
I
II
III
II
II
II
IIII
* 2 O 2 3 O 6 O 3 5 2 5 2 O *
(06/12/2023)
BPIN 2018000100197 «FORTALECIMIENTO
DE
CAPACIDADES DE INNOVACION
EN
LAS PEQUENAS Y MEDIANAS
EMPRESAS
EN
EL DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA»
Tipo Fuente de Acta de Modificación Acta de Acta de
Conveniante Valor Adición o Saldo
convenio financiación Inicio Prorroga Terminación Liquidación
Asignación
para la Prorroga 1:
inversión
en
Acopi Convenios ciencia, 29/11/2021
Antioquia 1 de $6.135.152.460 tecnología e 04/07/2019 21112/2022 29109/2023 $56.287.682
MinCiencias Cooperación innovación 1 Prórroga 2:
Aporte en 21/07/2022
especie
Asignación
Sergio Contrato para la
inversión
en
Guliérrez prestación
$51
.325.486 ciencia, 29/11/2019 N/A 18/08/2020 25/08/2020 $4.086.070
Osorio de servicios tecnología e
innovación
Asignación
Sergio Contrato para la
inversión en
Guliérrez prestación $66.619.250 ciencia, 02/10/2020 N/A 06/08/2021 21/09/2021 $4.086.070
Osorio de servicios tecnología e
innovación
Asignación
Sergio Contrato para la
inversión
en
Guliérrez prestación $27 .263.994 ciencia,
17109/2021
N/A 17/01/2022 07/04/2022 $4.614 .738
Osorio de servicios tecnología e
innovación
Asignación
Sergio Contrato para la
inversión
en
Gutiérrez prestación $38.4
77
.320 ciencia, 01/02/2022 N/A 11/08/2022 06/10/2022 $4.086.070
Osorio de servicios tecnología e
innovación
TOTALES $6.318.838.510 $73.160.630
Observaciones El total de recursos liberados al Sistema General de Regalías fueron $73.160.630
12
. Que los referidos contratos fueron ejecutados física y presupuestalmente con
un
cumplimiento total del 99,08% de las obligaciones contempladas y bajo
la
normatividad
contractual y del SGR vigente.
13. Que
el
balance en términos de resultados del alcance del proyecto que se visualiza
en
el
aplicativo GESPROY 3.0 se resumen
en
los siguientes productos y metas:
7
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
(06/12/2023)
l
llll
ll ll
lll
ll
l
ll
ll
lll
lllll
ll
l
ll
ll
lll
lllll
lllll
ll
l
ll
lllll
lllll
lll
ll
ll
ll
llll
* 2 O 2 3 O 6 O 3 5 2 5 2 O *
INDICADORES
DE
PRODUCTO
Valor
Objetivo Especifico Producto Unidad Cantidad Nombre Meta %
Producto Producto Indicador u. Ejecutado
Indicador
Generar capacidades Servicio de Proyectos
en las empresas a apoyo para el financiados
través de la creación desarrollo Número de 50 para
el
49 98
y/o consolidación de tecnológico y proyectos desarrollo
Sistemas de tecnológico y la
Innovación empresarial
la
innovación innovación
Generar capacidades Servicio de Organizaciones
en las empresas a apoyo para la beneficiadas a
través de la creación transferencia Número de 50 través de
la
50 100
y/o consolidación de de organizaciones estrategia de
Sistemas de conocimiento gestión de la
Innovación empresarial y tecnología l+D+i
Cursos
Promover
la
cultura de especializados
la innovación a través Servicios de para mejorar
de la formación en apoyo para Número de 1 competencias 1 100
innovación y desarrollo entrenamiento cursos de desarrollo
de proyectos de especializado tecnológico e
innovación incremental innovación a
nivel industrial
14.
Que
el
balance financiero
de
los recursos
de
regalías que financiaron
el
proyecto
se
resume
de
la
siguiente manera:
BALANCE FINANCIERO DEL PROYECTO
«FORTALECIMIENTO
DE
CAPACIDADES
DE
INNOVACIÓN
EN
LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS
EN
EL DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA»
Otras fuentes de
ltems Descripción
ValorSGR
financiación Totales
(Recursos propios)
1 Valor $6.002.695.489 $330 .347.726 $6.333.043.215
2 Contratado $5.988.490.784 $330 .347.726 $6.318.838.510
3 Ejecutado (valor ejecutado y $5.915.330.154 $330.347.726 $6.245.677 .880
liquidado)
4 Valor reintegrado por los $56 .287.682 $0 $56.287 .682
contratistas
5 Valor no contratado $31.077.651 $0
$31
.077.651
8
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
(06/12/2023)
l
llll
ll ll
lll
lllll
lllll
llll
lllll
lll
ll lllll
lllll
ll
lll
lllll
11
1
111111111
1
11111
* 2 O 2 3 O 6 O 3 5 2 5 2 O *
15. Que los rendimientos financieros de los recursos ascendieron a
un
valor total de sesenta
y tres millones ciento ochenta y siete
mil
trescientos nueve pesos ($63.187 .309) y fueron
reintegrados a
la
cuenta única del SGR por ser recursos del Sistema General de Regalías
(SGR).
16. Que
el
proyecto durante
su
ejecución tuvo
el
siguiente comportamiento en cuanto a
acciones preventivas, de inspección, vigilancia y control:
ENTIDAD
HALLAZGO-
PLAN DE MEJORA FECHA ESTADO ACTUAL
ACTUACIÓN
Departamento Nacional de Plan de Ampliación de los 03/11/2021 Cumplido
Planeación -SSEC- contingencia plazos del convenio
17. Que
el
reporte
en
el
aplicativo informático que dispone
el
Departamento Nacional de
Planeación -GESPROY SGR- a
la
fecha
es
de
un
porcentaje de ejecución física de
98,62% y porcentaje de ejecución financiera de 97,73%.
18
. Que
el
aplicativo informático que dispone
la
República -SIRECl-
reporta estado liquidado del proyecto y con
un
porcentaje de ejecución física de 100%.
19. Que
el
proyecto
no
cuenta con alertas
ni
planes de mejora abiertos por parte de los
organismos de control.
20.
