Gaceta N° 14901 de Cundinamarca, 22-12-2008 - 22 de Diciembre de 2008 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870698832

Gaceta N° 14901 de Cundinamarca, 22-12-2008

Año2008
Fecha de publicación22 Diciembre 2008
Fecha22 Diciembre 2008
Número 14.901 - Bogotá, D.C., lunes 22 de diciembre de 2008 - AÑO CXIII
ÓRGANO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal De colombIa
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 00347 DE 2008
(diciembre 5)
por el cual se adopta el Código de Buen Gobierno para el Sec-
tor Central de la Administración Pública Departamental.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA,
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
dispone que “La función administrativa está al servicio de los intere-
ses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de
igualdad, moralidad, ecacia, celeridad, imparcialidad y publicidad,
mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración
de funciones”.
Que, conforme con lo establecido en el artículo 209 de la Cons-
titución, la función administrativa está al servicio de los intereses
generales y se desarrolla con fundamento en los principios de
igualdad, moralidad, ecacia, economía, celeridad, imparcialidad y
publicidad.
Que, la Ley 489 de 1998, en su artículo 4°, determina que la fun-
ción administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades
generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios,
nalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política. Los
organismos, entidades y personas encargadas, de manera perma-
nente o transitoria, del ejercicio de funciones administrativas deben
ejercerlas consultando el interés general.
Que, en el literal d) del artículo del Decreto 3622 de 2005, se
incorporó como política de desarrollo administrativo, formulada por
el Departamento Administrativo de la Función Pública Nacional, la
moralización y transparencia en la administración pública, orientada a
la formación de valores de responsabilidad y vocación de servicio que
garanticen el interés general en la administración de lo público y se
promueva la publicidad de las actuaciones de los servidores públicos;
e igualmente orientada a la prevención de conductas corruptas y a la
identicación de áreas susceptibles de corrupción.
Que el Subsistema de Control Estratégico del componente am-
biente de control, incorpora en el Modelo Estándar de Control Interno
MECI 1000:2005, el elemento Acuerdo, Compromisos o Protocolos
Éticos, el cual se constituye con base en el presente Código.
Que la Guía Metodológica para el Fortalecimiento y Evaluación
del Sistema de Control Interno establecida por el Consejo Asesor
de Control Interno de las Entidades del Orden Nacional y Territorial,
reconoce la importancia de la existencia de instrumentos que con-
soliden los valores de la Entidad, la participación de los funcionarios
en la identicación y utilización de los valores corporativos como
herramienta para fortalecer la cultura organizacional, la generación
de acciones que fortalezcan el compromiso de los funcionarios frente
a los principios y valores y el desarrollo del quehacer organizacional
según los principios y valores establecidos.
Que, desde el inicio mismo de su gestión, el Gobierno Departa-
mental ha asumido el rme compromiso de propiciar el mejoramiento
institucional y personal de la entidad, combatir la corrupción y promo-
ver las acciones tendientes a incrementar el grado de transparencia
en la Administración Pública.
Que, para el logro de la misión institucional del Departamento
de Cundinamarca, se hace necesario propiciar la denición de una
ética de lo público.
DECRETA:
Artículo primero. Adoptar el Código de Buen Gobierno para el
Sector Central de la Administración Pública Departamental, en los
siguientes términos:
T Í T U L O I
DE LA ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LA ENTIDAD
Artículo primero. Identicación y naturaleza. El Departamento
de Cundinamarca es una entidad territorial, con autonomía para la
gestión de sus intereses enmarcada dentro de los límites de la Cons-
titución y la ley. En tal virtud tendrá los siguientes derechos:
a) Gobernarse por autoridades propias.
b) Ejercer las competencias que le correspondan.
c) Administrar sus recursos y establecer los tributos necesarios
para el cumplimiento de sus funciones.
d) Participar en las rentas nacionales.
e) Y los demás que determinen la Constitución y la ley.
