Proyecto de Circular Por la cual se establecen los criterios para el uso de los recursos no ejecutados y distribuidos mediante la Resolución 2360 de 2016 "por la cual se establecen disposiciones para el uso y distribución de los recursos de excedentes provenientes del proceso de saneamiento de aportes patronales de la vigencia 1994 a 2011, conforme con lo establecido en el artículo", para el pago de la deuda acumulada al cierre de la vigencia 2022 por conceptos de servicios y tecnologías en salud prestados a la población migrante no afiliada, conforme con lo establecido en el artículo 155 de la Ley 2294 de 2023 "por el cual se expide el plan nacional de desarrollo 2022- 2026 "Colombia potencia mundial de la vida", se modifican los artículos 3 y 4 de la Resolución 2360 de 2016, se sustituyen los anexos 2, 3 y 6 de la Resolución 2360 de 2016 y se dictan otras disposiciones - Proyectos Normativos de la Superintendencia de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 972367335

Proyecto de Circular Por la cual se establecen los criterios para el uso de los recursos no ejecutados y distribuidos mediante la Resolución 2360 de 2016 "por la cual se establecen disposiciones para el uso y distribución de los recursos de excedentes provenientes del proceso de saneamiento de aportes patronales de la vigencia 1994 a 2011, conforme con lo establecido en el artículo", para el pago de la deuda acumulada al cierre de la vigencia 2022 por conceptos de servicios y tecnologías en salud prestados a la población migrante no afiliada, conforme con lo establecido en el artículo 155 de la Ley 2294 de 2023 "por el cual se expide el plan nacional de desarrollo 2022- 2026 "Colombia potencia mundial de la vida", se modifican los artículos 3 y 4 de la Resolución 2360 de 2016, se sustituyen los anexos 2, 3 y 6 de la Resolución 2360 de 2016 y se dictan otras disposiciones

Fecha22 Noviembre 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos22 Noviembre 2023
MateriaSalud
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023
( )
Por la cual se establecen los criterios para el uso de los recursos no ejecutados y
distribuidos mediante la Resolución 2360 de 2016, para el pago de la deuda acumulada al
cierre de la vigencia 2022 por conceptos de servicios y tecnologías en salud prestados a la
población migrante no afiliada, conforme con lo establecido en el artículo 155 de la Ley2294
de 2023, se modifican los artículos 3 y 4 de la Resolución 2360 de 2016, se sustituyen los
anexos 2, 3 y 6 de la Resolución 2360 de 2016 y se dictan otras disposiciones
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo
173 de la Ley 100 de 1993, el numeral 21 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el
artículo 3 de la Ley 1797 de 2016, modificado mediante el artículo 155 de la Ley 2294 de
2023, y,
CONSIDERANDO
Que en el artículo 85 de la Ley 1438 de 2011 se determinó el saneamiento de aportes
patronales para Entidades Promotoras de Salud y Entidades Obligadas a compensar o el
Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, según corresponda, las Administradoras de
Riesgos Profesionales, las entidades administradoras de pensiones tanto del Régimen de
Prima Media con Prestación Definida, como las de ahorro individual con solidaridad y las
administradoras de cesantías, incluido el Fondo Nacional de Ahorro, que hubieren recibido o
que tengan en su poder recursos por concepto de aportes patronales del Situado Fiscal y del
Sistema General de Participaciones para Salud, las direcciones territoriales de salud, las
Instituciones Prestadoras de Salud Públicas y demás entidades a las que se les hubieran
asignado recursos para el pago de aportes patronales; para lo cual contaban con doce (12)
meses para realizar el proceso de saneamiento de acuerdo con el procedimiento definido por
el Ministerio de Salud y Protección Social. En el evento que no se cumpliera el proceso de
saneamiento se debían girar al mecanismo definido por este ministerio.
Que, en virtud del mencionado artículo, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la
Resolución 154 de 2013, a través de la cual adoptó el procedimiento de saneamiento de
aportes patronales vigencia 1994 2011 entre entidades empleadoras y administradoras y
demás actores intervinientes.
Que, mediante la Resolución 2464 de 2014, el Ministerio de Salud y Protección Social
establec el procedimiento para el giro de los recursos de aportes patronales no saneados
en los términos del artículo 85 de la Ley 1438 de 2011, al mecanismo definido para tal fin por
parte del Ministerio de Salud y Protección Social.
Que a través de la Ley 1769 de 2015 se decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital
y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016,
estableciendo en su artículo 75 que los recursos girados al mecanismo de recaudo y giro
previsto en el artículo 31 de la Ley 1438 de 2011, en virtud del artículo 85 de la Ley 1438 de
2011 y el artículo 106 de la Ley 1687 de 2013 por parte de las Administradoras, se podrán
destinar al saneamiento fiscal y financiero de la red pública prestadora de servicios de salud,
privilegiando el pago de los pasivos laborales incluidos los aportes patronales y de no existir
estos pasivos, y al pago de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda
que adeude la Entidad Territorial a la EPS o a los prestadores de servicios de salud.

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