Garantizar el acceso individual al aborto seguro: el acompañamiento de casos como medida habilitante para intervenciones estructurales - La batalla por el derecho al aborto. El caso de la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres - Libros y Revistas - VLEX 935900103

Garantizar el acceso individual al aborto seguro: el acompañamiento de casos como medida habilitante para intervenciones estructurales

AutorAna Cristina González Vélez/Isabel Cristina Jaramillo Sierra
Páginas200-251
Capítulo IV
GARANTIZAR EL ACCESO
INDIVIDUAL AL ABORTO SEGURO:
EL ACOMPAÑAMIENTO DE CASOS
COMO MEDIDA HABILITANTE PARA
INTERVENCIONES ESTRUCTURALES
Desde la promulgación de la Sentencia C-355 de 20061, la Mesa se propuso
utilizar el litigio estratégicamente, es decir, no como herramienta principal
para garantizar el acceso en los casos individuales, sino para lograr cambios
estructurales. Esta intuición se ponía del lado de quienes habían señalado
que el litigio individual es demasiado costoso, pues los casos son muchos,
los abogados cobran caro por sus servicios y también es un proceso
engorroso y demorado2-3. Un estudio previo del caso colombiano había
advertido desde muy temprano que, dada la regulación pertinente para la
implementación de cada una de las causales introducidas por la Sentencia
(el Código Penal, la normatividad sobre los servicios de salud, la ley de
ética médica, entre otras), las dificultades para el acceso al aborto legal y
seguro en Colombia serían muchas y muy variadas, hecho que exigiría
intervenciones complejas4.
No obstante, previendo que en todo caso las mujeres buscarían algún
tipo de asesoría, la Mesa ofreció desde el principio el acompañamiento
legal. Lo innovador en este proceso fue que tempranamente se decidió usar
los casos de las mujeres que acudían a la Mesa no solo para lograr
resultados con cada mujer, sino para documentar las barreras existentes en
el sistema. Este trabajo también sirvió eventualmente para que la Corte
Constitucional se pronunciara sobre el aborto por vía de la tutela y
reglamentara los aspectos que lo requerían, sin tener que limitarse a cada
caso individual. En este capítulo, presentamos la estrategia de
acompañamiento de casos ideada por la Mesa. Mostramos cómo sirvió para
identificar las barreras existentes en el sistema de salud para el acceso al
aborto y los usos que esa sistematización de las barreras ha tenido para
incidir de manera estructural en el sistema, con lo cual se ha logrado un
mayor acceso de las mujeres al aborto legal y seguro. Explicamos también
los logros a nivel de conformación de alianzas con el Estado, de desarrollo
jurisprudencial y de empoderamiento de las mujeres, y las limitaciones de
este acompañamiento en relación con los casos individuales para proponer
una mirada crítica de la estrategia a la luz de la experiencia de las
organizaciones de mujeres en el acompañamiento de casos en otros países y
en otros temas.
1. EL ACOMPAÑAMIENTO DE CASOS FRENTE AL NO LITIGIO
INDIVIDUAL
Varias características del litigio individual en Colombia llevaron a que la
Mesa renunciara a darle centralidad en su esfuerzo por lograr la
implementación de la Sentencia C-355 de 2006. De acuerdo con lo
manifestado por las abogadas de la Mesa que fueron entrevistadas, la
experiencia de los primeros años de esta organización con la tutela justificó
que su uso quedara limitado a casos “extremos”. Según el Protocolo de
atención a mujeres5, las primeras tutelas presentadas por la Mesa fueron
negadas por los jueces y esto representó costos muy altos para las mujeres y
para la Mesa. Además, la experiencia del litigio en salud había evidenciado
problemas estructurales más allá del aborto; pues las entidades prestadoras
de servicios se benefician tanto más con que la garantía de los derechos se
dé por vía judicial y no directamente, que han empezado a esperar que los
pacientes acudan a la tutela para prestarles los servicios a los cuales tienen
derecho6.
Adicionalmente, la tutela no parecía contribuir a los cambios
estructurales que la Mesa perseguía al interior del Sistema de Salud, de
manera que este respondiera por la prestación del servicio de aborto legal.
En este sentido, las integrantes de la Mesa consideraron que su tarea era
“educar al sistema” tanto como “educar a la mujer” y que esto se lograría
mejor a través de rutas alternativas al litigio individual. En palabras de una
entrevistada que ha ocupado un papel importante en la Mesa, incluso como
una de sus coordinadoras:
La historia de los casos ha sido muy importante. Al principio, en el 2006, hubo
una tendencia que todos los casos se resolvían con tutelas. Nosotras discutimos,
discutimos y pensamos no puede ser así, no podemos volvernos en la costumbre
de que […] así no estamos educando el sistema de salud, porque las ideas del
litigio son dos: uno que las mujeres accedan a su derecho y segundo educar al
sistema de salud.
Entonces, nuestra estrategia fue no, solamente en casos extremos, en casos
extremos es cuando ya vemos que, si no se hace con tutela, pues nos jodimos y ya.
Entonces, nuestra estrategia fue esa. El apoyo se ha pretendido —no sé si la
palabra es esa— que sea más bien administrativo. O sea, es acompañamiento a la
mujer y a veces puede ser muy costoso y es la abogada [quien] acompaña a la
mujer a la visita con el auditor médico, todo ese trámite […] eso lo pudimos hacer
al principio porque eran menos casos y esa fue la idea. Y tutelas muy escogidas, y
hacerle seguimiento a esas tutelas para intentar que sean seleccionadas. La prueba,
que también fue interesante, es que hay después como diez o nueve sentencias
posteriores y algunas son casos nuestros7.
En cuanto a lo que la Mesa esperaba de parte de las mujeres, la misma
coordinadora afirmó:

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