RESOLUCION 001114 RD 6043 - 22 de Agosto de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 692493161

RESOLUCION 001114 RD 6043

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6043 23 MARZO 2017
EmisorInstituto de Desarrollo Urbano
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6043 • pP. 1-6 • 2017 • marzo 23
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Dada en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del
mes de marzo de dos mil diecisiete (2017).
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO
Secretaria Jurídica Distrital
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO
Resolución Número 001114
(Marzo 10 de 2017)
“Por medio de la cual se incorporan recursos del
Sistema General de Regalías del bienio 2017 –
2018 en el Instituto de Desarrollo Urbano”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO - IDU,
en ejercicio de sus facultades legales y en
especial las conferidas por el Acuerdo 19 de
1972 del Concejo de Bogotá, el Acuerdo 002
de 2009 expedido por el Consejo Directivo
del IDU, el Artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto
Nacional 1082 de 2015 y demás disposiciones
concordantes vigentes, y.
CONSIDERANDO:
Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Le-
gislativo 05 “Por el cual se constituye el Sistema Gene-
ral de Regalías, se modican los artículos 360 y 361 de
la Constitución Política y se dictan otras disposiciones
sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones”, el
cual fue reglamentado por la Ley 1530 de 2012 “Por la
cual se regula la organización y el funcionamiento del
Sistema General de Regalías”, estableciendo el Título
V lo relativo al Régimen Presupuestal del Sistema.
Que el Decreto Nacional 1082 de 2015 dispone en el
artículo 2.2.4.1.2.2.13 que el jefe de la entidad pública
designada como ejecutora incorporará mediante acto
administrativo, en un capítulo independiente del pre-
supuesto de la entidad, los respectivos recursos del
Sistema General de Regalías el monto de los recur-
sos del Sistema General de Regalías aprobados por
el respectivo Órgano Colegiado de Administración y
Decisión – OCAD.
Que la Secretaría Distrital de Planeación –SDP, como
delegada mediante Decreto 528 de 2015 para la pre-
sentación de Proyectos de Bogotá Distrito Capital ante
el Sistema General de Regalías -SGR, propuso ante el
OCAD como entidad ejecutora al Instituto de Desarrollo
Urbano -IDU, así como la encargada de la contrata-
ción de la interventoría, circunstancia aprobada por el
OCAD Región Centro Oriente tal como se evidencia en
el Acuerdo No. 058 de 2016 y Acuerdo 059 de 2016.
Que el OCAD Centro Oriente mediante el Acuerdo No
58-2016, del 12 de diciembre del 2016, viabilizó, priori-
zó y aprobó 1 proyecto por valor de $25.594.021.357,
con cargo a los recursos del Fondo de Desarrollo Re-
gional del Sistema General de Regalías con destino a
la realización de los Estudios de la Avenida Longitudi-
nal de Occidente, Ramal Av. Villavicencio hasta la Av
Cali y Ramal Av. Américas hasta la Av. Cali, Bogotá
D.C. y designó como entidad ejecutora al Instituto de
Desarrollo Urbano IDU, tanto del proyecto como de
su interventoría.
Que el OCAD Centro Oriente mediante Acuerdo No 59-
2016, del 30 de diciembre del 2016, viabilizó, priorizó
y aprobó 9 proyectos por valor de $101.530.598.645,
con cargo a los recursos del Fondo de Desarrollo Re-
gional del Sistema General de Regalías con destino a
la realización de los Estudios y diseños y designó como
entidad ejecutora al Instituto de Desarrollo Urbano IDU
tanto de los proyectos como de su interventoría.
Que el Artículo 2.2.4.1.2.2.14 del Decreto Nacional
1082 de 2015, establece: “Ordenación del Gasto de
las apropiaciones. Corresponde al jefe del órgano
respectivo o a su delegado del nivel directivo de la
entidad ejecutora designada por el órgano colegiado
de administración y decisión, ordenar el gasto sobre
las apropiaciones que se incorporan al presupuesto de
la entidad en desarrollo de los artículos anteriores, en
consecuencia, serán responsables scal, penal y dis-
ciplinariamente por el manejo de tales apropiaciones,
en los términos de las normas que regulan la materia”.
Que el OCAD Centro Oriente mediante el Acuerdo No
58-2016, Titulo II, Artículo Primero, del 12 de diciembre
del 2016, Autorizó vigencias futuras para la asunción
de compromisos en lo que se prevea la provisión de
bienes y servicios en la bianualidad 2017 – 2018, para
el proyecto Estudios de la Avenida Longitudinal de
Occidente, Ramal Av. Villavicencio hasta la Av Cali
y Ramal Av. Américas hasta la Av. Cali, Bogotá D.C.
Que el OCAD Centro Oriente mediante el Acuerdo No
59-2016, Titulo III, Artículo Primero, del 30 de diciembre
del 2016, Autorizó vigencias futuras para la asunción
de compromisos en lo que se prevea la provisión de
bienes y servicios en la bianualidad 2017 – 2018, para
los siguientes proyectos de inversión nanciados con
recursos del Sistema General de Regalías:

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