Sobre la libertad religiosa. Su alcance y sus implicaciones constitucionales - Núm. 25, Diciembre 2010 - Revista Derecho del Estado - Libros y Revistas - VLEX 736404657

Sobre la libertad religiosa. Su alcance y sus implicaciones constitucionales

AutorCarlos Serrano
CargoEstudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia y monitor del Departamento de Derecho Constitucional en esa misma Universidad
Páginas243-246
“Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar
libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva.
Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley”1.
A lo largo de este escrito haremos un análisis explicativo y crítico de las
consideraciones y del sentido de la decisión de la Corte Constitucional en la
sentencia T-327 de 2009. Sentencia que encontramos atractiva, pues recoge
lo más destacado de la línea jurisprudencial en punto del alcance, límites y
contenido del derecho a la libertad religiosa.
I. ANTECEDENTES
Se trata del caso de un trabajador que hace parte de la Iglesia Adventista
del Séptimo Día, quien acusa haber sido objeto de una persecución laboral
en la fundación médica en la que trabajaba, toda vez que, a sabiendas de su
pertenencia a la mencionada Iglesia, sufrió una alteración en su horario de
trabajo, que implicaba laborar los días sábados2.
Ante esta situación, el accionante optó por dejar de asistir a trabajar los
sábados, hecho que, según la clínica Prado, configura una causal de despido
justificada, por lo que dio por terminado su contrato laboral. El argumento
principal de la clínica es que al accionante en ningún momento se le prohibió
profesar o difundir su religión, sino que en razón del contrato laboral sólo se
le estaba exigiendo que cumpliera con sus obligaciones.
* Estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia y monitor del
Departamento de Derecho Constitucional en esa misma Universidad. carlitos213@hotmail.com
1. Constitución Política de Colombia, artículo 19.
2. Los miembros de la Iglesia Adventista del Séptimo Día tienen dentro de sus convicciones
el considerar el día sábado para la adoración del Señor.
CARLOS SERRANO*
Sobre la libertad religiosa. Su alcance
y sus implicaciones constitucionales
Revista Derecho del Estado n.º 25, diciembre de 2010, pp. 243-246

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