Que
el
artículo 70 de
la
Ley 2056 de 2020 dispone que, «respecto a
la
ejecución de los
proyectos de inversión, las entidades designadas ejecutoras, a través de
su
página web,
carteleras y demás espacios de información a
la
ciudadanía, informará
el
estado como
mínimo de lo siguiente: (i) avance físico, (ii) avance financiero; (iii) novedades
contractuales; entre otros.
La
publicación se realizará
al
menos
al
50% de avance físico
del proyecto y
al
finalizar
su
ejecución.»
En
mérito de lo expuesto,
RESUELVE
PRIMERO. Realizar
el
cierre definitivo del proyecto de inversión «Fortalecimiento de
capacidades de innovación
en
las pequeñas y medianas empresas
en
el
Departamento de
Antioquia», identificado con BPIN 2018000100197, dentro del término establecido, con
un
cumplimiento a cabalidad de
la
ejecución contractual, física, financiera, metas y productos
9
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
I
IIII
II II
III
II
I
II
IIIII
IIII
II
I
II
II
III
IIIII
IIIII
III
II
IIIII
II
I
II
III
II
II
II
IIII
* 2 O 2 3 O 6 O 3 5 2 5 2 O *
(06/12/2023)
aprobados por
el
OCAD Asignación de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General
de Regalías.
SEGUNDO. Reportar dentro del mes siguiente a
la
expedición del presente acto
administrativo, con carácter informativo,
el
cierre del proyecto de inversión «Fortalecimiento
de capacidades de innovación
en
las pequeñas y medianas empresas
en
el
Departamento
de Antioquia» -BPIN 2018000100197
al
Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control
(SSEC) del SGR.
TERCERO. Solicitar a
la
Secretaría de Hacienda del Departamento de Antioquia que efectué
el
trámite correspondiente
para
liberar treinta y
un
millones setenta y siete mil seiscientos
cincuenta y
un
pesos ($31.077 .651)
del
capítulo presupuesta!
y,
posteriormente, devolver
al
Sistema General de Regalías
el
saldo
no
ejecutado correspondiente a cincuenta y seis
millones doscientos ochenta y siete
mil
seiscientos ochenta pesos ($56.287.682).
CUARTO.
La
presente resolución rige a partir de
su
expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Medellín el 06/12/2023
DANIELA TREJO ROJAS
SECRETARIO
DE
DESPACHO
NOMBRE
Carlos Alberto López Cañas -Profesional especializado
FIRMA
Proyectó: Supervisor Convenio 4600009 838 de 2019
C,af/,;f
A- ló'/'e,2
Secretaría de Productividad y Competitividad
Revisó Silvio Harold Rocero Arce -Profesional especializado
]g
~·=.
Secretaría de Productividad y Competitividad ~ -
FECHA
04/12/2023
04/12/2023
Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado
el
documento y los encontramos ajustado a
las
nom1as
y
disposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para firma .
10
Radicado: S 2023060352685
Fecha: 07/12/2023
!!~;~CJ
ÓN l
llllll
lllll
lllll lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll lllll
111111111111111111
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACIÓN
RESOLUCIÓN
POR MEDIO DE
LA
CUAL
SE
CONFORMA EL COMITÉ ASESOR Y EVALUADOR
DE
UN
PROCESO
DE
CONTRATACIÓN
La
Secretaria de Suministros y Servicios
del
Departamento
de
Antioquia,
en
uso
de
las
facultades legales que
le
confieren
la
el
Decreto Nacional Nº1082 de 2015
modificado. por
el
artículo
1.
del
y los Decretos Departamentales
20200700000007 de 2020, modificado por
el
Decreto 2022070003789
de
2022; y
2021070000528
de
2021,
aclarado por
el
Decreto 2023070002606
de
2023
CONSIDERANDO
1.
Que por medio
del
Decreto Departamental 2021070000528 de
2021
, aclarado por
el
Decreto
2023070002606 de
2023,
se
delegó
en
los
Secretarios de Despacho Misionales y
de
Apoyo
Transversal
la
competencia para adelantar todas
las
actividades precontractuales,
contractuales y
pos
contractuales necesarias para
el
cumplimiento
de
los fines
del
Departamento de Antioquia,
con
relación a
la
misión, objetivos y funciones establecidos
en
el
Decreto
con
fuerza
de
Ordenanza 2020070002567
de
2020, modificado por Ordenanzas
23
de
2021
y
07
de 2022 .
2. Que los art ículos Séptimo y Octavo
del
Decreto Departamental 2020070000007
de
2020,
modificado por
el
Decreto 2022070003789
de
2022,
en
concordancia
con
el
artículo
2.2.
1.1
.2.2.3.
del
Decreto Nacional 1082
de
2015, disponen que
se
debe designar por
Resolución,
un
Comité Asesor y Evaluador responsable
de
desarrollar cada proceso
contractual conforme a
la
modalidad de selección establecida
en
la
ley
,
el
cua
l estará
conformado por
un
número plural e impar que realizarán
el
rol
jurídico,
el
rol
logístico y
el
rol
técnico y cumplirán las funciones señaladas
en
su
artículo Noveno .
3.
Que
en
caso
de
que
el
proceso de contratación previsto sufra variaciones sustanciales,
se
deberá hacer
una
nueva designación mediante Resolución.
4.
Que
se
requiere adelantar
el
proceso contractual
con
el
siguiente objeto: "Transferir a título
de
donación
del
municipio
de
San
Rafael, Antioquia,
bien
inmueble identificado
con
matrícula
inmobiliaria 018-69493."
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Designar como miembros
del
Comité Asesor y Evaluador,
para
el
proceso de contratación correspondiente
al
objeto: "Transferir a título
de
donación
del
municipio de
San
Rafael, Antioquia,
bien
inmueble identificado
con
matrícula inmobiliaria
018-69493."
11
RESOLUCIÓN HOJA NÚMERO 2
"Por medio
de
la cual
se
conforma
el
Comité Asesor y Evaluador de
un
proceso de
contratación"
Rol Técnico: Maria Teresa Berrio Palacio/Contratista
Rol Logístico: Luis Anibal González Arboleda/Contratista
Rol Jurídico: Ana Patricia Patiño
A.
P.E. Dirección
de
Bienes y Seguros
ARTÍCULO SEGUNDO:
El
Comité Asesor y Evaluador ejercerá sus labores
de
acuerdo
con
lo
establecido
en
el
artículo 2.2.1.1.2.2.3.
del
2015 y
el
Decreto
Departamental 20200700000007
de
2020, modificado parcialmente por
el
Decreto
2022070003789
de
2022.
