¿Cómo opera la retención y a quienes se le aplica? - Retención del impuesto de industria y comercio en el Municipio de Neiva - Impuesto de industria comercio y avisos - Cartilla impuestos de industria, comercio y avisos ICA Neiva. Predial unificado - Libros y Revistas - VLEX 455365902

¿Cómo opera la retención y a quienes se le aplica?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especializado en derecho tributario y financiero
Páginas122-123
Cartilla Impuesto de Industria, Comercio y Avisos ICA122
- Expedir los certificados de las retenciones efectuadas en el año inmediatamente anterior,
antes del 31 de marzo de cada año.
- Conservar con la contabilidad los documentos y soportes de las operaciones efectuadas.
El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la aplicación del régimen de sanciones
e intereses previstas en el Estatuto Tributario Municipal, sin perjuicio de aplicar las
sanciones establecidas en el Estatuto Tributario Nacional para los responsables de la
retención en la fuente en cuanto estas no estén determinadas en el régimen de sanciones
del Estatuto Tributario Municipal. (Artículo 8º del Decreto Municipal 418 de 1998 en
concordancia con el Artículo 67-7 del Decreto 096 de 1996.)
Adicionalmente los agentes retenedores deberán presentar anexo a la declaración de
retención del impuesto de industria y comercio y avisos y tableros correspondiente al
bimestre noviembre-diciembre, un listado que contenga el nombre, identificación, valor
de la operación sujeta a retención e impuesto retenido, de cada una de las personas
beneficiarias de los pagos o abono en cuenta, efectuados durante el año fiscal a que
corresponda el bimestre. (Artículo 10 del Decreto Municipal 418 de 1998).
(078) ¿Cómo opera la retención y a quienes se le aplica?.
La retención del impuesto de industria y comercio es un sistema de pago anticipado del
tributo que opera cuando quien adquiere bienes o servicios gravados ostenta la calidad de
agente de retención y que quien suministra los bienes o servicios es contribuyente sujeto a
retención y que la transacción se encuentre sujeta a la misma.
Los agentes de retención efectuarán la retención cuando intervengan en actos u operaciones
que generen ingresos en actividades gravadas para el beneficiario del pago o abono en
cuenta.
Las retenciones se aplicarán al momento del pago o abono en cuenta por parte del agente
de retención, lo que ocurra primero, siempre y cuando en la operación económica se cause
el impuesto de industria y comercio en la jurisdicción del Municipio de Neiva.
El artículo 1º del Decreto 418 de 1998, determina que de conformidad con el artículo 41
del Decreto 096 de 1996, y el Acuerdo Municipal 038 de 1998, se deberá practicar la
retención a todos los sujetos pasivos del impuesto de industria y comercio y de avisos.
Esto es, a los que realicen actividades comerciales, industriales y de servicios en el
Municipio de Neiva, de forma directa o indirectamente, sea persona natural o jurídica o
sociedad de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, con
establecimiento de comercio o sin ellos. (Art. 67-11, Decreto 096 de 1996, en
concordancia con el artículo 1º del Acuerdo 038 de 1998)

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