Proyecto de resolución del Instituto Geográfico Agustín Codazzi. “Por la cual se adiciona una nueva escala en las Tablas 1 y 3 de los numerales 7.1 y 7.5, respectivamente del artículo 7 y se adiciona un inciso en el artículo 8 de la Resolución 388 del 13 de abril de 2020" aquí(Formato-reg-pc01-02_participacion_ciudadana) com.ciudadania@igac.gov.co (2022) - Proyectos Normativos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 898619367

Proyecto de resolución del Instituto Geográfico Agustín Codazzi. “Por la cual se adiciona una nueva escala en las Tablas 1 y 3 de los numerales 7.1 y 7.5, respectivamente del artículo 7 y se adiciona un inciso en el artículo 8 de la Resolución 388 del 13 de abril de 2020" aquí(Formato-reg-pc01-02_participacion_ciudadana) com.ciudadania@igac.gov.co (2022)

Fecha de Fin de Comentarios Públicos18 Marzo 2022
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos14 Marzo 2022

Resolución N°

(xxx del xxxx de 2022)


Por la cual se modifican los numerales 7.1 y 7.5, del artículo 7 y se adiciona un inciso en el artículo 8 de la Resolución 388 del 13 de abril de 2020, modificado por la Resolución 509 de 2020 “Por la cual se establecen las especificaciones técnicas para los productos de información generados por los procesos de formación y actualización catastral con enfoque multipropósito


LA DIRECTORA GENERAL DEL

INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI


En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 2, 3, 20 del artículo 10 del Decreto 846 de 2021 y,



CONSIDERANDO:


Que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC en su condición de máxima autoridad catastral expidió la Resolución 388 del 13 de abril de 2020, en la que se establecieron las especificaciones técnicas para los productos de información generados por los procesos de formación y actualización catastral con enfoque multipropósito.

Que el artículo 7 del referido acto administrativo, establece las especificaciones que debe cumplir la información física catastral, precisando en el numeral 7.1, las escalas aplicables a la cartografía producto del proceso catastral y en su numeral 7.5, las especificaciones mínimas de las imágenes insumo.

Que el IGAC, igualmente expidió la Resolución 471 del 14 de mayo de 2020, por la cual se establecen las especificaciones técnicas mínimas que deben tener los productos de la cartografía básica oficial de Colombia” modificada por la Resolución 529 del 1 de junio de 2020.

Que mediante Resolución 509 del 1 de junio de 2020, se modificó la Resolución 388 del 13 de abril de 2020, específicamente el parágrafo del artículo 1º, el artículo 8º y los Anexos 1 y 3.

Que mediante Resolución 197 del 27 de enero de 2022, se modificaron los numerales ii, iv, y v del artículo 4, se adicionó el numeral xi en el artículo 4, se modificó el numeral 5.1.1., el literal b) del numeral 5.1.2., literales b) y c) del numeral 5.2 y literal c) del numeral 5.3. del artículo 5 de la Resolución 471 de 2020.

Que los lineamientos técnicos establecidos por el IGAC como máxima autoridad catastral nacional y reguladora, exigen garantizar exactitud posicional, pero no obligan a la utilización de un método de captura exclusivo, por lo que la cartografía básica es una de las posibilidades de base de georreferenciación y de minimización de trabajo en campo.

Que si bien el catastro con enfoque multipropósito se orienta bajo el principio de la realidad física las condiciones prediales de algunas zonas del territorio nacional permiten garantizar las condiciones técnicas exigidas para la cartografía catastral a través de la combinación de métodos de captura y fuentes de información.

Que la cartografía catastral puede generarse a partir de cartografía básica a escalas menores a 1:25.000, si existe combinación de métodos de captura y de insumos como pueden ser los linderos técnicamente descritos existentes en algunos títulos de propiedad que abarcan grandes extensiones en el territorio.

Que se hace necesario adicionar la escala 1:50.000 en el comportamiento de la cobertura predominante bosque natural extensivo, con una exactitud horizontal confianza 95% (metros) de 24.5 de la Tabla 1 Exactitud posicional por zona de intervención, de acuerdo con la escala del numeral 7.1 del artículo 7 de la Resolución 388 de 2020.

Que igualmente, se requiere adicionar la escala a 1:50.000 GSD máximo (metros) 5 en la Tabla 3. Ground Sample Distance (GSD) del numeral 7.5 Especificaciones mínimas de las imágenes insumo del artículo 7 de la Resolución 388 de 2020.

Que de igual modo, se hace necesario adicionar un inciso al artículo 8 -Especificaciones para los insumos cartográficos de la Resolución 388 del 13 de abril de 2020, modificado por la Resolución 509 del 1 de junio de 2020, en el que se especifique para el caso de la cartografía vectorial escala 1:50.000 se deben entregar aquellos que se logren identificar plenamente, conforme con la normatividad aplicable y teniendo como referencia los datos vectoriales básicos, precisados previamente.


Que de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, se realizó el proceso de participación a través de la página web desde el día XX hasta el XXX, con la finalidad de recibir las observaciones, reparos y/o sugerencias, las cuales fueron estudiadas, analizadas y se obtuvo como resultado el presente acto administrativo.


Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.2.1.7 del Decreto 1170 de 2015, (modificado por el artículo 1 del Decreto 148 de 2020) y el Acuerdo No. 01 de 2021Por el cual se adopta el reglamento operativo del Comité Técnico Asesor para la Gestión Catastral”, se puso en consideración de dicho Comité como la instancia técnica asesora, el proyecto de resolución “Por la cual se adiciona una nueva escala en las Tablas 1 y 3 de los numerales 7.1 y 7.5 y se adiciona un inciso en el artículo 8 de la Resolución 388 de 2020 “el cual fue aprobado el día XXXXX.


Que, en mérito de lo expuesto,


RESUELVE:




Artículo 1. Adicionar una nueva escala a la Cobertura predominante de bosque natural extensivo de la Tabla 1 Exactitud posicional por zona de intervención, de acuerdo con la escala del numeral 7.1 del artículo 7 de la Resolución 388 de 2020, el cual quedará así:

Tabla 1. Exactitud posicional por zona de intervención de acuerdo con la escala

Comportamiento

predominante


Escala

Exactitud horizontal confianza 95% (metros)

Suelo urbano con comportamiento urbano

1:1.000

0,52

1:2.000

1,04

Suelo rural con comportamiento urbano

1:5.000

2,60

Suelo rural con comportamiento rural

1:10.000

5,2

Con cobertura predominante de bosque natural extensivo

1:25.000

13,01

1:50.0001

24,5



Artículo 2. Adicionar una nueva escala a la Tabla 3. Ground Sample Distance (GSD) del numeral 7.5 Especificaciones mínimas de las imágenes insumo del artículo 7 de la Resolución 388 de 2020, la cual quedará así:


Tabla 3. Ground Sample Distance (GSD) da acuerdo con la escala

Escala

GSD máximo (metros)

1:1.000

0,1

1:2.000

0.2

1:5.000

0,5

1:10.000

1

1:25.000

2,5

1:50.000

5

...

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