Artículo segundo. Compromiso con los objetivos, la Misión y
la Visión de la Entidad. El Gobernador de Cundinamarca y su Equipo
Directivo se comprometen a guiar la totalidad de sus actuaciones
en el ejercicio de la función pública, hacia el logro de los objetivos y
metas contempladas en el diseño estratégico del Departamento de
Cundinamarca.
Artículo tercero. Principios de la Actuación Administrativa.
Los principios generales de la actuación administrativa son:
1. Igualdad.
2. Moralidad.
3. Ecacia.
4. Transparencia.
5. Economía.
6. Imparcialidad.
7. Responsabilidad.
8. Buena Fe.
9. Eciencia.
10. Participación.
11. Publicidad.
12. Concurrencia y Subsidiaridad.
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13. Complementariedad.
14. Coordinación y Colaboración.
15. Celeridad
Artículo cuarto. Valores del Servidor Público del Departa-
mento de Cundinamarca. Los valores del servidor público que
inspiran y soportan la gestión del Departamento de Cundinamarca
además de los señalados en la Carta de Valores y principios éticos
Institucionales, son:
1. Pertinencia.
2. Calidad.
3. Compromiso.
4. Condencialidad.
5. Creatividad.
6. Desarrollo.
7. Servicio.
Artículo quinto. Grupos de Interés de la Entidad. El Departa-
mento de Cundinamarca reconoce como sus grupos de interés a la
comunidad, a los servidores públicos, al sector de desarrollo econó-
mico, al sector ambiental, al sector social, el Gobierno Nacional, las
autoridades locales, los entes de control y el sector nanciero.
T Í T U L O II
DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LA
ADMINISTRACIÓN DE LA ENTIDAD
CAPÍTULO I
Políticas para la dirección de la Entidad
Artículo sexto. Equipo directivo. Se consideran miembros
del equipo directivo con responsabilidad especial en la aplicación
del presente Código de Buen Gobierno, los siguientes servidores
públicos: Gobernador, Secretarios de Despacho, Gerentes Provin-
ciales, Directores, Director Ocina de control interno, Director de
control interno Disciplinario y Jefes de Ocina. Para la evaluación
y control de su actividad, los anteriores servidores públicos están
sometidos externamente al control social, político, scal y disciplina-
rio, e internamente al control disciplinario interno y al control interno
que evalúa el desempeño garantizando la eciencia y ecacia en la
gestión administrativa.
Artículo séptimo. Compromiso con los nes del Estado. La
Administración Departamental tiene como nes primordiales promo-
ver la construcción social del Departamento, planicar su desarrollo
económico, coadyuvar por el mejoramiento de la capacidad de gestión
de sus municipios y demás entidades territoriales, fomentar su desa-
rrollo integral mediante el ejercicio de las funciones administrativas
de coordinación, complementariedad, concurrencia, subsidiaridad e
intermediación, dentro del marco de la Constitución y las leyes.
Para cumplir con sus nes primordiales, el Gobernador de Cun-
dinamarca y su equipo directivo se comprometen a administrar la
entidad bajo los preceptos de la integridad y la transparencia, gestionar
ecientemente los recursos públicos, rendir cuentas, ser ecaces en
la realización de sus cometidos, coordinar y colaborar con los demás
entes públicos y responder efectivamente a las necesidades de la po-
blación. Para tales efectos, llevarán a cabo las siguientes prácticas:
a) Establecer las políticas necesarias para cumplir los nes
misionales;
b) Asegurar que las políticas trazadas se cumplan;
c) Cumplir las disposiciones constitucionales y legales;
d) Ejecutar ecientemente el plan estratégico;
e) Adelantar las gestiones necesarias para la ecaz y transparente
prestación del servicio;
f) Prestar en forma ecaz y transparente el servicio público.
