Memorando 00724 - 26 de Octubre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43229554

Memorando 00724

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín46073

Para: Administrador Especial de Aduanas de Buenaventura y Administrador de Aduanas de Cali, Jefes y Funcionarios de las Divisiones de Servicio al Comercio Exterior, Usuarios Operadores de la Zonas Francas del Pacífico y Palmaseca en el Valle del Cauca.

De: Subdirector de Comercio Exterior.

Asunto: Procedimiento para efectuar el traslado de mercancías de la Sociedad Regional Portuaria de Buenaventura a las Zonas Francas del Pacífico o de Palmaseca en el Valle del Cauca con Planilla de Envío o de esta hacia el Puerto de Buenaventura .

Fecha: 20 de octubre de 2005.

Con el fin de establecer un procedimiento ágil que permita aplicar un control aduanero al traslado de la mercancía que ingresa por el Puerto de Buenaventura para ser introducidas a las Zonas Francas del Pacífico o de Palmaseca en el Valle del Cauca y que salen desde éstas hacia el Puerto de Buenaventura, con Planilla de Envío Manual de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 333 y 368 de la Resolución 4240 de 2000, adicionados por los artículos 5º y 8º de la Resolución 09098 del 6 de octubre de 2004, me permito establecer los siguientes parámetros y adjuntar el Formato de Planilla Manual que deberá ser siempre diligenciado para tales efectos:

  1. PROCEDIMIENTO DE TRASLADO DE LA MERCANCIA QUE INGRESA DESDE EL PUERTO DE BUENAVENTURA CONSIGNADA A UN USUARIO INDUSTRIAL DE ZONA FRANCA DEL PACIFICO O PALMASECA EN EL VALLE DEL C AUCA

    1. Incorporación de la Información en el Sistema SYGA

      Toda mercancía que ingrese al Puerto de Buenaventura y pretenda ser trasladada a las Zonas Francas del Pacífico y/o Palmaseca en el Valle del Cauca, el trasportador o agente de carga internacional o puerto atenderá lo dispuesto en los artículos 96 y siguientes del Capítulo II del Decreto 2685 de 1999, modificado por el Decreto 1198 de 2000 y Decreto 2628 de 2001.

      El Transportador o el Agente de Carga Internacional incorporarán en el sistema informático SYGA la información de los documentos de transporte en la siguiente forma: 1. Departamento de destino ¿ Valle del Cauca, 2. Tipo de Documento de Transporte, 3. Destino de la Mercancía ¿ Tránsito Nacional.

      Cabe anotar que para este tipo de operaciones, no se requiere de solicitar ante la DIAN el Tránsito Aduanero hacia las Zonas Francas del Valle del Cauca. En consecuencia no se registrará en el sistema informático SYGA, autorizaciones de tránsito.

      Por tal motivo, el inventario correspondiente a los documentos de transporte consignados a los Usuarios Industriales de las Zonas Francas del Valle del Cauca quedarán cargados en el sistema SYGA (Administración de Buenaventura) como inventario en ¿Puerto de Llegada¿. Lo anterior no obsta para que una vez se finalice la operación en la Administración de Cali por los Usuarios Operadores de las Zonas Francas del Valle del Cauca, en la forma prevista en el numeral 3 de este Memorando, el inventario quede disponible para su nacionalización.

    2. Requisitos para el traslado de la mercancía consignada a un Usuario Industrial de las Zonas Francas del Pacífico o Palmaseca o su representante

      Para el traslado de la mercancía desde el Puerto de Buenaventura hacia las Zonas Francas del Pacífico o de Palmaseca del Valle del Cauca, según corresponda se diligenciará una Planilla de Envío Manual.

      ¿ El Usuario Industrial o su representante, deberá diligenciar una Planilla de Envío Manual para cada uno de los documentos de transporte que trasladará las mercancías desde el Puerto de Buenaventura hacia la Zona Franca del Pacífico o de Palmaseca en el Valle del Cauca.

      ¿ En el evento en que el traslado de la mercancía amparada con un solo documento de transporte se efectúe en varios medios de transporte, se diligenciará una Panilla de Envío Manual. El original será llevado por uno de los transportadores, sin perjuicio de que los demás medios de transporte porten fotocopias refrendadas del original de la Planilla de Envío Manual.

      ¿ Se diligenciará una Planilla de Envío Manual en aquellos casos en que existan mercancías relacionadas en varios documentos de transporte consignados a un mismo usuario industrial, transportados en un solo vehículo.

      La Planilla de Envío Manual se elaborará en original y tres (3) copias.

      La Planilla de Envío Manual deberá contener los siguientes datos:

      ¿ Número de autorización otorgada por la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura y firma.

      ¿ Nombre y NIT del Usuario Industrial de Bienes y Servicios Reg istrado

      ¿ Número del Documento de Transporte

      ¿ Número del Manifiesto de Carga y fecha

      ¿ Empresa Transportadora

      ¿ Placa (s) del (los) Vehículo (s)

      ¿ Nombre y Cédula de Ciudadanía del Conductor.

      ¿ Destino de la Mercancía

      ¿ Descripción de la mercancía y Observaciones

      ¿ Cantidad

      ¿ Embalaje

      ¿ Peso bruto Kg

      ¿ Valor FOB de la mercancía

      ¿ Marcas bultos

      ¿ Precintos y Observaciones

      ¿ Fecha de salida del...

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