Régimen Forestal
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1. INCENT IVO FORESTAL
de Incentivo Forestal y el presente título, se entiende por1:
hojas, cuyo objetivo principal es producir madera apta para estructu ras, tableros,
chapas, carbón, leña celulosa u otros productos tales como aceites esenciales,
resinas y taninos.
territorio nacional.
de un área de distribución natural diferente a los límites del territorio nacional.
un terreno con una o más especies arbóreas, para producir madera u otros
productos2.
con el conjunto de normas técnicas que regulan las acciones a ejecutar en una
cosechar bosques cultivados de acuerdo con los principios de utilización racional y
rendimiento sostenible de los recursos naturales renovables y del medio ambiente.
1
Decreto 2448 de 2012, art. 1).
2
Decreto 2448 de 2012, art. 1).
610 Ismael H ernando Aré valo Guerrero
proyecto de reforestación y la persona natural o jurídica que lo desarrolle son
susceptibles de obtener el incentivo forestal.
favor de una persona natural o jurídica que haya evidenciado el cumplimiento de
3.
del incentivo forestal una vez cumplidas las obligaciones originadas por el
otorgamiento del mismo.
presentación de la solicitud de elegibilidad ante el Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural o la entidad que este delegue, no haya sido establecido o no
4.
o jurídicas que realicen inversiones en nuevas plantaciones forestales en terrenos
con esta aptitud de uso. Se trata de un instrumento a través del cual se otorga
5:
ambientales y sociales apropiables por el conjunto de la población, el
Gobierno Nacional considera conveniente el establecimiento de un incentivo
transparente y directo a quienes implementen inversiones directas en nuevas
3
Decreto 2448 de 2012, art. 1).
4
Decreto 2448 de 2012, art. 1).
5
de 1992. p.p. 1-4.
611Régime n Forestal
parte de los costos en siembra y manejo durante el periodo improductivo de la
6.
especies nativas que tengan mayor capacidad de protección y se destinen a la
producción de maderas duras, que puedan sustituir en el largo plazo la oferta
son las siguientes7:
otorgado a las personas naturales o jurídicas que realicen inversiones directas
en nuevas plantaciones con especies forestales en terrenos de potencial
preferentemente forestal. La subvención debe reservarse a esta clase de suelos
mientras que en otros suelos su reforestación podría implicar la subutilización
de recursos escasos.
el incentivo deberá presentar un Plan de Establecimiento Forestal, PEMF.
El Plan contempla aspectos técnicos tales como la siembra de especies
apropiadas para el área, el empleo de prácticas adecuadas para el desarrollo y
aprovechamiento de las plantaciones y la protección de suelos, y las actividades
6
de 1992. p.p. 1-4.
7
de 1992. p.p. 1-4.
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