Artículo octavo. Compromisos con la gestión. El Gobernador
de Cundinamarca y su equipo directivo, se comprometen a destacar-
se por su competencia, integridad, transparencia y responsabilidad
pública, actuando con objetividad y profesionalismo en el ejercicio de
su cargo, guiando las acciones de la Entidad hacia el cumplimiento
de su misión y visión en el contexto de los nes sociales del Estado,
formulando las políticas públicas o acciones estratégicas, y siendo
responsables por su ejecución. Para ello se comprometen a orientar
sus capacidades personales y profesionales hacia el cumplimiento
efectivo de los nes misionales de la Entidad, a cumplir cabalmente
con la normatividad vigente, al mantenimiento de la condencialidad
en la información que lo requiera, al acatamiento de los procedimien-
tos para el sistema de evaluación de desempeño, y al cumplimiento
efectivo de la rendición de cuentas a la sociedad sobre su gestión
y resultados.
Artículo noveno. Responsabilidad con el Acto de Delegación.
Cuando el Gobernador o algún miembro autorizado del equipo direc-
tivo deleguen determinadas funciones, serán consecuentes con las
obligaciones que asumieron al ser parte del sector público, de modo
que jarán por escrito claramente los derechos y obligaciones del
delegado, obligándose a mantenerse informado del desarrollo de los
actos delegados, impartir orientaciones generales sobre el ejercicio
de las funciones entregadas, y establecer sistemas de control y eva-
luación periódica de las mismas.
CAPÍTULO II
Políticas de relación con los órganos de control externo
Artículo décimo. Órganos de Control. Los órganos de control
y vigilancia externos del Departamento de Cundinamarca, son la
Contraloría General de la República, la Contraloría Departamental y
la Procuraduría General de la Nación. Por otra parte, la entidad está
sujeta al control social de la ciudadanía.
Artículo undécimo. Política frente al Control Externo de la En-
tidad. El Gobernador del Departamento de Cundinamarca y su equipo
directivo se comprometen a mantener unas relaciones armónicas con
los órganos de control y a suministrar la información que legalmente
estos requieran en forma oportuna, completa y veraz para que puedan
desempeñar ecazmente su labor. Igualmente, se comprometen a
implantar las acciones de mejoramiento institucional que los órganos
de control recomienden en sus respectivos informes.
Artículo duodécimo. Compromisos en relación con el Órgano
de Control Político. El Departamento de Cundinamarca se compro-
mete a colaborar armónicamente con la Asamblea Departamental y
con el Gobierno Nacional, y en desarrollo de esa actitud practicará el
respeto por la independencia de los poderes públicos y cumplirá con
la entrega periódica de informes de gestión y de resultados.
T Í T U L O III
DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LA
GESTIÓN DE LA ENTIDAD
POLÍTICAS FRENTE AL SISTEMA DE DESARROLLO
ADMINISTRATIVO
CAPÍTULO I
Políticas para la gestión ética
Artículo decimotercero. Compromiso con la integridad. El
Departamento de Cundinamarca maniesta su clara disposición para
autorregularse, para lo cual se compromete a encaminar sus activida-
des de conformidad con los principios enunciados en la Constitución,
las demás normas vigentes, el presente Código de Buen Gobierno
y la carta de valores y principios éticos institucionales, orientándose
hacia una gestión íntegra, con principios y valores frente a todos sus
grupos de interés.
Artículo decimocuarto. Compromiso para la erradicación
de prácticas corruptas. El Departamento de Cundinamarca y sus
servidores públicos se comprometen a luchar contra la corrupción,
para lo cual se crearán compromisos tendientes a lograr este objetivo
por parte de sus funcionarios y contratistas.
En el marco de lo expuesto, todos aquellos que se vinculen directa
o indirectamente con la Entidad rmarán un compromiso estándar de
conducta que excluya la aceptación u ofrecimiento de sobornos; este
compromiso incluye a aquellos que deseen participar en cualquier
forma de contratación con la entidad.
Igualmente la Entidad se compromete a capacitar a sus altos
directivos y demás equipo humano –y cuando lo crea conveniente a
sus grupos de interés– en políticas y acciones anticorrupción.
