Resolución 328, por la cual se adopta el Modelo del Sistema de Control Interno para las entidades del Estado establecido mediante el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005. - 29 de Agosto de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43226429

Resolución 328, por la cual se adopta el Modelo del Sistema de Control Interno para las entidades del Estado establecido mediante el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín46015

El Contador General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 de 1996 y el Decreto 143 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que, entre otros aspectos, el artículo 209 de la Constitución Política establece que "La Administración Púlica, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la ley";

Que, a su vez, entre otros aspectos, el artículo 269 de la Constitución Política establece que "En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de Control Interno, de conformidad con lo que disponga la ley";

Que, respecto a la responsabilidad del Control Interno, el artículo 6º de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", dispuso que "El establecimiento y desarrollo del sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del Control Interno, también será responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos";

Que el literal k) del artículo 3° de la Ley 298 de 1996, la cual desarrolla el artículo 354 de la Constitución Política y crea la Contaduría General de la Nación, le asigna al Contador General de la Nación la función de "Diseñar, implantar y establecer políticas de control interno, conforme a la ley";

Que el literal r) del artículo 4º de la Ley 298 de 1996 le asigna a la Contaduría General de la Nación la función de "Coordinar con los responsables del control interno y externo de las entidades señaladas en la ley, el cabal cumplimiento de las disposiciones contables";

Que, respecto a los Deberes de todo Servidor Público, el numeral 31 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, Por la cual se expide el Código Disciplinario Unico, establece: "Adoptar el Sistema de Control Interno y la Función independiente de la Auditoría Interna de que trata la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen o complementen";

Que el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno, en la sesión del 16 de diciembre de 2004, le recomendó al Presidente de la República adoptar un Modelo Estándar de Control Interno para las entidades del Estado;

Que el Presidente de la República, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 87 de 1993, expidió el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano;

Que es necesario incorporar y establecer, en el Sistema de Control Interno de la Contaduría General de la Nación, todos los aspectos contenidos en el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano, con el fin de ajustarlo a las nuevas normas y tendencias de control, para que este sea efectivo, eficiente y eficaz,

RESUELVE:

T I T U L O I

SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Artículo 1º Adopción

La presente resolución adopta, para la Contaduría General de la Nación, el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano contenido en el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005.

Artículo 2º Definición de Control Interno

Se entiende por Control Interno el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.

El ejercicio del Control Interno debe consultar los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y valoración de costos ambientales. En consecuencia, deberá concebirse y organizarse de tal manera que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos existentes en la entidad, y en particular de las asignadas a aquellos que tengan responsabilidad del mando.

T I T U L O II

FUNDAMENTOS Y OBJETIVOS DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Artículo 3º Fundamentos del Sistema de Control Interno

Atendiendo los principios constitucionales y legales, la adopción e implementación del Modelo Estándar de Control Interno se enmarca, integra y complementa en los Fundamentos del Sistema de Control Interno que a continuación se establecen:

3.1 Fundamento de legalidad: Es la obligatoriedad que tiene todo servidor público de la Contaduría General de la Nación de desarrollar la función que le ha sido asignada, en cumplimiento de la Constitución, la ley y sus reglamentos.

3.2 Fundamento de autocontrol: Es la capacidad de cada servidor público de la Contaduría General de la Nación, independientemente de su nivel jerárquico dentro de la entidad, para controlar su trabajo, detectar desviaciones, efectuar correctivos y garantizar los resultados que se esperan en el desarrollo de su función, de tal manera que la ejecución de los procesos, actividades y/o tareas bajo su responsabilidad, garanticen el ejercicio de una función acorde con los principios establecidos en la Constitución Política.

3.3 Fundamento de autorregulación: Es la capacidad institucional de la entidad para establecer de manera participativa al interior de la organización las normas, métodos y procedimientos que le permiten el desarrollo de su función, bajo un entorno de integridad, eficiencia y transparencia en la actuación pública.

3.4 Fundamento de autogestión: Es la capacidad institucional de la entidad para descentralizar y desconcentrar el desarrollo de sus actividades, delegando funciones y deberes, manteniendo el control administrativo que garantiza el cumplimiento de su función y misión en los términos que la Constitución, la ley y los reglamentos se lo exigen.

Artículo 4º Objetivos específicos del Sistema de Control Interno

Los objetivos específicos que busca el Sistema de Control Interno son los siguientes:

4.1 Objetivos de Control de Cumplimiento. Constituyen objetivos de cumplimiento a la función administrativa de la entidad los siguientes:

  1. Establecer las acciones que permitan garantizar el cumplimiento de la función administrativa de la entidad, bajo los preceptos y mandatos que le impone la Constitución, la ley, sus reglamentos y las regulaciones que le son propias;

  2. Definir las normas internas de carácter administrativo provenientes de la autorregulación que permitan la coordinación de actuaciones de la entidad;

  3. Diseñar los instrumentos de verificación y evaluación pertinentes para garantizar que la entidad cumpla con la reglamentación que rige su hacer.

    4.2 Objetivos de Control Estratégico. Constituyen objetivos estratégicos del Control Interno los siguientes:

  4. Crear conciencia en todos los servidores públicos de la Contaduría General de la Nación sobre la importancia del Control, mediante la creación y mantenimiento de un entorno favorable en la organización que garantice la integridad, la eficiencia administrativa, la transparencia y la responsabilidad en la actuación de la entidad;

  5. Disponer los procedimientos y mecanismos adecuados para el diseño y desarrollo organizacional de la entidad de acuerdo con su naturaleza, características y propósitos que le son inherentes;

  6. Establecer las estrategias y guías de dirección necesarias que permitan a la entidad proteger sus recursos, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten.

    4.3 Objetivos de Control de Ejecución. Constituyen objetivos de Control a la gestión de la entidad los siguientes:

  7. Determinar los mecanismos de prevención, detección y corrección que permitan mantener las funcion es, actividades y operaciones institucionales en armonía con los principios de eficacia, eficiencia y economía;

  8. Establecer los mecanismos y procedimientos que garanticen el registro y generación de información necesaria a la entidad, para la toma de decisiones internas y de utilidad social, así como la información para el cumplimiento de obligaciones ante los diferentes niveles del Estado;

  9. Diseñar los instrumentos que permitan llevar a cabo una efectiva comunicación interna y externa en la entidad, circulando la información de manera efectiva y transparente, garantizando que su operación se ejecute adecuada y convenientemente así como su conocimiento por parte de los diferentes grupos de interés.

    4.4 Objetivos de Control de Evaluación. Los procesos de Evaluación de la entidad tendrán los siguientes objetivos:

  10. Garantizar la existencia de mecanismos y procedimientos que permitan en tiempo real, realizar seguimiento a la gestión de la entidad por parte de los diferentes niveles de autoridad y responsabilidad, permitiendo acciones oportunas de corrección y de mejoramiento;

  11. Garantizar la existencia de la función de Evaluación Independiente al Sistema de Control Interno, la gestión y resultados como mecanismo autónomo y objetivo de verificación a la efectividad del Control Interno, el cumplimiento a la gestión y los objetivos de la institución;

  12. Propiciar el mejoramiento continuo del control y de la gestión de la entidad, estableciendo los procedimientos que permiten integrar las observaciones...

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