ARTÍCULO TERCERO:
La
presente Resolución rige a partir
de
su
fecha
de
expedición.
Dado
en
Medellín
el
Pro
ye
ctó ,,
Revisó
Aprobó
Publíquese y cúmplase
MARILUZ MONTOYA TOVAR
Secretaria
de
Suministros y Servicios
NOMBRE
Ana Patricia Patiño A. / P. E
I'
Dirección
de
Bienes y Seguros
José Fernando Jaramillo Vásquez / Director
de
Bienes y Seguros
Alexander Mejía Román /Subsecretario Cadena
de
Suministros
1
IRMA
,/1
FECHA
J\J.)lvV
~
~
. t-i-_
Los
arriba firmantes declaramos
que
hemos revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a las normas y disposiciones
le
gal
es vigentes y por
lo
tanto
bajo
nuestra responsabilidad
lo
presentamos para firma (Circular K2016090001053
de
2016 y
201809000452
de
2018).
--
12
Radicado: S 2023060352692
Fecha: 07/12/2023
DEPART
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11 H
lllll
lllll
lllll
llllllllll
lllll
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111111111111111111
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
APRUEBA REFORMA
DE
ESTATUTOS A LA
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA
LA
MESETA DEL MUNICIPIO
DE
VALPARAÍSO (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales
de
la
Secretaría
de
Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud
de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial
las
conferidas por
la
2021,
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
2023,
la
Ordenanza
33
de
2011
,
el
Decreto 1492 de 2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA
LA
MESETA, del municipio de
VALPARAÍSO (ANT.) ,
con
personería jurídica otorgada mediante Resolución
número 2021060007907 del 13/04/2021 expedida por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA, solicitó a través de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS, tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y establecido
en
la
y
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido
parcialmente por
el
Que,
en
reunión
de
Asamblea General , después
de
haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas
las
modificaciones
en
algunos de
sus
capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número
29
del 07/10/2023.
Las
modificaciones aprobadas propendieron por
la
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento
de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación
de
la
información suministrada;
en
atención a los fines del Estado y
el
principio de
la
buena
fe.
Revisados los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que
los
mismos,
cumplen
con
todas las disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos
de
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA
LA
MESETA, del municipio
de
VALPARAÍSO (ANT.),
con
Personería Jurídica número 2021060007907 del
13/04/2021 otorgada
por
GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a), conforme a
lo
establecido
en
el
13
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría de Participación y Cultura Ciudadana
Los firmantes declaramos que hemos revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes por lo tanto,
ba·o
nu
estra res onsabilidad
lo
resentamos para
la
firma
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Fecha: 07/12/2023
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GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO DE
LA
CUAL SE APRUEBA REFORMA
DE
ESTATUTOS A
LA
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA EL GUAYABO DEL MUNICIPIO
DE
VALPARAÍSO (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales
de
la
Secretaría de Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial
las
conferidas por
la
el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente por
el
la
Ordenanza
33
de 2011,
el
Decreto 1492 de 2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA EL GUAY ABO, del municipio de
VALPARAÍSO (ANT.),
con
personería jurídica otorgada mediante Resolución
número 698 del 25/09/1966 expedida por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA, solicitó
a través
de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS,
tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y establecido
en
la
y
el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente por
el
Que,
en
reunión de Asamblea General , después de haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas
las
modificaciones
en
algunos de sus capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número 298 del 30/10/2023 . Las modificaciones aprobadas propendieron por
la
actualización
de
la
Ley.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento de
su
función administrativa ,
procedió a
Ja
revisión, verificación y aprobación de
la
información suministrada;
en
atención a
los
fines del Estado y
el
principio de
la
buena
fe.
Revisados los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que
los
mismos,
cumplen
con
todas
las
disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos
de
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL VEREDA EL GUAYABO, del municipio de
VALPARAÍSO (ANT.),
con
Personería Jurídica número 698 del 25/09/1966
otorgada por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a), conforme a
lo
establecido
en
el
15
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
(}.r~
¾m,MA;
~tnt~íM t
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana
NOMBRE FECHA
Los firmantes declaramos que hemos revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes por lo tanto,
ba·o
nuestra
res
onsabilidad lo
rese
ntamos
ara
la
firma
/PIE
CERTICAMARAI
16
Radicado: S 2023060352695
Fecha:
07/1272023
~!~
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CIÓNI
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lllll lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll lllll
111111111111111111
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO DE
LA
CUAL
SE
APRUEBA REFORMA
DE
ESTATUTOS A
LA
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA CHAPARRAL DEL MUNICIPIO
DE
SAN VICENTE (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales de
la
Secretaría de Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial las conferidas por
la
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente por
el
la
Ordenanza
33
de 2011,
el
Decreto
1492
de 2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA CHAPARRAL, del municipio de
SAN VICENTE (ANT.) ,
con
personería jurídica otorgada mediante Resolución
número 6742 del 24/06/1974 expedida por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA,
solicitó a través de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS, tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y establecido
en
la
y
el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente
po
r
el
Decreto
1501
de
2023.
Que,
en
reunión de Asamblea Gener
al
, después de haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas las
modificaciones
en
algunos de sus capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número 223 del 14/11/2023. Las modificaciones aprobadas propendieron por
la
:
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY.
Que
la
Dirección de Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación de
la
información suministrada;
en
atención a
los
fines del Estado y
el
principio de
la
buena
fe.
Revisados los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que los mismos ,
cumplen
con
todas las disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos de
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL VEREDA CHAPARRAL, del municipio
de
SAN
VICENTE (ANT.),
con
Personería Jurídica número
67
42
del 24/06/1974 otorgada
por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a}, conforme a
lo
establecido
en
el
17
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría de Participación y Cultura Ciudadana
NOMBRE FECHA
Los
firmantes declaramos
que
hemos
revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes por
lo
tanto, ba'o nuestra
res
onsabilidad
lo
presentamos
ara
la
firma
/P
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18
Radicado:
S 2023060352696
Fecha:
07712/2023
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lllll
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lllll
lllll
lllll
lllll
111111111111111111
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL SE APRUEBA REFORMA
DE
ESTATUTOS A
LA
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL CENTRAL URBANA DEL MUNICIPIO
DE
SAN
VICENTE (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales
de
la
Secretaría
de
Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus
atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial las conferidas por
la
2021,
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
2023,
la
Ordenanza
33
de
2011,
el
Decreto 1492
de
2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL CENTRAL URBANA, del municipio
de
SAN VICENTE (ANT.),
con
personería jurídica otorgada mediante Resolución
número 7329 del 04/09/1974 expedida por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA,
solicitó a través
de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS, tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y establecido
en
la
y
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente
po
r
el
2023.
