Justicia penal, derechos fundamentales e independencia judicial - Núm. 22, Enero 2005 - Revista Iusta - Libros y Revistas - VLEX 42445238

Justicia penal, derechos fundamentales e independencia judicial

AutorMauricio Martínez
CargoProfesor de la Universidad Nacional de Colombia y del doctorado en Derecho de la Universidad Externado de Colombia; Doctor en Derecho de la Universidad de Roma; Magíster en Política Criminal de la Universidad del Saarland-Alemania.
Páginas135-140

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1. La enseñanza de los derechos fundamentales en materia penal

A partir de la Constitución Política de 1991, todos los ámbitos de intervención del Estado han sido influenciados por la temática de los derechos fundamentales. En el área de la justicia penal, la necesidad es mucho más apremiante, debido a las acusaciones que frente a este sistema de justicia se hacen por intervenir violando, paradójicamente, aquellos bienes y derechos programados para su protección. Además, Colombia es parte del desconocimiento sistemático de ellos practicado en la región, tal como se evidenciara en la investigación realizada por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos desde 1986. En esta investigación y en otras en las que personalmente he participado, se formulan objeciones serias al sistema penal y a su política criminal, tanto por defecto como por exceso.

En efecto, cuando los Estados dejan exclusivamente en manos de la justicia penal la protección de bienes jurídicos y derechos fundamentales, mediante la amenaza del castigo, los niveles de impunidad son elevadísimos; los derechos de las víctimas reales y potenciales de las infracciones quedan desprotegidas, pues ellas se practican independientemente del sistema de justicia. Los niveles de impunidad demuestran entonces que utilizar el castigo como única medida frente a la trasgresión de derechos es insuficiente, pero además, en muchas situaciones, contraproducente; o sea, se dejan de implementar otro tipo de mecanismos más eficaces.Page 136

Igualmente las acusaciones por exceso residen en la inobservancia de principios y derechos cuando el sistema penal selecciona sólo algunos implicados y entonces esta selectividad es compensada con un tratamiento desconocedor de los mismos derechos de quienes son procesados.

La materia de derecho penal fundamental representa un instrumento de formación esencial en el respeto de los derechos fundamentales: inicia a los estudiantes a interesarse en este sistema de justicia; es la primera en el pénsum y es de carácter obligatorio en las facultades de derecho. Es ella por excelencia la asignatura de los principios de dignidad humana, del debido proceso, de lesividad, de presunción de inocencia, de culpabilidad, etc., y en consecuencia, por excelencia, una asignatura de los Derechos Humanos, si tenemos en cuenta que, siguiendo al filosofo norteamericano Ronald Dworkin (1985), "los principios son proposiciones que describen derechos".

Es Dworkin quien al defender las constituciones modernas como Cartas de Derechos frente al Estado y la sociedad, inspira al denominado Derecho Penal de la Constitución o Derecho Penal de los derechos humanos, para definirse a favor de la dimensión democrática de los Estados constitucionales contemporáneos, aun a costa de la dimensión social de los mismos. Precisamente desde el pensamiento liberal y democrático de filósofos del derecho como Dworkin, ha seguido desarrollándose el llamado Derecho Penal de los Derechos Humanos que se ha erigido, en palabras de unos de los más brillantes representantes en Europa, Ferrajoli (1999), con base en lo siguiente: "Ninguna mayoría, ni siquiera unanimidad, puede legítimamente decidir la violación de un derecho de libertad o no decidir la satisfacción de un derecho social. Los derechos fundamentales, precisamente porque están igualmente garantizados para todos y sustraídos de la disponibilidad del mercado y de la política, forman la esfera de lo indecidible que sí y de lo indecidible que no...". El mismo rol está desempeñando, o debe desempeñarse, en la formación de abogados en la materia de criminología y/o política criminal: en efecto, en los últimos veinte años esta disciplina ha dejado de ser una simple técnica de descripción de factores y anomalías personales de los criminalizados para erigirse en una instancia de control del sistema de justicia penal, de denuncia y promoción de los derechos de las víctimas y de los procesados (Martínez, 1999a).

Tal vez para explicar esta forma de concebir el derecho penal y la política...

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