Principios unidroit sobre los contratos comerciales internacionales 2016
Autor | José Luis Marín Fuentes |
Páginas | 547-595 |
Contratos internacionales
Principios unidroit sobre los contratos
comerciales internacionales 2016
acordado que su contrato se r ija por principios generales del derecho, la “lexmercatoria”
interpretar o complementar instrumentos internacionales de derecho uniforme. Estos
Capítulo 1
Disposiciones generales
Artículo1.1(Libertaddecontratación)
Las partes son libre s para celebrar un contrato y para determ inar su contenido.
Artículo1.2(Libertaddeforma)
alguno deba ser celebrado o probado conforme a u na forma en particular. El contrato
puede ser probado por cualquier medio, incluidos los testigos.
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Artículo1.3(Caráctervinculantedeloscontratos)
Todo contrato válidamente celebrado es obligatorio para las partes. Sólo puede ser
Artículo1.4(Normasdecarácterimperativo)
nacional, internacional o supr anacional, que resulten aplicables conforme a las normas
pertinentes de de recho internacional privado.
Artículo1.5(ExclusiónomodicacióndelosPrincipiosporlaspartes)
el efecto de cualquiera de sus disposiciones, salvo que en ellos se disponga algo diferente.
Artículo1.6(InterpretacióneintegracióndelosPrincipios)
así como sus propósitos, incluyendo la necesidad de promover la uniformid ad en
su aplicación.
2. Las cuestiones que se encuentren comprendidas en el ámbito de aplicación de
lo posible según sus principios generales subyacentes.
Artículo1.7(Buenafeylealtadnegocial)
1. Las partes deben ac tuar con buena fe y lealtad negocial en el comercio internacional.
2. Las par tes no pueden excluir ni limit ar este deber.
Artículo1.8(Comportamientocontradictorio)
Venirecontrafactumproprium
Una parte no puede actu ar en contradicción a un entendim iento que ella ha suscitado en
su contraparte y con forme al cual esta última ha act uado razonablemente en consecuencia
y en su desventaja.
549Anexos
Artículo1.9(Usosyprácticas)
1. Las partes están obligadas por cualquier uso en que hayan convenido y por
cualquier práctica que hayan establecido ent re ellas.
2. Las partes están obligadas por cualquier uso que sea ampliamente conocido y
regularmente obser vado en el comercio internacional por los sujetos part icipantes
sea irr azonable.
Artículo1.10(Noticación)
según las circun stancias.
quien va dirigida.
o círculo de la persona a quien va dir igida cuando es comunicada oralmente o
entregada en su establecim iento o dirección postal.
demanda, requerimiento o cualquier otro medio empleado para comun icar
una intención.
Artículo1.11(Deniciones)
– si una de las partes t iene más de un “establecimiento,” su “establecimiento” será
el que guarde la relación más estrecha c on el contrato y su cumplimiento, habida
cuenta de las circunstancias conocidas o previstas por las par tes en cualquier
momento antes de la celebración del contrato o en el momento de su celebración;
– “contrato de larga duración” es un cont rato cuyo cumplimiento se extiende en el
tiempo y que suele involucrar, en mayor o menor medida, una operación compleja
y una relación continuada ent re las partes;
– “deudor” o “deudora” es la parte a quien compete cumplir una obligación, y
“acreedor” o “acreedora” es el titula r del derecho a reclamar su cumplimiento;
– “escrito” incluye cualquier modo de comunicación que deje constancia de la
información que contiene y sea suscept ible de ser reproducida en forma tangible.
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