Que,
en
reunión
de
Asamblea General , después
de
haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas las
modificaciones
en
algunos de sus capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número 229 del 07/10/2023 . Las modificaciones aprobadas propendieron por
la
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento
de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación
de
la
información suministrada;
en
atención a
los
fines del Estado y
el
principio de
la
buena
fe.
Revisados los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que
los
mismos,
cumplen
con
todas
las
disposiciones legales vigentes que regulan
/a
materia.
En
mérito
de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos
de
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL CENTRAL URBANA, del municipio
de
SAN
VICENTE (ANT.),
con
Personería Jurídica número 7329 del 04/09/1974 otorgada
por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido
de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a), conforme a
lo
establecido
en
el
19
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Cft~-
Mí\~
J~tJtt-J\
(;'.
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana
Los
firmantes declaramos que
hemos
revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes orlo tanto,
ba
·o nuestra
res
onsabilidad
lo
resentamos
ara
la
firma
/PIE
CERTICAMARAl
20
Radicado:
S
2023060352697
Fecha:
O
771272023
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11111111111111111111111111
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1111111111111111111111111111111111111111111
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA REFORMA
DE
ESTATUTOS A LA
JUNTA DE ACCION COMUNAL URBANIZACIÓN ALTOS
DE
SAN FERRER Y
REMANSOS DEL MUNICIPIO DE SAN VICENTE (ANT.)"
La
Dirección de Organismos Comunales
de
la
Secretaría de Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial las conferidas por
la
2021,
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
la
Ordenanza
33
de 2011,
el
Decreto 1492 de 2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL URBANIZACIÓN AL TOS DE SAN
FERRER Y REMANSOS, del municipio
de
SAN VICENTE (ANT.),
con
personería
jurídica otorgada mediante Resolución número 21159 del 13/11/2008 expedida por
GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA, solicitó a través de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA DE ESTATUTOS, tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y
establecido
en
la
y
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015
sustituido parcialmente por
el
2023.
Que,
en
reunión de Asamblea General, después
de
haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas
las
modificaciones
en
algunos de sus capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número
114
del 11/11/2023. Las modificaciones aprobadas propendieron por
la:
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY.
Que
la
Dirección de Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación de
la
información suministrada;
en
atención a
los
fines del Estado y
el
principio de
la
buena
fe.
Revisados
los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que
los
mismos,
cumplen
con
todas
las
disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los
Estatutos de
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL URBANIZACIÓN AL TOS
DE
SAN FERRER Y
REMANSOS, del municipio de SAN VICENTE (ANT.),
con
Personería Jurídica
número 21159 del 13/11/2008 otorgada por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-
a)
, conforme a
lo
establecido
en
el
21
/
'
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría de Participación y Cultura Ciudadana
Los
firmantes declaramos
que
hemos revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes por
lo
tanto,
ba·o
nuestra
res
onsabilidad
lo
presentamos
ara
la
firma
/PIF
C:FRTIC:AMARAl
22
Radicado: S 2023060352698
Fecha: 07/12/2023
~~~~
C
IÓNll~lllllilllll~llllll~l~lffllllil
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL SE APRUEBA REFORMA DE ESTATUTOS A LA
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL SECTOR SAN AGUSTIN MONTAÑITAS
VEREDA LA VIBORA DEL MUNICIPIO DE AMALFI (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales
de
la
Secretaría de Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud de
la
parte interesada y
en
ejercicio de sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial las conferidas por
la
el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustitui
do
parcialmente por
el
2023,
la
Ordenanza
33
de
2011
,
el
Decreto 1492 de 2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL SECTOR
SAN
AGUSTIN MONT AÑIT
AS
VDA LA VIBORA, del municipio de AMALFI (ANT.),
con
personería jurídica
otorgada mediante Resolución número 11766 del 18/05/2007 expedida por
GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA, solicitó a través de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA DE ESTATUTOS, tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y
establecido
en
la
y
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015
sustituido parcialmente por
el
2023.
Que,
en
reunión de Asamblea General, después de haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas las
modificaciones
en
algunos de sus capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número 110 del 16/11/2023. Las modificaciones aprobadas propendieron por
la
:
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación de
la
información suministrada;
en
atención a
los
fines del Estado y
el
principio de
la
buena
fe.
Revisados los
documentos presentados por este organismo comunal ,
se
encontró que los mismos,
cumplen
con
todas las disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito
de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos de
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL SECTOR SAN AGUSTIN MONTAÑITAS
VEREDA
LA
VIBORA, del municipio de AMALFI (ANT.),
con
Personería Jurídica
número 11766 del 18/05/2007 otorgada por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a), conforme a
lo
establecido
en
el
23
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales .
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
{!,Ar~~
A.>Jo~
,/A\h.Jei,,t?t-
~
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana
Los
firmantes declaramos que
hemos
revisado
el
ocumento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes
orlo
tanto,
ba
·o nuestra
res
onsabilidad
lo
resentamos
ara
la
firma
/PIE
CERTICAMARA\
24
Radicado:
S
2023060352699
Fecha:
07/12/2023
Míil»@
~
-
~~
~!~~~
CI
ÓNI
llllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
11111111111111111!
11
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
APRUEBA REFORMA
DE
ESTATUTOS A
LA
JUNTA DE ACCION COMUNAL VEREDA
LA
PORQUERA DEL MUNICIPIO
DE
SAN VICENTE (ANT.)"
