Oculta a plena vista: la geografía jurídica desde una perspectiva visual - Derecho y geografía: espacio, poder y sistema jurídico - Libros y Revistas - VLEX 857370302

Oculta a plena vista: la geografía jurídica desde una perspectiva visual

AutorIrus Braverman
Cargo del AutorJurista y etnógrafa israelí, profesora de derecho y de geografía en la Universidad de Buffalo (SUNY)
Páginas253-279
prólogo: visualizar el derecho
Al derecho, como sistema de regulación, no le gusta
ocultarse por lo general. Para ser efectivo, el derecho
tiene que afirmarse en el mundo, debe ser reconocido
y, sobre todo, debe poder ser visto. Entonces, ¿por qué
se esconde en el espacio? ¿Cómo lo haría? ¿Y por qué
esos sitios ocultos son importantes para nosotros? Este
ensayo estudia el proyecto dual de la visibilidad y la
ocultabilidad del derecho en el contexto de la geogra-
fía jurídica. Analiza cómo el derecho ve y cómo es visto
desde una perspectiva espacial. Se pregunta también
quién realiza el acto de ver el derecho, a quién y qué ve
el derecho, y también quién y qué acaban siendo invi-
sibles en esos sitios geojurídicos. Además, reflexiona
sobre cómo la forma particular de ver del derecho se
refleja en la creación de este espacio. Por último, y rela-
cionado con todo lo anterior, muestra cómo la visibilidad
y, lo que tal vez sea más importante, la invisibilidad del
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derecho en el espacio están alineadas muy de cerca con
las estructuras de poder.
Se ha explicado de muchas formas la manera en que
el proyecto moderno está dominado, en lo fisiológico,
pero también en lo cultural y lo histórico, por la visión,
es decir, es “oculocéntrico”1. Los científicos han argu-
mentado, por ejemplo, que los antepasados del hombre
se vieron obligados a subir a los árboles y que esa vida
arbórea les exigió una visión aguda y trajo consigo una
menor dependencia del olfato. Los biólogos sostienen
también que el ojo puede distinguir entre 500 niveles
de luz y oscuridad, y cerca de un millón de combina-
ciones de color2.
Por consiguiente, también parecería natural dar
por sentado la supremacía de la vista sobre los otros
sentidos en entornos jurídicos. Sin embargo, en ciertas
geografías jurídicas esta supremacía se complica por la
intervención del lenguaje. De hecho, para la mayoría de
los practicantes del derecho, el lenguaje sigue siendo
el medio primario de traducción entre el mundo y su
representación jurídica. La sala de audiencias, centrada
en exclusiva sobre la oralidad, requiere que el lenguaje
se codifique en reglas escritas y no escritas del habla y la
conducta. El texto, más que las imágenes o las visiones3,
1 Véanse, por ejemplo: John Berger, Ways of Seeing (Londres: Penguin
Classics, 2008); Patrick Fuery y Kelli Fuery, Visual Cultures and
Critical Theory (Oxford: Oxford University Press, 2003); Martin
Jay, Downcast Eyes: The Denigration of Vision in Twentieth-Century
French Thought (Berkeley: University of California Press, 1993);
Martin Jay, “Scopic Regimes of Modernity”, en Vision and Visua-
lity, editado por Hal Foster (Seattle: Bay Press, 1988), 3-23.
2 Jay, Downcast Eyes, 5-6.
3 Es obvio que esta distinción es algo simplista, puesto que el texto
mismo es una imagen y las imágenes son también textos.
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