Una regla de responsabilidad objetiva fundamentada en la creación de peligros extraordinarios: la responsabilidad por effusio vel deiectio y por el hecho del animal fiero del código civil de Andrés Bello - Parte IV - La vigencia del Código Civil de Andrés Bello: análisis y prospectivas en la sociedad contemporánea - Libros y Revistas - VLEX 950955297

Una regla de responsabilidad objetiva fundamentada en la creación de peligros extraordinarios: la responsabilidad por effusio vel deiectio y por el hecho del animal fiero del código civil de Andrés Bello

AutorLuis Carlos Sánchez Hernández
Cargo del AutorAbogado. Docente e investigador del Departamento de Derecho Romano de la Universidad Externado de Colombia
Páginas429-464
luis carlos snchez hernndez*
Una regla de responsabilidad objetiva fundamentada
en la creación de peligros extraordinarios: la
responsabilidad por effusio vel deiectio y por el hecho
del animal f‌iero del Código Civil de Andrés Bello
431431
Sumario. 1. Introducción. 2. Una revisión crítica de la teoría de la respon-
sabilidad por actividades peligrosas construida por la jurisprudencia civil a
partir de la interpretación del artículo 2356 Código Civil colombiano. 2.1.
La denominada “presunción de culpabilidad” en materia de actividades pe-
ligrosas: la jurisprudencia de la casación civil desde 1938 hasta la actualidad.
2.2. Críticas a la teoría de la “presunción de culpabilidad”. 2.2.1. Críticas al
hecho de af‌irmar que el artículo 2356 contiene una presunción de culpabilidad.
2.2.2. Críticas a la presunción (irrefutable) de culpabilidad propuesta por la
casación colombiana. 3. Una regla de responsabilidad objetiva fundamentada
en el peligro del Código Civil de Andrés Bello: los supuestos de tutela de la se-
guridad viaria del derecho romano. 3.1. La responsabilidad por las cosas que
caen de los edif‌icios y causan daños del artículo 2355 Código Civil colombiano
y la necesidad de comprender el origen histórico de la f‌igura. 3.2. La respon-
sabilidad por los daños causados por animales f‌ieros del artículo 2354 Código
Civil colombiano 3.3. Una relectura de los supuestos de tutela de la seguridad
viaria permitiría crear una regla de responsabilidad sin culpa fundamentada
en el peligro. 4. Bibliografía.
1. introduccin
El derecho romano es prevalente en el Código de Andrés Bello, tanto porque
el jurista era un estudioso y profundo conocedor de las fuentes clásicas, como
porque el derecho vigente en las Indias durante la Colonia y en las primeras
décadas de Independencia de los Estados americanos era el castellano, que en
materia privatista se encontraba recogido principalmente en las Siete Partidas,
cuyas normas eran una recopilación de derecho romano1.
* Abogado. Docente e investigador del Departamento de Derecho Romano de la Univer-
sidad Externado de Colombia, doctor en Derecho de la Università degli Studi di Roma
Tor Vergata y magíster en Sistemas Jurídicos Contemporáneos de la Università degli
Studi di Roma Tor Vergata.
1 La importancia de las Siete Partidas fue manifestada por el mismo Bello en un escrito
publicado en El Araucano, el 6 de diciembre de 1839, donde af‌irmó “Nuestra legislación
civil, sobre todo la de las Siete Partidas, encierra lo mejor de la jurisprudencia romana,
cuyo permanente imperio sobre una tan ilustrada parte de Europa atestigua su excelen-
cia”. a. guzmán brito, Andrés Bello codif‌icador. Historia de la f‌ijación y codif‌icación del
derecho civil en Chile ii, Santiago: Universidad de Chile, 1982, pp. 148-149. Sobre este
particular, cfr. a. guzmán brito, La codif‌icación civil en Iberoamérica. Siglos xix y xx,

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