La
Dirección de Organismos Comunales
de
la
Secretaría de Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud de
la
parte interesada y
en
ejercicio de sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial las conferidas por
la
2021, el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente por
el
la
Ordenanza
33
de 2011,
el
Decreto 1492 de 2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA LA PORQUERA, del municipio
de SAN VICENTE (ANT.),
con
personería jurídica otorgada mediante Resolución
número 6712 del 24/06/1974 expedida por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA,
solicitó a través de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS, tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y establecido
en
la
"y
el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente por
Que,
en
reunión de Asamblea General, después de haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas las
modificaciones
en
algunos de sus capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número 192 del 11/09/2023. Las modificaciones aprobadas propendieron por
la:
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento
de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación de
la
información suministrada;
en
atención a
los
fines del Estado y
el
principio de
la
buena
fe.
Revisados los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que los mismos,
cumplen
con
todas
las
disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos de
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA
LA
PORQUERA, del municipio de SAN
VICENTE (ANT.), con Personería Jurídica número 6712 del 24/06/1974 otorgada
por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a), conforme a
lo
establecido
en
el
25
"'::::,~;::?
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
~
~~~
Jtt{K,,,/\
~Ir
E2
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría de Participación y Cultura Ciudadana
Los
firmantes declaramos que
hemos
revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes orlo tanto,
ba
·o nuestra
res
onsabilidad
lo
resentamos
ara
la
firma
/PIE
CERTICAMARAI
26
Radicado: S 20~3060352921
Fecha: 11/12/2023 >fflijj
..::s
~
'
>I
-
~:t!
;'
,
~_l
!\
Tipo
:
RESOLUCIÓN
De
s
tino:
11111111111111111111111111111111
m
11111
~1111111111111111111111111111111
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACIÓN
RESOLUCIÓN
"POR
MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
DECLARA
DESIERTO
EL
PROCESO
DE
SELECCIÓN
ABREVIADA
MEDIANTE
SUBASTA
INVERSA
15486,
CUYO
OBJETO
ES:
SERVICIOS
DE
SOPORTE
TÉCNICO
Y
SUSCRIPCIONES
PARA
LA
PLATAFORMA
LINUX
ENTERPRISE
DEL
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
LA
SECRETARIA
DE
SUMINISTROS
Y
SERVICIOS,
nombrada
mediante
Decreto
D2021070004306
del
10
de
noviembre
de
2021,
en
uso
de
las
facultades
legales
conferidas
por
la
1993,
2007,
y
Decretos
Departamentales
2020070000007
del
02
de
enero
del
2020,
el
Decreto
Ordenanza
D2020070002567
de
2020,
modificado
mediante
Ordenanza
23
del
06
de
septiembre
de
2021
y
Ordenanza
07
del
10
de
mayo
de
2022,
en
la
cual
se
determina
la
nueva
estructura
de
la
Administración
Departamental,
y,
especialmente,
en
virtud
de
las
facultades
conferidas
por
el
Decreto
D2021070000528
de
febrero
de
2021,
aclarado
por
el
Decreto
2023070002606
del
13
de
junio
de
2023
y
CONSIDERANDO:
1.
Que
en
desarrollo
del
proceso
de
SELECCIÓN
ABREVIADA
MEDIANTE
SUBASTA
INVERSA
15486,
el
Departamento
de
Antioquia
elaboró
los
estudios
previos
en
los
cuales
se
justificó
la
necesidad
de
contratar
el
"SERVICIOS
DE
SOPORTE
TÉCNICO
Y
SUSCRIPCIONES
PARA
LA
PLATAFORMA
LINUX
ENTERPRISE
DEL
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA."
.
Igualmente,
realizó
los
trámites
relacionados
con
la
convocatoria
pública,
y
publicó
el
proceso
desde
el
día
22
de
noviembre
de
2023
en
la
plataforma
transaccional
del
SECOP
11
.
2.
Que
el
presupuesto
oficial
para
el
proceso
de
Selección
Abreviada
mediante
subasta
inversa
15486
se
estimó
en
la
suma
de
QUINIENTOS
NUEVE
MILLONES
NOVECIENTOS
TREINTA
Y
NUEVE
MIL
SEISCIENTOS
SESENTA
Y
UN
PESOS
($509.939.661)
INCLUIDO
IVA,
con
un
plazo
de
un
(1)
año,
contados
a
partir
de
la
suscripción
del
acta
de
inicio,
sin
sobre
pasar
el
22
de
diciembre
de
2024
.
3.
Que
el
presupuesto
oficial
se
encuentra
respaldado
con
los
siguientes
Certificados
de
Disponibilidad
Presupuesta!:
SECRETARÍA
GENERAL:
Certificado
de
disponibilidad
presupuesta!
-
CDP:
3700013628-
Fecha
de
Creación:
8/11/2023
Valor:
$9.613.865
SECRETARÍA
SECCIONAL
DE
SALUD
Y
PROTECCIÓN
SOCIAL
DE
ANTIOQUIA:
Certificado
de
disponibilidad
presupuesta!•
CDP:
3500052720
-
Fecha
de
Creación:
14/07/2023
Valor:
$9.092.047
.
SECRETARÍA
DE
HACIENDA:
Certificado
de
disponibilidad
presupuesta!
-
CDP:
3700013301
-
Fecha
de
Creación:
2/05/2023
Valor:
$15.240.970
DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE
GESTION
DEL
RIESGO
DE
DESASTRES-
DAGRAN:
Certificado
de
disponibilidad
presupuesta!
-
CDP:
3500053291
-
Fecha
de
Creación:
30/10/2023
Valor:
$2.286.235
SECRETARÍA
DE
SUMINISTROS
Y
SERVICIOS
27
RESOLUCIÓN HOJA NÚMERO 2
"POR
MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
DECLARA
DESIERTO
EL
PROCESO
DE
SELECCIÓN
ABREVIADA
MEDIANTE
SUBASTA
INVERSA
15486"
Certificado
de
disponibilidad
presupuesta!
-
CDP:
3700013636-
Fecha
de
Creación:
9/11/2023
Valor:
$473.706.544
4.
Que
tanto
al
proyecto
de
pliego
de
condiciones,
como
al
pliego
de
condiciones
definitivo
fueron
presentadas
observaciones,
a
las
cuales
se
les
dio
respuesta
por
parte
de
la
Entidad
en
los
plazos
establecidos
en
el
cronograma
del
proceso.
5.
