Resolución número 466 de 2008, por la cual se expide el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera para el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - Fonade. - 30 de Agosto de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 218919215

Resolución número 466 de 2008, por la cual se expide el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera para el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - Fonade.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47817

El Gerente General del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - Fonade, en desarrollo del Convenio Interadministrativo numero 191165 Fonade, de la delegacion de funciones establecidas en la Resolucion numero 30 de 15 de enero de 2002, expedida por el Director de Departamento Nacional de Planeacion y en especial la consagrada en el numeral 6 del articulo 20 del Acuerdo numero 003 de junio 10 de 2004 expedido por la Junta Directiva de Fonade y en ejercicio de las facultades legales conferidas en el articulo 2° de la Ley 1066 de 2006 que determinan que las entidades publicas deberan establecer mediante normatividad de caracter general, por parte de la maxima autoridad o representante legal la entidad publica, el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera y el articulo 1° del Decreto 4473 de 2006 que establece que el reglamento interno previsto en el numeral 1 del articulo de la Ley 1066 de 2006, debera ser expedido a traves de normatividad de caracter general, en el orden nacional y territorial por los representantes legales de cada entidad, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 116 de la Constitucion Politica señala que excepcionalmente la ley podra atribuir funcion jurisdiccional en materias precisas a determinadas autoridades administrativas. Sin embargo no les sera permitida la instruccion de sumarios ni juzgar delitos. Que la Ley 6ª de 1992 en el articulo 112 otorgo la facultad de cobro coactivo a las entidades publicas del orden nacional. Que el numeral 1 del articulo 2°de la Ley 1066 de 2006 establece que las entidades publicas que tengan que recaudar rentas o caudales publicos del nivel nacional deberan expedir mediante normatividad de caracter general, por parte de la maxima autoridad o representante legal de la entidad publica, el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera. Que el Decreto 4473 del 15 de diciembre de 2006 fija los parametros de contenido del Reglamento Interno del Recaudo de Cartera que deben expedir las entidades publicas dentro de los terminos señalados en la Ley 1066 de 2006. 34 Lunes, 30 de agosto de 2010 Que el Decreto 1234 de 2000 le asigno al Departamento Nacional de Planeacion la funcion administrativa de ejercer los derechos y cumplir con las obligaciones de los extintos Corpes, por ser dicha entidad el sujeto activo de la accion.

Que el Departamento Nacional de Planeacion y el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - Fonade, celebraron el 28 de diciembre de 2001 el Convenio Interadministrativo numero 191165 Fonade y 0162-01 cuyo objeto es "El Fonade se obliga para con el Departamento Nacional de Planeacion a presentar sus servicios gerenciales, tecnicos, juridicos, administrativos, financieros y las asesorias necesarias para desarrollar y coadyuvar en la ejecucion y obtencion de resultados especificos del proyecto denominado "Apoyo al Desarrollo Regional - Liquidacion Fondo de Inversiones Corpes". Que mediante la Resolucion 030 del 15 de enero de 2002, el Director del Departamento Nacional de Planeacion delego en el marco del Convenio Interadministrativo numero 191165 en el Gerente General del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -Fonade-, las funciones a cargo del Departamento Nacional de Planeacion necesarias para el desmonte de la estructura administrativa y financiera de los Corpes. Que la Resolucion 0862 de 26 de julio de 2004 expedida por Director del Departamento Nacional de Planeacion delega en el marco del Convenio Interadministrativo 191165 en el Jefe de la Oficina Asesora Juridica del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - Fonade, las funciones a cargo del Departamento Nacional de Planeacion necesarias para lograr el cobro efectivo de las sumas que se adeuden al Departamento Nacional de Planeacion por todo concepto, como titular de los derechos que se encontraban a favor de los comites tecnicos regionales de planificacion, las unidades tecnicas regionales y los fondos de inversion regional, con facultad para desarrollar las labores de cobro persuasivo y adelantar los procesos ejecutivos por jurisdiccion coactiva. Que las delegaciones efectuadas mediante la Resolucion 030 del 15 de enero de 2002 y la Resolucion 0862 del 26 de julio de 2004, ponen de presente que, la primera asigno al Gerente General de Fonade todas las funciones necesarias para el desmonte de la estructura administrativa y financiera de los Corpes, funciones que comprenden las necesarias para lograr el cobro efectivo de las sumas que se adeuden al Departamento Nacional de Planeacion, como titular de los derechos economicos a favor de los Comites Tecnicos Regionales de Planificacion -Corpes- y, la segunda, asigno a la Asesora Juridica de Fonade las funciones necesarias para dicho cobro.

Que, por lo tanto, la competencia para lograr el cobro efectivo de tales sumas de dinero, mediante cobro persuasivo o coactivo, radica en cualquiera de los mencionados funcionarios y, en consecuencia, teniendo en cuenta que la Asesora Juridica de Fonade, en ejercicio de las funciones delegadas, expidio el reglamento interno del recaudo de Cartera del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, Fonade, esta Gerencia, en ejercicio de las funciones que le fueron delegadas adoptara dicho reglamento, que contiene las directrices para el adelantamiento del proceso de cobro coactivo en la entidad. Que en merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° Adoptar el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - Fonade, que se anexa a la presente resolucion y forma parte integral de la misma. Articulo 2°

La presente resolucion rige a partir de la fecha de su expedicion.

Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 4 de septiembre de 2008.

El Gerente General de Fonade, Luis Fernando Sanz Gonzalez.

MANUAL REGLAMENTO INTERNO DEL RECAUDO DE CARTERA DEL FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE T I T U L O I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I 1. Definicion, naturaleza, y competencia 1.1 DEFINICION JURISDICCION COACTIVA. Es una funcion asignada a un organismo estatal y por delegacion a un funcionario administrativo para que sin recurrir a los estrados judiciales ordinarios, hagan efectivas, por la via ejecutiva, las obligaciones expresas, claras y exigibles a favor de la entidad publica que ejerce dicha jurisdiccion o de la Nacion. Asi mismo, ha sido definida en la jurisprudencia de la Corte Constitucional como "un privilegio exorbitante de la Administracion, que consiste en la facultad de cobrar directamente, sin que medie intervencion judicial, las deudas a su favor, adquiriendo la doble calidad de juez y parte, cuya justificacion se encuentra en la prevalencia del interes general, en cuanto dichos recursos se necesitan con urgencia para cumplir eficazmente los fines estatales". 1.2 COMPETENCIA PARA EL RECAUDO DE CARTERA - FUNCIONARIO COMPETENTE. Es competente para adelantar el tramite de cobro persuasivo, la gestion de los procesos ejecutivos por jurisdiccion coactiva, y el otorgamiento de las facilidades o acuerdos de pago previstos en este manual, el Jefe de la Oficina Asesora Juridica del Fondo Financiero de...

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