Resolución 002700, por la cual se adiciona el artículo 5° de la Resolución 1750 del 8 de mayo de 2006 y se modifican parcialmente los Anexos 1, 2 y 3 de la misma.
Emisor | Ministerio de Transporte |
Número de Boletín | 46314 |
El Subdirector de Tránsito (E.), en ejercicio de las funciones legales que le confiere el artículo 16 del Decreto 2053 de 2003 y las especiales asignadas en las Resoluciones 1200 y 1750 de 2006,
CONSIDERANDO:
Que el Ministro de Transporte expidió las Resoluciones 1555 del 27 de junio de 2005, 4415 del 29 de diciembre de 2005 y la 1200 del 5 de abril de 2006, relacionadas con el certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir;
Que en las citadas resoluciones se establecieron los requisitos para la inscripción de los organismos de certificación y el registro de los centros de reconocimiento de conductores en el Ministerio de Transporte-Subdirección de Tránsito;
Que el Ministerio de Transporte a través de la Subdirección de tránsito mediante Resolución número 1750 del 8 de mayo de 2006, fijó el procedimiento para la inscripción de los organismos de certificación y el registro de los centros de reconocimiento de conductores y se dictan otras disposiciones;
Que es necesario adicionar el parágrafo del artículo 5° de la mencionada resolución;
Que en la descripción de los Anexos 1, 2 y 3 del referido acto administrativo se incurrió en errores técnicos que son necesarios corregir;
En mérito de lo antes expuesto,
RESUELVE:
Parágrafo. Los médicos inscritos en los respectivos organismos de tránsito deberán solicitar ¿previo a la expedición del Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para conducir¿ el nombre del usuario y la clave para el acceso al sitio FTP ante la Dirección Territorial de la correspondiente jurisdicción.
Modificar la descripción de los ítems ¿(2)¿ y ¿(7)¿ del pie de página del Numeral 1 ¿Estructura para la elaboración del archivo plano¿ del ¿Anexo número 1. formato para reportar ante el Ministerio de Transporte la información correspondiente a los centros de reconocimiento de conductores certificados por los organismos de certificación¿ de la Resolución 1750 del 8 de mayo de 2006 así:
(2) Identificación del Organismo de Certificación y del Centro de reconocimiento de Conductores: Debe digitar el número del NIT del organismo de Certificación...
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