El Derecho Administrativo frente a la internacionalización del Derecho y en particular frente al Derecho Comunitario - Tendencias contemporáneas del Derecho Administrativo - Retos y perspectivas del Derecho Administrativo. Segunda parte - Libros y Revistas - VLEX 426352618

El Derecho Administrativo frente a la internacionalización del Derecho y en particular frente al Derecho Comunitario

AutorLibardo Rodríguez Rodríguez
Cargo del AutorProfesor de derecho administrativo. Ex-consejero de Estado de Colombia
Páginas19-48
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El Derecho Administrativo frente a la
internacionalización del Derecho y en
particular frente al Derecho Comunitario
Libardo Rodríguez Rodríguez*
Introducción
Es evidente que el derecho administrativo tiene relaciones tradicionalmente
reconocidas con el derecho internacional, no obstante que su contenido hace
parte del derecho interno de cada Estado. En efecto, la aplicación práctica
de las convenciones y tratados internacionales en cada uno de los países que
son parte de esos acuerdos, requiere con frecuencia la expedición de normas
internas que los desarrollen, tanto por parte del órgano legislativo como de
las autoridades administrativas, las cuales constituyen en muchos casos fuente
del derecho administrativo.
Sin embargo, podría afirmarse que esas relaciones entre el derecho
administrativo y el derecho internacional, tradicionalmente han sido limitadas
por el concepto ortodoxo de soberanía y por la consecuente debilidad del
carácter realmente vinculante de muchos tratados y convenciones, que se
limitan a establecer principios orientadores en las respectivas materias y que
carecen de instrumentos efectivos para garantizar la aplicación de las normas
fijadas en ellos.
Frente a la anterior situación, que caracteriza al derecho administrativo
tradicional, en tiempos recientes la realidad económica y las necesidades
de integración supranacional han generado un crecimiento en el número y
eficacia de las normas internacionales que se refleja en el fenómeno conocido
como “la internacionalización del derecho”,1 el cual no sólo afecta al derecho
* Profesor de derecho administrativo. Ex–consejero de Estado de Colombia.
1 Sobre este fenómeno, véase: Gordillo, 2002, 71 y ss; 2003, 105 y ss.
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Libardo Rodríguez Rodríguez
administrativo sino que se extiende prácticamente a todas las demás ramas de
la ciencia jurídica.2
En este sentido, podemos citar los casos del derecho penal y su afecta-
ción por la reciente creación de la Corte Penal Internacional y de cortes penales
internacionales para los casos de Ruanda y de Yugoslavia; del derecho laboral,
con los compromisos adquiridos por los Estados en el marco de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), o del derecho comercial con los acuerdos
suscritos al amparo de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
La extensión de ese fenómeno al que venimos haciendo referencia ha
llegado hasta el punto de que un organismo internacional de la importancia del
Banco Mundial, en los informes publicados en 2004, Understanding regulation,
y 2005, Removing obstacles to growth, dentro del marco de su programa “Doing
business”, ha llegado a proponer la idea de unificar el derecho a nivel universal
bajo uno solo de los sistemas tradicionales, específicamente el anglosajón.3
Igualmente, debe señalarse que la doctrina ha hecho notar que la
necesidad de integración supranacional a la que hemos hecho referencia ha
sido, en primer lugar, de carácter económico, pero consecuentemente también
jurídico, y se explica fundamentalmente por el hecho de que “todos los pue-
blos se han hecho interdependientes por razón de los avances de la ciencia,
sus portentosas aplicaciones tecnológicas y, en especial, por el auge de las
comunicaciones, que han hecho del mundo una aldea, ‘la aldea planetaria’, y
de la especie humana una unidad que corre, quiéralo o no, una suerte común”
(Sáchica, 1985, 3 y 4).
En particular ha destacado la doctrina que la influencia sobre el derecho
administrativo de la llamada internacionalización del derecho se extiende a
2 Aunque referido al derecho comunitario europeo, sobre la extensión del fenómeno de la inter-
nacionalización del derecho a las demás ramas jurídicas, véase: González–Varas, 1996, 15 y 16.
3 En relación con los informes del programa “Doing business” del Banco Mundial y su visión
por juristas formados en la tradición jurídica continental o romano-germánica, véase: Sánchez
Cordero, 2006.

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