'La libertad' religiosa en las constituciones de Colombia (1821-1843) - Instituciones jurídicas colombianas. Aproximaciones históricas - Libros y Revistas - VLEX 935465449

'La libertad' religiosa en las constituciones de Colombia (1821-1843)

AutorJavier Felipe Hernández Osorio y Diego Agudelo Grajales
Cargo del AutorAbogado, Magister en Filosofía, profesor de la Pontificia Universidad Javeriana de Cali de Argumentación y Filosofía del Derecho, integrante del grupo de investigación 'Instituciones Jurídicas y Desarrollo'. / Licenciado en Filosofía, Historia, y Filosofía y Ciencias Religiosas; Doctor en Teología, profesor de la Pontificia Universidad ...
Páginas163-213
163
3RQWLÀFLD8QLYHUVLGDGJaveriana
LA ‘LIBERTAD RELIGIOSA’
EN LAS CONSTITUCIONES DE COLOMBIA
(1821-1843)
Javier Felipe Hernández Osorio*
Diego Agudelo Grajales**
INTRODUCCIÓN
Las relaciones entre el Estado y la religión siempre han sido ob-
MHWRGHDQiOLVLVSXHVGLFKDUHÁH[LyQWUDHUiFRQFOXVLRQHVLQWH-
resantes, no solo para comprender la mentalidad o la realidad
social, sino también para delimitar los caminos que parecen
más transitables para lograr una sociedad justa. Actualmente,
en Colombia, la regulación jurídica de dicha relación encuentra
su fundamento en el artículo 19 de la Constitución de 1991:
$ERJDGR 0DJLVWHUHQ )LORVRItD SURIHVRUGH OD3RQWLÀFLD 8QLYHUVLGDG-DYHULDQD GH&DOL GH
Argumentación y Filosofía del Derecho, integrante del grupo de investigación 'Instituciones
Jurídicas y Desarrollo'.
** Licenciado en Filosofía, Historia, y Filosofía y Ciencias Religiosas; Doctor en Teología, Profesor
GHOD3RQWLÀFD8QLYHUVLGDG-DYHULDQDGH&DOLHQeWLFD7HRORJtD+LVWRULDGHOD)LORVRItDH+LVWRULD
Medieval; integrante del grupo de investigación De Humanitates.
164
Instituciones Jurídicas Colombianas. Apróximaciones históricas
Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda per-
sona tiene derecho a profesar libremente su religión y a
difundirla en forma individual o colectiva.
Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente
libres ante la ley.
La Corte Constitucional ha entendido que el derecho a la li-
bertad religiosa que consagra el artículo 19 es aquel que le
permite a cada persona, de forma independiente y autónoma,
creer, descreer o no creer en una determinada religión como
medio de separación entre lo sagrado y lo profano, recono-
ciendo a cada hombre su derecho a mantener la integridad
de sus creencias, de alternar sus convicciones religiosas o de
asumir posturas ateas o agnósticas233.
Así, pues, tenemos que al presente en Colombia se garantiza la
autonomía e inmunidad para profesar, difundir, descreer o no
creer en un determinado credo religioso, así como la libertad de
FUHHU\DÀUPDUTXHQRH[LVWHQLQJ~QGLRVDWHtVPRRGHTXHORGL-
vino no está al alcance del conocimiento humano (agnosticismo).
Vale la pena tener en cuenta, además, que la libertad religiosa
tiene una dimensión personal y una comunitaria, puesto que,
como se desprende del texto constitucional, se protege tanto si
es ejercida por el individuo, como si se hace de forma colectiva
a través de comunidades religiosas.
3RU~OWLPRHOLQFLVRÀQDOGHODUWtFXORFRQVDJUDODLJXDOOLEHU-
tad que ante el Estado colombiano tienen todas las confesio-
nes religiosas e iglesias y, con ello, la obligación que tienen las
autoridades de dar el mismo trato legal a todas ellas, sin que
TXHSDUHFRQRFHUDOJXQDUHOLJLyQFRPROD ´RÀFLDOµ´SULYLOHJLD-
da” o “protegida” del Estado.
233 Corte Constitucional de Colombia. Sentencia T-823 de 2002. M.P Rodrigo Escobar Gil,
consideración jurídica No. 1.
165
3RQWLÀFLD8QLYHUVLGDGJaveriana
7HQLHQGRHQFXHQWDORDQWHULRUSRGHPRVDÀUPDUTXHOD&RQV-
titución de 1991 estableció un sistema normativo en el que se
hace un reconocimiento pleno de la libertad religiosa y en el
que se regulan las relaciones entre el Estado y las confesiones
religiosas bajo los principios de laicidad e igualdad.
El surgimiento y desarrollo del actual derecho a la libertad reli-
giosa y del principio de igualdad jurídica de las confesiones re-
ligiosas que establece nuestro marco constitucional solo pue-
de comprenderse plenamente si estudiamos la historia de los
GLVWLQWRVUHJtPHQHV TXH DQWHVGH GHÀQLHURQ ODUHJXOD-
ción de la cuestión religiosa en el Estado colombiano. Conside-
ramos, con Prieto234, que son tres los sistemas que antecedie-
ron la regulación jurídica actual: 1. Régimen de confesionalidad
católica y de patronato republicano (1821-1853) 2. Régimen de
separación, entendida en clave laicista (1853-1886) 3. Régimen
confesional -religión protegida- (1886-1991)
Así las cosas, la pregunta problema que orienta el presente artí-
culo es la siguiente: ¿cómo fue la regulación constitucional del
tema religioso en la etapa de confesionalidad católica y patro-
nato republicano, esto es, en el periodo que va desde la Cons-
titución de Cúcuta de 1821 hasta la Constitución de 1843? Para
dar respuesta a este interrogante, examinaremos los artículos
y textos constitucionales y legales que trataron la materia, e
indagaremos, a partir de otros documentos históricos norma-
WLYRV\GHORVWUDEDMRVKLVWRULRJUiÀFRVSHUWLQHQWHVFXiOHVIXH-
ron las principales posturas pWLFDVÀORVyÀFDVRGHRWUDtQGROH
que sirvieron como fundamento para su redacción. Así mismo,
debemos señalar que este artículo hace parte de una investi-
gación cuya pregunta principal es: ¢FyPRGHVGH OD ÀORVRItD
hermenéutica se pueden interpretar las instituciones
MXUtGLFDVFRORPELDQDVHQSHUVSHFWLYDKLVWyULFD"
234 Prieto, V. (2011). Estado laico y libertad religiosa. Antecedentes y desarrollos de la
Constitución colombiana de 1991 (p. 144 y ss). Bogotá: Diké, 2011.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR