Resolución 1618, por medio de la cual se define la calidad de creador y gestor cultural y se establecen los requisitos e instrumentos de validación para su acceso al Sistema General de Seguridad Social en Salud. - 23 de Noviembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43216148

Resolución 1618, por medio de la cual se define la calidad de creador y gestor cultural y se establecen los requisitos e instrumentos de validación para su acceso al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín45741

La Ministra de Cultura, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 397 de 1997 y el Acuerdo número 274 de 2004, proferido por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 397 de 1997, el Ministerio de Cultura es el organismo rector de la cultura, encargado de formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en la materia, en concordancia con los planes y programas de desarrollo, según los principios de participación contemplados en dicha Ley;

Que la Ley 812 de 2003, por la cual se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2003-2006, "Hacia un Estado Comunitario", en su Capítulo II, prevé como programa de inversión, construir equidad social, para lo cual consagra la ampliación y mejoramiento de la protección y la seguridad social y determina que se fortalecerán e incrementarán las coberturas de aseguramiento en salud a través de un esfuerzo conjunto entre la Nación y los entes territoriales, así como el recaudo efectivo para su funcionamiento;

Que igualmente la citada ley en su artículo 46 determinó subsidios para la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, de grupos de población especial, dentro de los cuales se encuentran los trabajadores de la cultura, Creadores y Gestores;

Que en desarrollo de los anteriores preceptos, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, profirió el Acuerdo número 274 de 2004, por medio del cual se definen los criterios de cofinanciación para la afiliación al régimen subsidiado en salud de los creadores y gestores culturales y se establecen condiciones para el otorgamiento de los subsidios;

Que el artículo 1° del Acuerdo 274 de 2004, señala que corresponde al Ministerio de Cultura definir la condición de artista (creador y gestor cultural) y establecer los requisitos e instrumentos de validación de su acreditación, para efectos de la afiliación al...

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