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Proyecto de Resolución del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Por la cual se crea y determina la estructura de gobernanza del Censo Económico del Departamento Nacional de Estadística – DANE y se regula su funcionamiento

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos23 Febrero 2024
Fecha de Fin de Comentarios Públicos08 Marzo 2024
Año2024
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) DE 2024
REPUBLICA DE COLOMBIA
Por la cual se crea y determina la estructura de gobernanza del Censo Económico del
Departamento Nacional de Estadística DANE y se regula su funcionamiento
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA DANE
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 59 de la
Ley 489 de 1998, los artículos 90 y 95 de la Ley 2294 de 2023, el artículo 28 de la Ley
2335 de 2023 y los numerales 1 y 16 del artículo 6 del Decreto 262 de 2004 modificado
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que las autoridades
administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los
fines del Estado, y dispone que la función administrativa se desarrolla con fundamento en
los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y
publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de
funciones.
Que el artículo 95 de la Ley 2294 de 2023 Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026
“Colombia Potencia Mundial de la Vida” estableció que:
“El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) realizará el
Censo Económico de Colombia que tiene como objetivo obtener información
estadística que permitirá caracterizar y actualizar información de las unidades
económicas que desarrollan actividades industriales, comerciales, de
servicios, construcción y transporte que estén ubicadas en el territorio nacional
en el año 2024, incorporando las unidades que pertenecen a la Economía
Popular. Con posterioridad a los cinco (5) años de la realización del Censo
Económico, se llevará a cabo un conteo intercensal, el cual contribuirá en el
monitoreo, seguimiento y actualización de información. Con el fin de optimizar
los costos de las operaciones de recolección de información, el DANE realizará
un amplio aprovechamiento de registros administrativos siguiendo las buenas
prácticas internacionales sobre censos basados en registros”.
Que el artículo 90 ibidem, señala que para la conformación del Sistema de Información de
la Economía Popular (SIEP) el DANE utilizará como insumo, entre otros elementos, la
información recolectada en el marco del Censo Económico.

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