Resolución número 000385 de 2021, por la cual se fija el precio de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento del Frijol Soya para el Primer Semestre de 2020 - 22 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879645985

Resolución número 000385 de 2021, por la cual se fija el precio de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento del Frijol Soya para el Primer Semestre de 2020

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín51896

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 67 de 1983, 114 de 1994, y el Decreto 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 114 de 1994, se creó la Cuota de Fomento sobre la producción nacional de Leguminosas de Grano, dentro de la cual se encuentra comprendida, la del Fríjol Soya, cuya causación, recaudo, naturaleza y administración se rige por la Ley 67 de 1983.

Que el artículo 2.10.3.9.2 del Decreto 1071 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario Pesquero y Desarrollo Rural, establece que "La cuota de fomento de leguminosas de grano será equivalente al medio por ciento (0.5%) sobre el precio de venta de cada kilogramo de fríjol, arveja, lenteja, garbanzo, haba y fríjol soya.

Parágrafo. Para determinar la cuota de fomento de las leguminosas de grano, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural señalará semestralmente antes del 30 de junio y 31 de diciembre de cada año, el valor del kilogramo de producto respectivo a nivel regional o nacional, con base en el cual se hará la liquidación de la cuota de fomento durante el semestre inmediatamente siguiente".

Que de acuerdo con la Justificación Técnica expedida por la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales, remitida mediante Memorando 20215230097103, el precio de referencia para la liquidación del fríjol soya está sujeto al precio de importación y no existe un precio fijo, razón por la cual, la base para la liquidación del pago de la cuota de fomento corresponderá al precio de venta del frijol soya que publique la Bolsa Mercantil de Colombia y en ningún caso la liquidación de la cuota de fomento será sobre precios de venta inferiores a los del...

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