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No. 14.901
En el desarrollo de esta política de lucha anticorrupción, la Entidad
vincula a la ciudadanía por medio de los mecanismos de participación
ciudadana para el control social de la gestión.
Además del deber de desempeñar el cargo sin obtener o pretender
benecios adicionales a las contraprestaciones legales y convenciona-
les, consagrado en el numeral 8 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002
(Código Disciplinario Unico), los funcionarios del Departamento de
Cundinamarca darán estricto cumplimiento a los principios que rigen
la contratación en la entidad, establecidos en la Ley 80 de 1993, Ley
1150 de 2007 y Decretos Reglamentarios, garantizando la absoluta
transparencia en los procedimientos que se realicen para la selección
objetiva de sus contratistas.
Artículo decimoquinto. Acciones para la integridad y la
transparencia. El Departamento de Cundinamarca y sus funcionarios
rechazan y rechazarán toda práctica corrupta. Para impedir, prevenir
y combatir estos fenómenos, el Gobierno Departamental adoptará,
como mínimo, las siguientes medidas:
a) Guiar sus actuaciones orientado por los principios éticos esta-
blecidos en la Carta de Valores y Principios Éticos Institucionales;
b) Dar publicidad a la promulgación de normas éticas y advertir
sobre la determinación inquebrantable de cumplirlas en el giro ordi-
nario de sus actividades;
c) Promover la suscripción de pactos de integridad y transparencia
en su interior y con otros entes;
d) Garantizar que todos los procedimientos sean claros, equita-
tivos, viables y transparentes;
e) Denunciar las conductas irregulares, tanto para que las entida-
des competentes conozcan de los hechos, como para que la sociedad
esté al tanto del comportamiento de sus servidores;
f) Capacitar al personal en materia de ética ciudadana y respon-
sabilidad social en todos los niveles;
g) Articular las acciones de control social con los programas
gubernamentales;
h) Efectuar permanentemente la rendición de cuentas a los grupos
de interés por medio de la página web y el personal designado para
esta labor en la entidad, garantizando la disposición al público de la
información no condencial de la entidad;
i) En materia de contratación, implementar y adoptar las normas
vigentes; publicar la contratación de servicios y la adquisición de
bienes de acuerdo con lo prescrito por la legislación vigente y el
presente Código de Buen Gobierno; y establecer mecanismos de
seguimiento a los contratos.
Artículo decimosexto. Colaboración Interinstitucional en la
erradicación de prácticas corruptas. El Departamento de Cundi-
namarca, con la nalidad de combatir la corrupción, se compromete
a mejorar los sistemas de comunicación e información, sosteniendo
una comunicación uida con otras instituciones públicas, privadas y
gremiales, y estableciendo pactos éticos frente al desempeño de la
función administrativa y la contratación estatal, con el gran objetivo
de construir cadenas éticas que vayan congurando unas buenas
prácticas de integridad, transparencia y eciencia en el ejercicio de
la función pública.
CAPÍTULO II
Políticas de gestión del recurso humano
Artículo decimoséptimo. Compromiso con la Protección y
el Desarrollo del Talento Humano. El Departamento de Cundina-
marca se compromete a desarrollar las competencias, habilidades,
aptitudes e idoneidad de sus servidores públicos, determinando
políticas y prácticas de gestión humana que incorporen los principios
constitucionales de justicia, equidad, imparcialidad y transparencia al
realizar los procesos de selección, inducción, formación, capacitación,
promoción y evaluación del desempeño. En este sentido, la Entidad
propenderá por la vinculación de personal actualizado, productivo,
innovador, participativo y comprometido, bien sea como servidores
públicos o como contratistas, con los objetivos gubernamentales bajo
claros, principios éticos y de servicio a la comunidad.
CAPÍTULO III
Políticas de comunicación e información
Artículo decimoctavo. Compromiso con la Comunicación
Organizacional. Las políticas de comunicación de la entidad es-
tarán orientadas a la construcción del sentido de pertenencia y al
establecimiento de relaciones de diálogo y colaboración entre los
servidores públicos de la Entidad en todos los niveles. Para ello, la
Administración establecerá procesos y mecanismos de comunicación
internos y externos que garanticen la interacción y la construcción de
visiones comunes.
