El nacimiento y la extinción del derecho de autor: algunas inconsistencias teóricas - Segunda Parte - Propiedad intelectual. Fundamento y crítica - Libros y Revistas - VLEX 950473100

El nacimiento y la extinción del derecho de autor: algunas inconsistencias teóricas

AutorFacundo M. Rojo
Páginas305-337
305
capítulo 6
el nacimiento y la extinción
del derecho de autor:
algunas inconsistencias teóricas
Facundo M. Rojo
You can’t steal a gift.
Bird [Charlie Parker] gave the world his music,
and if you can hear it you can have it502.
dizzy gillesPie
introducción
En los ordenamientos jurídicos de tradición continen-
tal, el derecho de un autor sobre sus obras atraviesa
distintas etapas vitales, entre las cuales se destacan las
siguientes: su nacimiento, su explotación, la muerte
del autor y la extinción del derecho. Dichas etapas
transcurren, básicamente, del siguiente modo.
502 lees, dizzy, cla rK, Milt & nat (2001). You Can’t Steal a Gift.
Lincoln, ne: University of Nebraska Press, isBn 0-8032-8034-3.
306 Facundo M. Rojo
La primera etapa es el nacimiento del derecho de
autor. Los ordenamientos jurídicos reconocen que los
derechos de autor nacen al momento y a causa de la
creación de las obras. Puesto que las obras nacen a
causa de la creación realizada por el autor, los ordena-
mientos jurídicos de tradición continental reconocen
que existe un estrecho vínculo de naturaleza moral
entre el autor y sus obras.
La segunda etapa es la explotación del derecho
de autor. Una vez que, mediante la creación de las
obras, nace el derecho de autor, el titular goza del
derecho exclusivo a explotar sus obras de diversos
modos (por ejemplo, otorgando licencias a terceros
autorizando su reproducción, comunicación públi-
ca, adaptación) y a exigir al resto de la sociedad que
reconozca y que respete el vínculo moral que lo liga
con sus obras (por ejemplo, exigiendo que se reco-
nozca su paternidad sobre sus obras y que se manten-
ga la integridad de sus obras). No obstante, los orde-
namientos jurídicos admiten también que, en ciertos
casos excepcionales, las personas puedan utilizar las
obras de los autores –o partes de ellas– sin requerir
su autorización (por ejemplo, para citarlas con fines
didácticos o científicos, para comentarlas, para criti-
carlas, entre otros supuestos).
La tercera etapa es la muerte del autor. Los orde-
namientos jurídicos establecen que, al momento del
fallecimiento del autor, los derechos de autor se trans-
miten a sus herederos, quienes gozarán del derecho a
307El nacimiento y la extinción del derecho de autor
explotar dichas obras durante un plazo determinado
legalmente (que dura, al menos, cincuenta años).
La cuarta etapa es la extinción del derecho de autor.
Una vez transcurrido el plazo legal durante el cual la
titularidad de los derechos de autor recae sobre los
herederos del autor de las obras, el derecho de autor
se extingue y las obras caen bajo el dominio público.
En general, el hecho de que una obra se encuentre
en el dominio público implica que cualquiera puede
usar y explotar libremente dicha obra sin solicitar
autorización alguna y sin pagar suma alguna (siempre
y cuando respete los derechos morales del autor de
la obra). Excepcionalmente, algunos ordenamientos
jurídicos establecen que, para poder usar y explotar
las obras que se encuentran bajo el dominio público,
es necesario pagar al Estado ciertos aranceles (estos
ordenamientos jurídicos son los que establecen un
sistema de “dominio público pagante”).
En este trabajo, analizaré la primera y la última eta-
pa del derecho de autor: el nacimiento y la extinción.
En particular, mostraré que dichas etapas parecen
estar basadas en distintas justificaciones filosóficas
de la propiedad intelectual, inconsistentes entre sí.
En otras palabras, mostraré que no existe una única
teoría que sirva para explicar por qué es justo que el
derecho de autor nazca y se extinga del modo en el
que actualmente lo hace. En la conclusión, expondré
los motivos por los cuales considero que ello consti-
tuye un problema relevante.

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