Resolución 1550, por la cual se reglamentan los procedimientos y se adoptan las guías de elegibilidad y viabilización de proyectos a financiar mediante el mecanismo de Ventanilla Unica y de ejecución, seguimiento e interventoría de los proyectos financiados a través de este mecanismo.
Emisor | Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial |
Número de Boletín | 46074 |
La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de sus facultades legales en especial de las que le confiere la Ley 489 de 1998, artículos 59 numeral 3 y 61 literal a), el Decreto-ley 216 de 2003, artículo 2° numeral 1 y la Ley 812 de 2003, artículo 93,
CONSIDERANDO:
Que en el Decreto 216 de febrero 3 de 2003, por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones, se establece entre otras como una función de la Dirección de Agua Potable, Saneamiento Básico y Ambiental, DAPSBA, la identificación de fuentes de financiamiento para los servicios de agua potable, saneamiento básico y ambiental;
Que el artículo 93 de la Ley 812 de 2003, por medio de la cual se adopta el Plan Nacional de Desarrollo ¿Hacia un Estado Comunitario 2002-2006¿, señala que ¿El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial será el único responsable de la recepción de todos los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que soliciten apoyo financiero de la Nación. El Ministerio evaluará la viabilidad técnica, financiera, legal, socioeconómica y ambiental de los proyectos, elegirá aquellos que cumplan los requisitos y estructurará el esquema de financiamiento de los mismos, coordinando los aportes de recursos con las distintas entidades que los administran¿;
Que en cumplimiento de las directrices trazadas en el Plan Nacional de Desarrollo para lograr mayor eficacia, eficiencia y equidad en la ejecución de los recursos del Presupuesto General de la Nación destinados al sector de agua potable y saneamiento básico, se hace necesario establecer los criterios, requisitos y procedimientos para la presentación, viabilización, asignación de recursos de la Nación y ejecución de los proyectos del sector que soliciten apoyo financiero del Gobierno Nacional mediante el mecanismo de ventanilla única, que se presenten directamente ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;
Que es indispensable contar con guías que permitan a los entes territoriales presentar oportunamente toda la documentación necesaria para ser evaluada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
La presente resolución adopta los lineamientos, procedimientos y guías del mecanismo de ventanilla única, donde se establecen los criterios y las condiciones que deben cumplir los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que requieran apoyo financiero no reembolsable de parte de la Nación que sean presentados al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en cumplimiento establecido en el artículo 93 de la Ley 812 de 2003.
La ventanilla única se rige por los siguientes lineamientos:
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Apoyar el cumplimiento de lineamientos generales de política y metas propuestas en el Plan Nacional de Desarrollo ¿Hacia un Estado Comunitario¿.
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Evaluación integral de los proyectos, haciendo énfasis en los criterios de viabilidad té cnica, institucional, financiera, ambiental y socioeconómica.
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Coordinación interinstitucional en el proceso de viabilización de los proyectos de agua potable y saneamiento básico, evitando duplicidad de esfuerzos al momento de gestionar recursos de carácter nacional.
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