Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 078 de 2010 cámara - 10 de Junio de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451401566

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 078 de 2010 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 078 DE 2010 CÁMARA. por la cual se fija el trámite de las servidumbres de gasoducto y tránsito de gasoductos, oleoductos y poliductos.

Bogotá, D. C., 12 de mayo de 2011

Doctor

GUSTAVO AMADO LÓPEZ

Secretario Comisión Quinta Constitucional Permanente

Cámara de Representantes

Ciudad

Asunto: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 078 de 2010 Cámara.

En cumplimento de la honrosa designación que nos hiciera la Presidencia de la Comisión Quinta Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes y en aplicación de lo ordenado por el artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, presentamos ante su señoría un original y dos copias del informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 78 de 2010 Cámara, por la cual se fija el trámite de las servidumbres de gasoductos y tránsito de gasoductos, oleoductos y poliductos.

Mercedes Rincón Espinel, Representante Ponente Coordinadora, Hernando Hernández Tapasco, Representante Ponente.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:

El Proyecto de ley número 078 de 2010 Cámara consta de cuatro artículos incluido la vigencia del mismo, en los que se propone establecer la siguiente normatividad:

En el artículo 1° se establece la legalidad de las servidumbres para la industria del gas, por ser esta de utilidad pública en sus ramos de exploración, producción, transporte, refinación y distribución.

En el artículo 2° se señala los procedimientos aplicables a la imposición de servidumbres relacionadas con la industria del gas.

En el artículo 3° se define la inaplicabilidad de algunos requisitos de procedibilidad para la imposición de servidumbres para la industria del gas.

En el artículo 4° se señala la vigencia en caso de convertirse en ley.

Con el proyecto de ley se pretende generar una sola interpretación de la normatividad vigente, que según su autor existe una serie de aplicaciones judiciales contradictorias que se han generado en la interpretación que hacen los jueces encargados de aplicar la ley, en los distintos circuitos judiciales, en materia de imposición de servidumbres de gasoducto.

En voces del proyecto de ley 078 de 2010 Cámara y según la exposición de motivos, las controversias se generan por la interpretación que los jueces hacen en definir la normatividad a aplicar en la imposición de servidumbres para viabilizar los servicios públicos. Las controversias surgen en definir cuál de las siguientes normas se aplican:

  1. La Ley 142 de 1994 de servicios públicos en concordancia con la Ley 56 de 1 981.

  2. La exigencia de la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad judicial, tal como lo establece la Ley 640 de 2001.

  3. Ley 1274 de 2009, como norma que establece los procedimientos de avalúo para las servidumbres petroleras, pero que en su artículo primero define su aplicación para la industria de los hidrocarburos.

    OBJETIVOS DEL PROYECTO:

    Objetivo general: Fijar el trámite de las servidumbres de gasoducto y tránsito de gasoductos, oleoductos y poliductos y dar claridad a los operadores judiciales sobre la normatividad que se debe aplicar.

    Objetivos específicos:

  4. Establecer la inaplicabilidad de algunas normas en el trámite de las servidumbres relacionadas con la industria del gas.

  5. Definición de la normatividad a aplicar en la imposición de servidumbres...

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