Resolución número 699 de 2013, por la cual se revoca la Resolución número 1045 del 3 de agosto de 2012, la cual delega en el jefe del Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras y Control Cambiario de la División de Gestión de Fiscalización unas funciones - 12 de Agosto de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 453953550

Resolución número 699 de 2013, por la cual se revoca la Resolución número 1045 del 3 de agosto de 2012, la cual delega en el jefe del Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras y Control Cambiario de la División de Gestión de Fiscalización unas funciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín48880

El Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Manizales, en ejercicio de las funciones legales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998, artículo 49 del Decreto número 4048 de 22 de octubre de 2008 y la Resolución número 0011898 de febrero de 2010,

CONSIDERANDO:

Que acogidos a la normatividad vigente, artículo 209 de la Constitución Política, artículo 211 de la misma Carta, artículos 9º y 10 de la Ley 489 de 1998, artículo 47 del Decreto número 4048 de 2008, inciso tercero del artículo 49, artículo 4º de la Resolución número 009 de 2008, Resolución número 11 de 2008 y artículo 3º del Código Contencioso Administrativo, se profiere Resolución número 1045 de 3 de agosto de 2012, por medio de la cual se delega en el jefe del Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras y Control Cambiario de la División de Gestión de Fiscalización las funciones de:

· Realizar las acciones de control de fiscalización aduanera en zonas secundarias consideradas establecimientos comerciales no abiertos al público y demás lugares donde se almacenen o depositen mercancías que infrinjan el régimen de aduanas, siempre y cuando su control no esté atribuido a otra dependencia; para lo cual, podrá solicitar el apoyo de la policía fiscal y aduanera o de las fuerzas militares o de policía cuando las circunstancias lo ameriten.

· Adoptar medidas cautelares tales como la aprehensión, inmovilización o custodia, sobre las mercancías que infrinjan el régimen de aduanas con arreglo a la normatividad vigente.

· Adelantar el procedimiento para la definición de la situación jurídica de mercancías aprehendidas, incluido la expedición del acto administrativo...

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