Que
conforme
con
lo
establecido
en
el
respectivo
cronograma
del
proceso
de
selección
15486,
el
día
7
de
diciembre
de
2023
a
las
2:00
p.m.,
una
vez
efectuado
el
cierre
del
proceso
de
contratación
se
evidenció
que,
no
se
presentó
ninguna
oferta
para
el
proceso
de
selección
15486
a
través
de
la
plataforma
Secop
11.
6.
Que
teniendo
en
cuenta
lo
anterior
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
numeral
18,
del
artículo
25
de
la
1993,
en
el
que
se
indica
que
"
...
La
declaratoria
de
desierta
de
la
licitación
únicamente
procederá
por
motivos
o
causas
que
impidan
la
escogencia
objetiva
y
se
declarará
en
acto
administrativo
en
el
que
se
señalarán
en
forma
expresa
y
detallada
las
razones
que
han
conducido
a
esa
decisión
...
"
ahora
bien
atendiendo
lo
anterior
y
teniendo
en
cuenta
que
para
el
proceso
de
selección
15486,
cuyo
objeto
es
SERVICIOS
DE
SOPORTE
TÉCNICO
Y
SUSCRIPCIONES
PARA
LA
PLATAFORMA
LINUX
ENTERPRISE
DEL
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA,
no
se
presentó
ninguna
oferta,
es
procedente
declararlo
desierto.
7.
Que,
el
Comité
Asesor
y
Evaluador
recomienda
a
la
Secretaria
de
Suministros
y
Servicios
en
el
Comité
Interno
de
Contratación
declarar
desierto
el
proceso
Selección
Abreviada
de
Menor
Cuantía
Nº15486,
en
consideración
a
que
no
se
presentaron
propuestas.
Dicha
Recomendación
fue
acogida
por
la
Secretaria
de
Suministros
y
Servicios
mediante
Acta
171
del
07
de
diciembre
de
2023.
En
mérito
de
lo
expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO
PRIMERO.
Declarar
desierto
el
proceso
de
Selección
abreviada
mediante
subasta
inversa
15486,
cuyo
objeto
es
"SERVICIOS
DE
SOPORTE
TÉCNICO
Y
SUSCRIPCIONES
PARA
LA
PLATAFORMA
LINUX
ENTERPRISE
DEL
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
",
con
un
presupuesto
oficial
de
QUINIENTOS
NUEVE
MILLONES
NOVECIENTOS
TREINTA
Y
NUEVE
MIL
SEISCIENTOS
SESENTA
Y
UN
PESOS
($509.939.661)
INCLUIDO
IVA
y
con
un
plazo
de
un
(1)
año,
contados
a
partir
de
la
suscripción
del
acta
de
inicio,
sin
sobre
pasar
el
22
de
diciembre
de
2024,
de
conformidad
con
lo
expuesto
en
la
parte
motiva
de
esta
resolución.
ARTÍCULO
SEGUNDO.
Contra
la
presente
resolución
no
procede
recurso
alguno
por
no
existir
oferentes
y,
por
ende,
tratarse
de
un
acto
de
carácter
general,
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
artículo
75
de
la
2011.
ARTÍCULO
TERCERO.
La
presente
Resolución
rige
a
partir
de
la
fecha
de
su
publicación.
ARTÍCULO
CUARTO.
Publiquese
en
el
portal
único
de
contratación,
Sistema
Electrónico
para
la
Contratación
Pública
SECOP
11.
Proyecto:
PUBLIQUESE
Y
CÚMPLASE
~\J._wf\,___
MARILUZ
MONTOYA
TOVAR
Secretaria
de
Suministros
y
Servicios
NOMBRE
Yilmar
Valoyes
Córdoba
-
Profesional
Contratista
-
Rol
Jurídico
Revisó
y
María
Paulina
Murillo
Peláez
-
Directora
de
A
robó:
Abastecimiento
Los
arriba
firmantes
declaramos
que
hemos
revisado
el
documento
y
lo
encentra
os
vi
entes
,
ar
lo
tanto,
ba
·o
nuestra
res
onsabilidad
lo
resentamos
ara
firma.
FECHA
11-12-2023
11-12-2023
28
Radicado:
S 2023060352965
Fecha:
11/12/2023
51»4
l ,
"<:.:::.:::::::::::>/
~!~~
CIÓNI
IIIIII
IIIII
IIIII
IIIII
IIIII
IIIII
IIIII
IIIII
IIIII
IIIII IIIII IIIII IIIII
IIII
III
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL SE RECONOCE PERSONERÍA JURÍDICA
AL
ORGANISMO COMUNAL DENOMINADO JUNTA
DE
ACCION COMUNAL
VEREDA PIEDECUESTA DEL MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales
de
la
Secretaría
de
Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud
de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial
las
conferidas por
la
2021,
el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente por
el
la
Ordenanza
33
de
2011,
el
Decreto
1492
de
2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
el
señor IVAN DARIO SERNA MAYA identificado
con
cédula
de
ciudadanía
número 70875857,
en
calidad de REPRESENTANTE
de
la
JUNTA
DE
ACCION
COMUNAL VEREDA PIEDECUESTA
del
municipio de SAN JERÓNIMO (ANT.),
constituida
el
29/04/2023, presentó
la
documentación requerida
con
el
fin
de
obtener
su
PERSONERÍA JURÍDICA.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita a
la
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento
de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación de
la
información suministrada,
en
atención a
los
fines del Estado y
el
principio
de
la
buena
fe.
Que,
revisados los documentos presentados por
el
organismo comunal,
se
encontró
que éstos cumplen
con
todas las disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia. Por
lo
tanto,
es
procedente
el
reconocimiento
de
la
personería jurídica.
En
mérito
de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Reconocer PERSONERÍA JURÍDICA a
la
entidad
denominada JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA PIEDECUESTA
con
domicilio
en
el
Municipio de SAN JERÓNIMO (ANT.).
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar los estatutos adoptados por este organismo
comunal.
ARTÍCULO TERCERO: Autorizar a los afiliados(as)
de
la
JUNTA
DE
ACCION
COMUNAL VEREDA PIEDECUESTA
con
domicilio
en
el
Municipio
de
SAN
JERÓNIMO (ANT.) para
que,
a partir
de
la
expedición del presente Acto
Administrativo, realice proceso
de
elección
de
dignatarios(as) y solicite Auto de
Reconocimiento.
