Resolución 1550, por la cual se reglamentan los procedimientos y se adoptan las guías de elegibilidad y viabilización de proyectos a financiar mediante el mecanismo de Ventanilla Unica y de ejecución, seguimiento e interventoría de los proyectos financiados a través de este mecanismo. - 27 de Octubre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43229574

Resolución 1550, por la cual se reglamentan los procedimientos y se adoptan las guías de elegibilidad y viabilización de proyectos a financiar mediante el mecanismo de Ventanilla Unica y de ejecución, seguimiento e interventoría de los proyectos financiados a través de este mecanismo.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín46074

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de sus facultades legales en especial de las que le confiere la Ley 489 de 1998, artículos 59 numeral 3 y 61 literal a), el Decreto-ley 216 de 2003, artículo 2° numeral 1 y la Ley 812 de 2003, artículo 93,

CONSIDERANDO:

Que en el Decreto 216 de febrero 3 de 2003, por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones, se establece entre otras como una función de la Dirección de Agua Potable, Saneamiento Básico y Ambiental, DAPSBA, la identificación de fuentes de financiamiento para los servicios de agua potable, saneamiento básico y ambiental;

Que el artículo 93 de la Ley 812 de 2003, por medio de la cual se adopta el Plan Nacional de Desarrollo ¿Hacia un Estado Comunitario 2002-2006¿, señala que ¿El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial será el único responsable de la recepción de todos los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que soliciten apoyo financiero de la Nación. El Ministerio evaluará la viabilidad técnica, financiera, legal, socioeconómica y ambiental de los proyectos, elegirá aquellos que cumplan los requisitos y estructurará el esquema de financiamiento de los mismos, coordinando los aportes de recursos con las distintas entidades que los administran¿;

Que en cumplimiento de las directrices trazadas en el Plan Nacional de Desarrollo para lograr mayor eficacia, eficiencia y equidad en la ejecución de los recursos del Presupuesto General de la Nación destinados al sector de agua potable y saneamiento básico, se hace necesario establecer los criterios, requisitos y procedimientos para la presentación, viabilización, asignación de recursos de la Nación y ejecución de los proyectos del sector que soliciten apoyo financiero del Gobierno Nacional mediante el mecanismo de ventanilla única, que se presenten directamente ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

Que es indispensable contar con guías que permitan a los entes territoriales presentar oportunamente toda la documentación necesaria para ser evaluada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1° Objeto

La presente resolución adopta los lineamientos, procedimientos y guías del mecanismo de ventanilla única, donde se establecen los criterios y las condiciones que deben cumplir los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que requieran apoyo financiero no reembolsable de parte de la Nación que sean presentados al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en cumplimiento establecido en el artículo 93 de la Ley 812 de 2003.

Artículo 2° Lineamientos generales

La ventanilla única se rige por los siguientes lineamientos:

  1. Apoyar el cumplimiento de lineamientos generales de política y metas propuestas en el Plan Nacional de Desarrollo ¿Hacia un Estado Comunitario¿.

  2. Evaluación integral de los proyectos, haciendo énfasis en los criterios de viabilidad té cnica, institucional, financiera, ambiental y socioeconómica.

  3. Coordinación interinstitucional en el proceso de viabilización de los proyectos de agua potable y saneamiento básico, evitando duplicidad de esfuerzos al momento de gestionar recursos de carácter nacional.

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