La regulación administrativa del turismo en los espacios naturales protegidos en España y en la Unión Europea - Lecturas sobre Derecho del Medio Ambiente. Tomo XIX - Libros y Revistas - VLEX 950682304

La regulación administrativa del turismo en los espacios naturales protegidos en España y en la Unión Europea

AutorJavier Miranzo Díaz
Cargo del AutorDoctor en Derecho e investigador en Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha
Páginas181-214
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La regulación administrativa del turismo en los espacios
naturales protegidos en España y en la Unión Europea
18
sumario
Introducción. i. Los espacios protegidos en el espacio jurídico internacio-
nal. ii. La UE y la protección de los hábitats. iii. El marco legal español y
su complejo reparto de competencias. iv. El turismo como amenaza: lími-
tes legales para el turismo en el derecho de espacios naturales protegidos.
v. El turismo como activo: el valor inherente del turismo para la protección
del medio ambiente. vi. La obligación nacional de regular (no de prohibir)
los servicios turísticos. vii. La materialización de los criterios de limitación,
control y promoción de actividades turísticas. A. El desarrollo normativo en
Castilla-La Mancha. B. Regulación del turismo en los planes de ordenación
y rectores: las Tablas de Daimiel y la Serranía de Cuenca. Conclusiones.
Bibliografía.
resumen
En el presente trabajo se estudia la regulación española en materia de turismo
en espacios naturales protegidos. Para ello se analiza la normativa interna-
cional, europea y nacional, de los espacios protegidos, poniendo especial
énfasis en el reparto de competencias y en la categorización de los diversos
tipos de espacios para, posteriormente, examinar los diferentes instrumentos
regulatorios y los niveles de protección utilizados por las administraciones
en cada uno de los niveles de actuación. Así, se revela que la regulación
turística corresponde especialmente a los niveles más descentralizados de
administración, más ligados a la gestión de los entornos protegidos, identi-
ficada esencialmente con dos formas de actuación administrativa limitadora
de la actividad turística –la función de policía del derecho administrativo o
el uso de títulos habilitantes– que sirven para dar forma a la gestión de las
actividades turísticas, la cual se conforma, no ya como un renglón residual
o accesoria a la gestión de las áreas protegidas, sino como parte intrínseca
de su gestión.
* Doctor en Derecho e investigador en Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La
Mancha. Correo electrónico: Javier.miranzo@uclm.es.

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