29
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a través
de
su
Representante, IVAN DARIO SERNA MAYA identificado
con
cédula de
ciudadanía número 70875857, conforme a
lo
establecido
en
Procedimiento Administrativo y de
lo
Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO QUINTO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental; cumplido este requisito surte sus efectos legales.
Revisó:
A
robó:
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
(Yw~
uwA
~..uo6L€A
,~\{,JJ
0W}-
C'
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana
NOMBRE
Sandra
Milena Avendaño
Pérez
-
PU
Cata
lina
Moreno Cruz -
PU
FECHA
11
/12/2023
11/12/2023
Los
firmantes declaramos que hemos revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes
or
lo
tanto,
ba
·o
nuestra
res
onsabilidad
lo
resentamos
ara
la
firma
/PIE
CERTICAMARAl
30
Radicado:
S 2023060352966
Fecha:
11/12/2023
~!i~~~CJÓNI
IIIIII
IIIII
IIIII IIIII
IIIII
IIIII
IIIII
IIIII
IIIII
IIIII IIIII
IIIII
IIIII
IIII
IIII
Ul:t-'AK I
Al1flt:NTO
DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO DE
LA
CUAL SE INSCRIBE REFORMA
DE
ESTATUTOS A LA
JUNTA DE ACCION COMUNAL LA VEREDA EL VIENTO DEL MUNICIPIO
DE
BARBOSA (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales
de
la
Secretaría de Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud de
la
parte interesada y
en
ejercicio de sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial
las
conferidas por
la
Ley 2166
de
2021
,
el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente por
el
Decreto
1501
de 2023,
la
Ordenanza
33
de
2011
,
el
Decreto
1492
de 2012 y
la
Ley 1437 de
2011
.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL LA VEREDA EL VIENTO, del municipio de
BARBOSA (ANT.),
con
personería jurídica otorgada mediante Resolución número
1151
del 19/05/1978 expedida por MINISTERIO DEL INTERIOR, solicitó a través de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS, tendientes a
cumplir
con
lo
dispuesto y establecido
en
la
y
el
Decreto Único
Reglamentario
1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
2023.
Que,
en
reunión
de
Asamblea General, después
de
haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas las
modificaciones
en
algunos de sus capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número 48 del 13/05/2023.
Las
modificaciones aprobadas propendieron por
la
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación de
la
información suministrada;
en
atención a los fines del Estado y
el
principio
de
la
buena
fe.
Revisados
los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que
los
mismos,
cumplen
con
todas las disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los
Estatutos de
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL LA VEREDA EL VIENTO, del municipio de
BARBOSA (ANT.),
con
Personería Jurídica número
1151
del 19/05/1978 otorgada
por MINISTERIO
DEL
INTERIOR.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente -
a),
conforme a
lo
establecido
en
el
31
'<.>
3'
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana
Los
firmantes declaramos que hemos revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes por
lo
tanto.
ba
·o nuestra
res
onsabilidad
lo
resentamos
ara
la
firma
/PIE
CERTICAMARAI
32
Radicado:
S
2023060352967
Fecha:
11112/2023
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lllll
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lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
lllll
111111111111111111
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
INSCRIBE REFORMA
DE
ESTATUTOS A LA
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA BATEA SECA DEL MUNICIPIO
DE
ANGOSTURA (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales
de
la
Secretaría
de
Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud
de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial las conferidas por
la
2021,
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
2023,
la
Ordenanza
33
de
2011,
el
Decreto
1492
de 2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL VEREDA BATEA SECA, del municipio
de
ANGOSTURA (ANT.),
con
personería jurídica otorgada mediante Resolución
número 1233 del 07/12/1988 expedida por MINISTERIO
DEL
INTERIOR, solicitó a
través de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS,
tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y establecido
en
la
y
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
2023.
Que,
en
reunión
de
Asamblea General, después
de
haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas
las
modificaciones
en
algunos de sus capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número
87
del 09/10/2023.
Las
modificaciones aprobadas propendieron por
la
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY
.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento
de
su
función administrativa ,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación de
la
información suministrada;
en
atención a
los
fines del Estado y
el
principio
de
la
buena
fe.
Revisados los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que
los
mismos,
cumplen
con
todas las disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito
de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos
de
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA BATEA SECA, del municipio
de
ANGOSTURA (ANT.),
con
Personería Jurídica número 1233 del 07/12/1988
otorgada por MINISTERIO
DEL
INTERIOR.
33
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a), conforme a
lo
establecido
en
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
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CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana
Los firmantes declaramos que hemos revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legal
es
vi
entes por
lo
tanto,
ba
· o nuestra
res
onsabilidad lo resentamos ara la firma
/PIF
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34
Radicado: S 2023060352971
Fecha: 11/12/2023
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m
1111111111111111111111111111111111111
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO
DE
LA CUAL
SE
INSCRIBE REFORMA
DE
ESTATUTOS A LA
JUNTA DE ACCION COMUNAL BARRIO
LA
ESPERANZA DEL MUNICIPIO
DE
PEÑOL (ANT.)"
La
Dirección de Organismos Comunales
de
la
Secretaría de Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud
de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial
las
conferidas por
la
2021,
el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente por
el
la
Ordenanza
33
de
2011,
el
Decreto
1492
de 2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL BARRIO
LA
ESPERANZA, del municipio
de PEÑOL (ANT.),
con
personería jurídica otorgada mediante Resolución número
4763 del 19/06/2001 expedida por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA, solicitó a
través
de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS,
tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y establecido
en
la
y
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
2023.
Que,
en
reunión
de
Asamblea General, después
de
haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas las
modificaciones
en
algunos
de
sus capítulos y articulas, según consta
en
el
acta
número 104 del 15/09/2023.
Las
modificaciones aprobadas propendieron por
la
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY.
Que
la
Dirección de Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación de
la
información suministrada;
en
atención a los fines del Estado y
el
principio
de
la
buena
fe.
Revisados
los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que los mismos,
cumplen
con
todas las disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos
de
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL BARRIO
LA
ESPERANZA, del municipio de
PEÑOL (ANT.),
con
Personería Jurídica número 4763 del 19/06/2001 otorgada por
GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA.