La comunicación del Gobierno Departamental permitirá la difusión
oportuna de políticas, principios, y demás información generada al
interior de la entidad, buscando que todos los funcionarios conozcan,
identiquen y apliquen en el desarrollo de sus funciones, los objetivos,
estrategias, los planes, los programas y los proyectos que conducen
al logro de la Visión y la Misión de la Entidad.
Se establecen como políticas generales de comunicación del
Departamento de Cundinamarca, las siguientes:
1. Contribuir a la generación de condiciones para promover la
participación ciudadana y construir consensos.
2. Coadyuvar a la permanente circulación de información como
insumo para la toma de decisiones de forma oportuna y eciente.
3. Consolidar como instrumento estratégico de transparencia y
generador de conanza de la gestión departamental.
4. Posicionar al servidor público como eje fundamental de la
gestión del talento humano al permitir su inclusión en la dinámica de
desarrollo de la organización, propendiendo a su vez por la creación
de espacios para su propio desarrollo integral.
Artículo decimonoveno. Compromiso de Condencialidad.
Todos los servidores del Departamento se comprometen a mantener
la condencialidad de todos los asuntos que signiquen información
privilegiada o sometida a reserva. Quienes incumplan estos acuerdos
o compromisos de condencialidad serán sancionados de acuerdo
con el régimen disciplinario.
El Departamento de Cundinamarca se compromete a vigilar que
los servidores públicos que manejen información privilegiada que es
reserva de la Entidad no sea publicada o conocida por terceros.
Ninguno de los grupos de interés podrá, directa ni indirectamente,
utilizar información privilegiada y condencial de la Entidad para sus
propios intereses o aquellos particulares de terceros.
Artículo vigésimo. Compromiso con la Circulación y Divul-
gación de la Información. El Departamento de Cundinamarca se
compromete a establecer una política de comunicación informativa
adecuada para establecer un contacto permanente y correlativo con
sus grupos de interés, de conformidad con la Constitución Política y
la ley. Con este n se adoptarán mecanismos para que la información
llegue a sus grupos de interés de manera integral, oportuna, actuali-
zada, clara, veraz y conable, bajo políticas efectivas de producción,
manejo y circulación de la información, para lo cual se adoptan los
mecanismos de información a los cuales haya acceso, de acuerdo
con las condiciones de la comunidad a la que va dirigida.
Se establecerán pautas y criterios que permitan garantizar el
ejercicio del derecho ciudadano a la información, y a la vez que
aseguren el cumplimiento, por parte de los servidores públicos, de
su deber de condencialidad.
El Departamento de Cundinamarca cuenta con mecanismos de
suministro de información y de interacción con sus clientes, provee-
dores e inversionistas a través de Internet (www.cundinamarca.gov.
co), correo electrónico, teléfono, fax, etc.
Artículo vigesimoprimero. Compromiso con el Gobierno en
Línea. El Gobernador y su Equipo Directivo se comprometen a dar
especial interés a la aplicación efectiva del Gobierno en Línea, a
través de la implantación de las acciones necesarias para mantener
actualizado el sitio web de la Entidad con la más completa información
sobre la marcha de la administración en cuanto a procesos y resulta-
dos de la contratación, estados nancieros, concursos para proveer
cargos, Plan Estratégico, estado de los proyectos, avances en el
cumplimiento de metas y objetivos del Plan Estratégico, indicadores
de gestión, informes de gestión, servicios que la entidad presta a la
ciudadanía y forma de acceder a ellos, gestión notarial y registral y
funcionamiento general de la Entidad, entre otros.
CAPÍTULO IV
Política de calidad
Artículo vigesimosegundo. Compromiso con la Calidad. El
Departamento de Cundinamarca se compromete a orientar su gestión

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