Pluralismo jurídico y cultural en Colombia - Núm. 26, Enero 2011 - Revista Derecho del Estado - Libros y Revistas - VLEX 736404693

Pluralismo jurídico y cultural en Colombia

AutorMarcela Gutiérrez Q.
CargoAbogada de la Universidad Externado de Colombia, dsu en derecho penal de la Universidad de París x, dea en política criminal y derechos humanos en París x y doctora de la Universidad d'Artois, 2010. Directora del Centro de Investigación en Política Criminal y de la Cátedra Unesco de la Universidad Externado de ColombiaZ
Páginas85-105
SUMARIO
Introducción. i. Metodología. ii. Principio de diversidad étnica y cultural:
concepto y fundamentos. iii. Pluralismo cultural: caso wayúu1. iv. Pluralismo
jurídico: caso wayúu. A. La sociabilidad vindicatoria y la reparación. B. Los
tres círculos. C. Los dos modos de reparación wayúu. v. Conclusiones
RESUMEN
Es una investigación interdisciplinaria nutrida de fuentes secundarias y pri-
marias (estudios de caso, entrevistas, historias de vida) sobre el pluralismo
jurídico y cultural en Colombia. Se realiza un acercamiento al principio de
diversidad étnica y cultural con tres elementos dinamizadores como son la
tolerancia activa, la preexistencia del pluralismo jurídico y cultural y el reto
del multiculturalismo. Para entender el concepto del pluralismo jurídico el
estudio científico se complementa con un estudio de caso: el pueblo wayúu,
del norte de Colombia. Para finalizar se hace una comparación con la justicia
colombiana (penal) y la justicia restaurativa “compositio”.
MARCELA GUTIÉRREZ Q.*
Pluralismo jurídico
y cultural en Colombia**
Juridical and Cultural
Pluralism in Colombia
* Abogada de la Universidad Externado de Colombia, dsu en derecho penal de la
Universidad de París x, dea en política criminal y derechos humanos en París x y doctora de la
Universidad d’Artois, 2010. Directora del Centro de Investigación en Política Criminal y de la
Cátedra Unesco de la Universidad Externado de Colombia. [marcela.gutierrez@uexternado.edu.
co]; [margutq@yahoo.com.ar].
El objetivo de este artículo es presentar una síntesis del trabajo teórico y empírico de la tesis
de doctorado sustentada el 1.º de julio de 2010 en la Universidad d’Artois (Francia). El título de
la tesis es Les wayuu , l’État de droit et le pluralisme juridique en Colombie. Este trabajo será
publicado luego en su totalidad.
** Fecha de recepción: 3 de noviembre de 2010. Fecha de aceptación: 28 de marzo de 2011.
1 Este capítulo tiene en cuenta los trabajos de Michel Perrin, Jean Guy Goulet, Virginia
Gutiérrez de Pineda, F. René Picón y Weildler Guerra Curvelo.
Revista Derecho del Estado n.º 26, enero-junio de 2011, pp. 85-105
Marcela Gutiérrez Q.
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Revista Derecho del Estado n.º 26, enero-junio de 2011, pp. 85-105
PALABRAS CLAVES
Pluralismo jurídico y cultural, interdisciplinariedad investigativa, principio de
diversidad étnica y cultural, pueblo indígena wayúu y justicia restaurativa
ABSTRACT
Interdisciplinary research is nurtured elementary and secondary sources
(case studies, interviews, life histories) on the legal and cultural pluralism
in Colombia. I approach the principle of ethnic and cultural diversity with
three driving elements such as active tolerance, the pre-existence of legal
and cultural pluralism and the challenge of multiculturalism. To understand
the concept of legal pluralism scientific study is complemented by a case
study: the Wayúu people of northern Colombia. To end a comparison with
the Colombian justice (criminal) and restorative justice “compositio”.
KEY WORDS
Legal and cultural pluralism, interdisciplinary research, the principle of ethnic
and cultural diversity, indigenous Wayúu, restorative justice
INTRODUCCIÓN
Teóricamente, las ideas del monismo jurídico correspondían al positivismo
y al centralismo jurídico (Griffiths, Engle Merry y Tamanaha, 2007). Ellas
afirman la noción de exclusividad del Estado en la creación del derecho y que
el único derecho debería ser el creado por el soberano. Es así que Hobbes2,
Locke3 y Kelsen4 llevan a consolidar un monismo jurídico con el fin de crear
un orden social concentrado y homogéneo.
Sin embargo, al hablar dialécticamente (Muñoz, 2010), el monismo sur-
ge porque el pluralismo impera. Frente al monismo jurídico las realidades
2 Hobbes habla de la necesidad de un pacto civil (el Leviatán). El soberano concentra
todo el poder coercitivo del Estado, así como la capacidad creadora del derecho y la potestad de
solucionar los conflictos que surgen entre los súbditos. El derecho y el Estado se relacionan de
manera necesaria.
3 Para Locke, el Estado concentrará el poder creador del derecho, que deberá estar
constituido por normas generales y públicas.
4 Kelsen defiende dos ideas básicas del monismo jurídico: la identificación entre el de-
recho y el Estado, y el carácter jerárquico y fundamentalmente centralizado e institucionalizado
del ordenamiento jurídico.

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