Resolución 3334, por la cual se modifica y adiciona la Resolución de Delegación número 0168 del 24 de febrero de 2006.
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 46461 |
El Ministro de Defensa Nacional, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las que le han sido conferidas por los artículos 211, 216 y 217 de la Constitución Política; 12 de la Ley 80 de 1993; 9°, 10 y 12 de la Ley 489 de 1998; 37 del Decreto 2150 de 1995; 110 del Decreto 111 de 1996; Decreto 1512 de 2000; Decreto 049 de 2003; Decreto 2170 de 2002 y el Código Contencioso Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° del Decreto 2355 del 17 de julio de 2006, mantiene la naturaleza jurídica de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada como un organismo de orden nacional, de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional con autonomía administrativa y financiera;
Que a través del Decreto 2355 del 17 de julio de 2006 se modificó la estructura de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, sin que se incluyera dentro de sus facultades la de ordenación del gasto;
Que desde el punto de vista presupuestal, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es una Unidad Ejecutora del Ministerio y en consecuencia no tiene autonomía presupuestal; sus recursos están asignados a la sección 1501 Ministerio de Defensa Nacional, conforme a lo previsto en la Ley de Presupuesto 998 de 2005;
Que por lo anteriormente expuesto, este Despacho
RESUELVE:
¿Artículo 1°. Unidades Ejecutoras. Son Unidades Ejecutoras en el Ministerio de Defensa Nacional: El Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Colombiana, Salud (Dirección General de Sanidad Militar), la Gestión General, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y el Comisionado Nacional para la Policía Nacional, de acuerdo con las normas presupuestales vigentes.
Parágrafo. La Dirección General Marítima, Dimar; la Comisión Colombiana del Océano; la Justicia Penal Militar y el Fondo para la Defensa de la Libertad Personal, Fondelibertad, no son Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional, pero en su condición de entidades o dependencias del mismo, serán objeto de delegación en el Capítulo correspondiente a la Gestión General¿.
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