Una mirada crítica desde la práctica al derecho constitucional colombiano - Octava Parte. Derecho procesal constitucional. Escenario de la práctica del derecho constitucional - Derecho Procesal Constitucional. Litigio ante la Jurisdicción Constitucional - Libros y Revistas - VLEX 905289742

Una mirada crítica desde la práctica al derecho constitucional colombiano

AutorJorge Iván Guerra Fuentes
Cargo del AutorAbogado de la Universidad Popular del Cesar
Páginas627-636
CAPÍTULO XXXI
UNA MIRADA CRÍTICA DESDE LA PRÁCTICA AL DERECHO
CONSTITUCIONAL COLOMBIANO
Jorge Iván GUERRA FUENTES*
1. INTRODUCCIÓN
La Constitución de 1991 logró consolidar a Colombia como un estado social de derecho,
dada a la armonía alcanzada en el ordenamiento interno superior, principalmente en la con-
sagración y desarrollo de derechos de corte fundamental, con respecto a la declaración de los
derechos humanos, generando así un vuelco en todo el sistema jurídico-político del país es
decir, pasamos de ser un estado de derecho, a uno garantista donde todo está fundado en el
respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran
y en la prevalencia del interés general1.
Todo esto como se dijo, trajo consigo un cambio radical en la estructura jurídica-política
interna del país, que entre otras cosas, suponía un cambio de mentalidad social, debiendo los
códigos, principalmente los procesales, encausarse hacia los presupuestos constitucionales,
pues en lo que respecta a las compilaciones sustanciales no acomodadas a la norma superior,
a lo largo de los años se han ido armonizando poco a poco y de manera gradual, bien a través
de las sentencias de las altas cortes, principalmente de las dictadas por la Corte Constitucio-
nal, o en su defecto al ser derogadas por la creación de otras normas.
Es así como encontramos la creación e implementación del actual Código Penal y Código
Procesal Penal, ley 599 del 2000 y ley 906 de 2004 respectivamente, el Código Sustantivo del
del Proceso o Ley 1564 de 2012. Normas que han debido reinventarse para, no solo cumplir
cabalmente con los cambios sociales y culturales, sino también para procurar estar siempre
en armonía con las disposiciones constitucionales.
* Abogado de la Universidad Popular del Cesar, Especialista en Derecho Procesal de la Universidad Libre,
Candidato a Especialista en Justicia Constitucional y Tutela Jurisdiccional de los Derechos de la Universidad de Pisa
Italia, Litigante, Conciliador en Derecho, Miembro de la Asociación Colombiana de Derecho Procesal Constitucional,
Presidente del Colegio de Juristas del Cesar, Miembro del Colegio de Abogados Procesalistas Latinoamericano,
Conferencista y Creador del Canal en YouTube El Abogado; jorgeivanelabogado@hotmail.com.
1. Constitución Nacional, Artículo 1° Colombia es un Estado social de derecho organizado en forma de República
unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada
en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia
del interés general.

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