35
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a), conforme a
lo
establecido
en
el
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
(!Jw~
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CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría de Participación y Cultura Ciudadana
NOMBRE FECHA
Los
firmantes declaramos que hemos revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vigentes orlo tanto,
ba·o
nuestra
res
onsabilidad
lo
resentamos
para
la
firma
/PIF
r.FRTl<.amara>
\
36
Radicado:
S 2023060352972
Fecha
:
11/12/2023
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006?.'!
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N/111
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1
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1
11111
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL SE INSCRIBE REFORMA
DE
ESTATUTOS A LA
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA
LA
HONDITA DEL MUNICIPIO DE
FRONTINO (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales de
la
Secretaría
de
Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial las conferidas por
la
2021,
el
Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 sustituido parcialmente por
el
2023,
la
Ordenanza
33
de
2011
,
el
Decreto 1492
de
2012 y
la
Ley
1437
de
2011
.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA
LA
HONDITA, del municipio
de
FRONTINO (ANT.) , con personería jurídica otorgada mediante Resolución número
1090 del 03/08/1988 expedida por MINISTERIO
DEL
INTERIOR, solicitó a través de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS, tendientes a
cumplir con
lo
dispuesto y establecido en
la
y
el
Decreto Único
Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
2023.
Que,
en
reunión
de
Asamblea General, después de haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos ,
se
sometieron a cons ideración y fueron aprobadas
las
modificaciones
en
algunos
de
sus
capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número
104
del 28/05/2023 .
Las
modificaciones aprobadas propend ieron por
la
actualización
de
ley y algunas mod ificaciones
en
el
radio de acción
de
la
organización comunal.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento
de
su
función administrativa ,
procedió a
la
rev
isión, verificación y aprobación de
la
información suministrada;
en
atención a
los
fines del Estado y
el
principio
de
la
buena
fe
. Revisados los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que los mismos,
cumplen
con
todas las disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos
de
la
JUNTA DE ACCION COMUNAL VEREDA LA HONDITA, del municipio
de
FRONTINO (ANT.),
con
Personería Jurídica número 1090 del 03/08/1988 otorgada
por MINISTERIO DEL INTERIOR.
37
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido
de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a), conforme a
lo
establecido
en
el
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
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CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora
de
Organismos Comunales
Secretaría
de
Participación y Cultura Ciudadana
NOMBRE
Pro
ectó revisó Catalina Moreno
Cruz.
PU
FECHA
11.12.23
Los
firmantes declaramos que
hemos
revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones legales
vi
entes orlo tanto,
ba·o
nuestra
res
onsabilidad
lo
resentamos
ara
la
firma
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CERTICAMARAl
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S
2023060352973
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DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL SE INSCRIBE REFORMA
DE
ESTATUTOS A LA
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA
LA
TABLAZA DEL MUNICIPIO
DE
SANTA BÁRBARA (ANT.)"
La
Dirección
de
Organismos Comunales de
la
Secretaría de Participación y Cultura
Ciudadana a solicitud de
la
parte interesada y
en
ejercicio
de
sus
atribuciones
constitucionales, legales y
en
especial
las
conferidas por
la
2021,
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
2023,
la
Ordenanza
33
de
2011,
el
Decreto 1492 de 2012 y
la
2011.
CONSIDERANDO
Que
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA
LA
TABLAZA, del municipio
de
SANTA BÁRBARA (ANT.),
con
personería jurídica otorgada mediante Resolución
número 5546 del 28/12/1973 expedida por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA,
solicitó a través
de
su
Representante Legal,
se
apruebe
la
REFORMA
DE
ESTATUTOS, tendientes a cumplir
con
lo
dispuesto y establecido
en
la
y
el
Decreto Único Reglamentario 1066
de
2015 sustituido parcialmente por
el
2023.
Que,
en
reunión
de
Asamblea General, después de haber sido estudiados y
debatidos estos estatutos,
se
sometieron a consideración y fueron aprobadas
las
modificaciones
en
algunos de sus capítulos y artículos, según consta
en
el
acta
número
343
del 18/05/2023.
Las
modificaciones aprobadas propendieron por
la:
ACTUALIZACIÓN
DE
LEY.
Que
la
Dirección
de
Organismos Comunales adscrita, a
la
Secretaría de
Participación y Cultura Ciudadana,
en
cumplimiento
de
su
función administrativa,
procedió a
la
revisión, verificación y aprobación
de
la
información suministrada;
en
atención a los fines del Estado y
el
principio de
la
buena
fe.
Revisados los
documentos presentados por este organismo comunal,
se
encontró que los mismos,
cumplen
con
todas las disposiciones legales vigentes que regulan
la
materia.
En
mérito
de
lo
expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar
la
reforma introducida
en
los Estatutos
de
la
JUNTA
DE
ACCION COMUNAL VEREDA
LA
TABLAZA, del municipio
de
SANTA
BÁRBARA (ANT.),
con
Personería Jurídica número 5546 del 28/12/1973 otorgada
por GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA.
39
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar
el
contenido de
la
presente resolución a
su
Representante Legal (Presidente-a), conforme a
lo
establecido
en
el
ARTICULO TERCERO: Publíquese
la
presente Resolución
en
la
Gaceta
Departamental, cumplido este requisito surte sus efectos legales.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
M"""~~
~(Q_J-.J)r
"1A'-k,'\;
v..C'r6
CATALINA ANDREA VALENCIA GALEANO
Directora de Organismos Comunales
Secretaría de Participación y Cultura Ciudadana
Los
firmantes declaramos
que
hemos
revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas
y disposiciones legales
vi
entes orlo tanto,
bao
nuestra
res
onsabilidad
lo
resentamos
ara
la
firma
/
PIE
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CAMA
RA\
La presente edición de la Gaceta Departamental
fue digitalizada e impresa en la Dirección de Gestión Documental,
en el mes de diciembre del año 2023.
Calle 42 B N° 52 - 106 Sótano Interno Ocina 005
(60+4) 383 55 00 - Extensión 4614 - 4602
Medellín - Antioquia - Colombia
www.antioquia.gov.co
gacetad@antioquia.gov.co
Elaborada por:
Claudia Liliana Gallo Mejia
Auxiliar Administrativa
“Cada hoja de papel es un árbol...
PROTEJAMOS la naturaleza
y racionalicemos su uso”.
UNIDOS
GOBERNACIÓN
DE
ANTIOQUIA
República de Colombia

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