RESOLUCION 146 RD 5557 - 19 de Marzo de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 570265954

RESOLUCION 146 RD 5557

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5557 19 MARZO 2015
EmisorSecretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5557 • pP. 1-10 • 2015 • MARZO 19
10
ques Ecológicos Distritales de Humedal Jaboque, Juan
Amarillo, Torca-Guaymaral, Capellanía y El Salitre.
ARTÍCULO 14.- Comunicar el contenido del presente
acto administrativo a las Alcaldías Locales de Engati-
vá, Suba, Usaquén, Fontibón y Barrios Unidos; a los
Fondos de Desarrollo Locales de cada una de estas
localidades; a la Empresa Acueducto, Alcantarillado y
Aseo de Bogotá - E.S.P.; a las Secretarías Distritales
de Ambiente, Gobierno, Planeación, Hábitat, Integra-
ción Social y Salud - Centro de Zoonosis; al Instituto
Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático
–IDIGER-; al Jardín Botánico “José Celestino Mutis”; a
las Unidades Administrativas Especiales de Servicios
Públicos y Cuerpo Ocial Bomberos Bogotá; a la Caja
de Vivienda Popular; al Instituto de Desarrollo Urbano;
a la Red Hospitalaria de Bogotá; a la Policía Metropo-
litana de Bogotá y a la Policía Ambiental y Ecológica;
a la Fiscalía General de la Nación; a la Personería
de Bogotá y a la Procuraduría General de la Nación,
Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.
ARTÍCULO 15.- Comunicar el contenido del presente
acto administrativo a la Corporación Autónoma Regio-
nal de Cundinamarca –CAR- para lo de sus competen-
cias, especialmente en tanto aparece regulado en la
Ley 1523 de 2012, sobre el sistema nacional de gestión
del riesgo, y en el parágrafo 3° del artículo 33 de la Ley
99 de 1993, alusivo a los ecosistemas compartidos.
ARTÍCULO 16.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días
del mes de marzo de dos mil quince (2015).
GUSTAVO PETRO URREGO
Alcalde Mayor
MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ
Secretaria Distrital de Ambiente
SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y
DEPORTE
Resolución Número 146
(Marzo 9 de 2015)
Por medio de la cual se designan los delegados
del nivel directivo de la Secretaría Distrital de
Cultura, Recreación y Deporte a las sesiones
de los consejos, comisiones, comités, Mesa de
trabajo, Mesa permanente, Unidad técnica de
apoyo, Unidad de apoyo técnico y Observatorio
de Convivencia Escolar del Distrito Capital
LA SECRETARIA DISTRITAL DE CULTURA,
RECREACIÓN Y DEPORTE
en ejercicio de sus facultades legales y en
especial las conferidas en la Ley 489 de 1998, el
Acuerdo 257 de 2006 del Concejo Distrital y los
Decretos Distritales 558 de 2006 y 402 de 2013 y,
CONSIDERANDO:
establece (...) Los diferentes órganos del Estado tienen
funciones separadas pero colaboran armónicamente
para la realización de sus nes.”, en tanto que el artí-
culo 209 señala “(...) La función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
ecacia, economía, celeridad, imparcialidad y publici-
dad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones.”
Que el artículo 9º de la Ley 489/98, señala que: “Las
autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto
en la Constitución Política y de conformidad con la
presente Ley, podrán mediante acto de delegación,
transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores
o a otras autoridades, con funciones anes o comple-
mentarias”.
Que el artículo 32 del Acuerdo 257 de 2006, expedido
por el Concejo de Bogotá, estableció el sistema de
coordinación de la Administración del Distrito Capital
como el conjunto de políticas, estrategias, instancias
y mecanismos que permiten articular la gestión de los
organismos y entidades distritales, de manera que ga-
ranticen la efectividad y materialización de los derechos
individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno
suministro de los bienes, así como la prestación de
los servicios a sus habitantes.
Que el artículo 1º del Decreto 136 de 2005, Por el cual
se formulan acciones prioritarias para brindar atención
integral a la población “habitante de calle del Distrito
Capital”, denió las acciones prioritarias para brindar
RESOLUCIONES DE 2015

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