Proyecto de ley número 092 de 2022 Cámara, por medio del cual se modifica la Ley 2071 de 2020 y se adicionan otras disposiciones para los Acuerdos de Recuperación, Saneamiento de Cartera Agropecuaria, las medidas de alivio especial a deudores del Fondo de Solidaridad Agropecuario y del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria y otros tipos de deudores del Sector Agropecuario - 25 de Agosto de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 910172340

Proyecto de ley número 092 de 2022 Cámara, por medio del cual se modifica la Ley 2071 de 2020 y se adicionan otras disposiciones para los Acuerdos de Recuperación, Saneamiento de Cartera Agropecuaria, las medidas de alivio especial a deudores del Fondo de Solidaridad Agropecuario y del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria y otros tipos de deudores del Sector Agropecuario

Fecha de publicación25 Agosto 2022
Número de Gaceta959
Página 30 Jueves, 25 de agosto de 2022 G 959
Crédito Agropecuario, en coordinación con la Mesa
de Concertación Nacional que señala el artículo 7°
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pequeño productor y otros tipos de productor.
Parágrafo. La Comisión Nacional de Crédito
Agropecuario en coordinación con la Mesa de
Concertación Nacional, tendrá un término de cuatro
(4) meses, contados a partir de la entrada en vigencia
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pequeño productor agropecuario y otros tipos de
productor.
Artículo 8°. En el caso de créditos otorgados a
través del Banco Agrario o de cualquier otra entidad
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del crédito asociativo, se realizara la aplicación de
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acuerdo con la reglamentación del presente decreto,
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acredite, y con las quitas de capital que les sean
aplicables según su caracterización, permitiéndose
la individualización del crédito.
Artículo 9°. A partir de la entrada en vigencia
de la presente ley, los bancos de primer y segundo
nivel que hayan celebrado acuerdos de compra de
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con recursos provenientes de línea FINAGRO y
semejantes, celebrarán acuerdos con dichas entidades
y aplicarán los descuentos correspondientes a
las disposiciones contenidas en este decreto, así
como suspender los procesos de cobro judicial y
prejudicial, en los que los deudores sean pequeños
y medianos productores.
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cobro de honorarios de cobro jurídico y prejurídico.
Artículo 10. Para los pequeños y medianos
productores que se encuentre al día con sus
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condiciones Finagro, Fag, Fonsa y Pran, serán
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y los intereses corrientes.
Artículo 11. Para efectos de priorización en la
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2071 de 2020 reglamentados en el presente decreto
se atenderá a los siguientes criterios:
1. Serán prevalentes los créditos de aquellos
deudores persona natural y jurídica que se
encuentren actualmente en trámite de cobro
jurídico, particularmente aquellos cuyos
procesos de cobro involucren la realización
de garantías reales, evitando que dichos
procesos lleguen a embargo y secuestro de
los predios y bienes de lo que depende del
sustento del deudor y de sus familias.
2. En segundo lugar, serán prevalentes los
créditos de mujeres rurales, aquellos
deudores que se encuentren registrados como
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enfermedades graves o ruinosas, así como
enfermedades que limiten la capacidad
laboral y/o de trabajo.
3. En tercer lugar, serán prevalentes los créditos
de adultos mayores pequeños y medianos
productores.
4. En cuarto lugar, serán prevalentes los
créditos de aquellos deudores que acrediten
haber realizado abonos, bien sea a capital o
a intereses por un valor igual o superior al
50% del crédito originalmente aprobado.
Artículo 12. Con la formalización de los acuerdos
que lleguen a celebrarse y con el pago del primer
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procederá de manera inmediata con la eliminación
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normalizar el acceso a créditos nuevos.
Artículo 13. Vigencia y derogaciones. La presente
ley rige a partir de su promulgación y deroga todas
las disposiciones que le sean contrarias, incluidos el
Decreto 596 de 2021 y 1730 de 2021.
* * *
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PROYECTO DE LEY NÚMERO 092 DE 2022
CÁMARA
por medio del cual se modica la Ley 2071 de
2020 y se adicionan otras disposiciones para los
Acuerdos de Recuperación, Saneamiento de Cartera
Agropecuaria, las medidas de alivio especial a
deudores del Fondo de Solidaridad Agropecuario
y del Programa Nacional de Reactivación
Agropecuaria y otros tipos de deudores del Sector
Agropecuario.
Contexto de la situación del campo y el
campesinado:
La Organización de las Naciones Unidas para
la Alimentación y la Agricultura, ONUAA, más
conocida como FAO, incluyó a Colombia dentro de

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