Interpretación e integración de los contratos - Interpretación e integración contractual - Teoría del contrato - Libros y Revistas - VLEX 929307631

Interpretación e integración de los contratos

AutorBenjamín Moisá, Celina María Moisá
Cargo del AutorDoctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de Córdoba (Argentina); académico correspondiente de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba (Argentina); juez de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Tucumán (Argentina); Profesor de la Maestría en Derecho de la Universidad de ...
Páginas357-391
C  XI
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Por B M
Con la colaboración de C M  M
Resum en: El presente trabajo pretende desarrollar una teoría general de la
hermenéutica contractual desde la perspectiva de la doctrina tradicional.
Contenido:       
contratos. Elementos interno y externo. 11.3 Naturaleza jurídica del contrato. 11.4
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11.5 Interpretación del contrato e interpretación de la ley. 11.6 Sistemas de
    
criterios de interpretación contractual. 11.9 Reglas de interpretación. 11.10
Interpretación de los contratos por adhesión. 11.11. Integración contractual.

Palabras claves: contrato–interpretación–calificación–inte-gración–
 
 
El hombre como ser esencialmente social necesita vincularse con sus semejantes
para poder satisfacer sus más variadas necesidades materiales y espirituales, lo
cual procura por medio de su voluntad, como potencia del alma que lo mueve a
hacer o no hacer algo. Desde un plano intersubjetivo, las personas recurren al acto


                 
frecuente que se susciten divergencias entre las partes y respecto de terceros acerca
de sus alcances, especialmente entre la voluntad y su manifestación, cuestiones que,
358    
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ser zanjadas por un juez. Es imaginable, entonces, la trascendencia fundamental
de la labor interpretativa de los distintos operadores jurídicos.
Siendo el contrato el caso más importante de acto jurídico bilateral –o
plurilateral– y el medio normal por el que las personas establecen entre sí
relaciones jurídicas de carácter patrimonial, a continuación nos ocuparemos
de las reglas y principios que gobiernan su inter pretación, haciendo particular
       
necesariamente debemos comenzar analizando la estr uctura del acto jurídico,
del cual el contrato es sólo una especie.
  
  
 
-
nica– es el instrumento por cuyo intermedio se concreta la voluntad del hombre
en el mundo del Derecho, debiendo concurrir para su existencia dos elementos:
   -
   dice: «Se llaman mani-

  
por  ] la clase de hechos jurídicos que no sólo son actos libres, sino que

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tenerse en cuenta: la voluntad en sí misma, su manifestación y la conformidad
entre los dos términos anteriores». Más adelante, el gran jurista alemán precisa:
«es necesario no creer que ambos elementos [voluntad y manifestación] sean entre
sí independientes como la voluntad de un hombre lo es de la de otro, no encon-
                   

pero como hecho interno e invisible tiene necesidad de un signo exterior visible

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sí una relación, no accidental, sino natural y lógica».
Las claras y concluyentes expresiones de   ponen e n evidencia que
el llamado «dogma de la voluntad», cuya autoría se le atribuye como principal
359      
responsable, no es más que un intento por parte de ideologías estatalistas de
base nazi-fascista de distorsionar y relativizar el pensamiento del sabio jurista
alemán , pues, ni él ni sus seguidores jamás prescindieron de la manifestación
de la voluntad como requisito indispensable del negocio jurídico, a tal punto,
   
  
destacándose el empleo por parte del preclaro jurista de la segunda expresión

En tal sentido, Giovanni  señala que el denominado «dogma
de la voluntad», entendido como «omnipotencia de la voluntad individual»,
parece constituir un expediente dialéctico al cual recur ren algunos estudiosos
en su intento por diferenciar sus propias teorías de aquéllas con las cuales
pretenden polemizar, incluso ideológicamente. Se trata de una técnica por

y alcance extremistas, y por lo tanto, un sentido que, si se aprecian bien las
expresiones del propio autor, jamás habrían tenido. En consecuencia, tachar
  
  , tal cual lo hace 
sistemático, y sobre todo brindar a muchos estudiosos «distraídos» un cómodo
atajo cultural o coartada pa ra expresar juicios mediante fórmulas aparentemente
satisfactorias, en lugar de fundarlos en investigaciones concretadas sobre la

la voluntad» es solamente el fruto de la vis polémica y de la ideología estatalista
de un autor como Emilio 
Cabe concluir, entonces, que el acto jurídico, y el contrato como especie del
mismo, presentan una estructu ra compleja conformada por un elemento interno
–voluntad– y un elemento externo –manifestación–, que se presentan como
pasos sucesivos e inescindibles del proceso volitivo. Como consecuencia de
ello, en relación con los demás –plano ético intersubjetivo propio del Derecho–,
el acto jurídico debe ser completo, es decir, ejecutado con discernimiento,
intención y libertad –elemento interno–, y esa voluntad así integrada, a su vez,
debe trascender el ámbito subjetivo –moral– por medio de una manifestación
expresa o tácita –elemento externo–.
Ahora bien, normalmente voluntad y manifestación coinciden, pero,
frecuentemente ocurre que no, supuesto patológico. Entonces, ¿a qué atender?
Anticipamos que, siendo el acto jurídico –como lo hemos dicho– el instrumento
por el cual las personas establecen y regulan sus relaciones jurídicas con vista a
la satisfacción de sus más variadas necesidades materiales y espirituales, debe
tratarse por todos los medios de desentrañar la voluntad real o, en el caso de

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