Introducción - - - Derecho de sucesiones: teórico práctico, aprendizaje a través de casos, actualizado con el Código General del Proceso - Libros y Revistas - VLEX 939915674

Introducción

Páginas33-35
Introducción
El presente texto es una herramienta útil para estudiantes, docentes, abogados,
jueces y demás estudiosos del derecho, ya que en él, he plasmado el resultado
de mi experiencia como litigante y como docente en el área de sucesiones y
familia. Como litigante, encontré dicultad en el enlace de los temas y la falta
de aplicab ilid ad ent re la teoría y la práctica, y como prof esora, capt é el problema
en el aprendizaje por parte de los estudiantes, debido a la cantidad y complejidad
de las instituciones sucesorales; de ahí, que la intención con el presente libro, es
brindar una metodología mediante la cual se explique detalladamente la teoría,
pero simultáneamente se muestre su aplicación a través de casos, partiendo desde
lo más simple, para llegar a lo más complejo, haciendo una interacción entre las
diferentes instituciones para mejor entendimiento en cada uno de los temas, con
una perspectiva que tiene en cuenta la actualidad en la materia en Colombia.
Igualmente, se cotejan las diferentes guras e instituciones sucesorales,
referenciando y comparando los conceptos de expertos doctrinarios; a su vez,
se alude a la jurisprudencia actualizada y pertinente en cada tema.
En esta edición, se han revisado, actualizado y ampliado algunos temas de
relevancia actual, como lo relativo al matrimonio igualitario y la jurisprudencia
pertinente. Igualmente, la obra es complementada y comparada entre el Código
de Procedimiento Civil, la Ley 1395 de 2010 y el Código General del Proceso.
A la par, se incorpora los cambios que introduce la Ley 1934, del 2 de
agosto de 2018, la cual entró a regir el 1º de enero de 2019, modicando 19
artículos y derogando los art. 1243, 1252, 1253, 1259 y 1262, del Código Civil,
referentes entre otros, al testamento y a las donaciones, dejando intacta la
sucesión intestada, pues aunque cambió el artículo 1045, no alteró los órdenes
sucesorales, solamente utilizó terminología diferente.
Vale la pen a poner de pre sent e, que si un a persona ha oto rgad o un test amento
antes del primero de enero de 2019, dicho acto se seguirá regulando por las
normas anteriores, lo que es lo mismo, éste mantendrá plena vigencia. Pero
si, por ejemplo, lo revoca y otorga otro después del primero de enero de 2019,
éste estará atado al nuevo régimen testamentario, toda vez que el legislador
dispuso en el artículo 22 de la Ley 1934 de 2018 que: “Estaleyentraráaregir

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