Objeciones - El arte de litigar. Manual práctico de litigación oral en asuntos no penales - Libros y Revistas - VLEX 929179799

Objeciones

AutorDavid Peñuela Ortiz
Páginas209-261
5. O 209
5. OBJECIONES
5.1. DEFIN ICIÓN Y PROPÓSITO DE LAS OBJECIONES

tiene como objetivo principal impedir que al proceso judicial ingrese información

se formulan preguntas de manera incorrecta , se da la verbalización de respuestas
no permitidas o se invocan argumentos basados en hechos no probados.
5.2. TIPOS DE OBJECION ES
Con base en lo anterior, podríamos decir que existen 3 tipos de objeciones
que se pueden plantear a lo largo del proceso: a preguntas, a respuestas y a
argumentos. Veamos.
 
Se trata de una modalidad de las oposiciones que recae sobre las preguntas que
formulan los abogados al testigo y que puede tener cabida al interior de cualquiera
de las 4 fases de preguntas que componen la prueba testimonial. Se trata, a mi

y con respeto por la lealtad procesal, puede traer resultados extraordinarios no sólo
en la defensa de nuestro testigo, sino de la parte que representamos. Sinceramente,
es una de las armas más poderosas en nuestros sistemas iberoamericanos para
         
mucha atención.
5.2.1.1. Reglas para formular objeciones

tener en cuenta siempre que vayamos a formular las objeciones, lo cual nos
permitirá realizar una tarea impecable durante la audiencia.
D P O
210
5.2.1.1.1. Inmediatez
Las objeciones se caracterizan porque su uso requiere de una habilidad y
velocidad mental superlativa por parte del litigante. El abogado se debe convertir
en un experto en detectar las preguntas objetables y, en plena audiencia e
        
micrófono y decir “
etc .)”. Debido a esta naturaleza acabada de anotar, cualquier pregunta objetable
que no haya sido cuestionada durante la audiencia no podrá ser discutida de
manera posterior mediante memorial o recurso judicial. Siendo conscientes de
la importancia de desarrollar esta habilidad mental de inmediatez, en nuestros
       

realizamos ejercicios de velocidad mental para la detección de objeciones, luego
de los cuales los estudiantes terminan desarrollando esa agudeza necesaria para
formular objeciones de manera perfecta.
5.2.1.1.2. La objeción debe dirigirse al juez
Si bien la objeción se eleva respecto de la pregunta que formula el abogado
   
la misma procede o no. Por lo tanto, su lenguaje verbal y no verbal debe estar
alineado en esa dirección.
5.2.1.1.3. Primero objete y luego sustente
Una vez la objeción ha sido elevada es momento de indicar la razón de la

hablando. Al respecto, el CGP colombiano señala en su artículo 220, párrafo 4, que:

el objetante
se limitará a indicar la c ausal y el juez resolverá de plano y s in necesidad de
motiva 
Así las cosas, cuando yo señalo el verbo “sustentar” realmente me estoy
  
                           
 
de su oposición.
5. O 211
5.2.1.1.4. Sustente de forma sucinta
De la mano del anterior postulado, es importante señalar que en caso de que el

ser corta y precisa. Los abogados somos expertos en expresar en tres párrafos lo
que podemos decir en dos líneas, por lo que le recomiendo que sea breve y conciso.
Por ejemplo, si la objeción es por pregunta capciosa usted podría decir “objeción
 ”.
O si se tratare de una pregunta sugestiva usted podría decir “
pregunta sugestiva; el abogado está sugiriéndole la respuesta al testigo
5.2.1.1.5. Si la pregunta o respuesta no es importante, no objetar
A pesar de lo dicho sobre la inmediatez, es importante aclarar que hay
ocasiones en las que no es necesario objetar por muy objetable que resulte la
pregunta. El ejemplo típico de este tipo de eventos corresponde a la formulación
de preguntas compuestas por los jueces al inicio de la evacuación del testimonio
durante la fase de los generales de ley en la que, en una misma pregunta, se
requiere la siguiente información “indíquele a este despacho su nombre completo,
      ”. En este ejemplo, a pesar
de que la pregunta infringe las normas del interrogatorio, su infracción no trae
consecuencias negativas ni positivas para ningún extremo procesal ¿Cómo saber

 
caso de la contraparte.
5.2.1.1.6. Ética y respeto en la formulación de objeciones
El punto con el que quiero cerrar este apartado es el inherente a la intención
con la que se formula la oposición. En la práctica he visto muchas audiencias de
testimonio en las que los abogados usan con temeridad y mala fe esta herramienta
elevando objeciones infundadas con el único objetivo de torpedear la práctica del
testimonio y de tratar de sacar de casillas al abogado de la contraparte, para que
pierda el hilo del interrogatorio o para hacer que el licenciado abandone la prueba
testimonial. Por esto, quiero hacer un llamado a que se entienda que sí se puede
litigar y ganar cualquier tipo de contienda sin tener que echar mano de trampas
           


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