RESOLUCION 433 RD 6163 - 26 de Septiembre de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 696780045

RESOLUCION 433 RD 6163

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6163 26 SEPTIEMBRE 2017
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6163• pP. 1-10 • 2017 • SEPTIEMBRE 26
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RESUELVE:
ARTÍCULO 1º-: Reubicar por necesidades del servi-
cio, el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407
Grado 24 de la Dirección Distrital de Desarrollo Ins-
titucional, en el Despacho de la Secretaría General.
ARTÍCULO 2º-: Nombrar en provisionalidad, a partir
de la fecha, a la señora CRISTINA ELIZABETH GEL-
PUD BRAVO, identicada con la cédula de ciudadanía
No. 59.311.419, en el cargo de Auxiliar Administrativo
Código 407 Grado 24, del Despacho de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., por un
término no superior a seis (6) meses.
ARTÍCULO 3º-: De conformidad con los artículos
2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 648 de 2017, la
persona señalada en el artículos 2° de la presente
Resolución, tendrá diez (10) días contados a partir
de la noticación de este acto administrativo, para
manifestar si acepta el nombramiento y diez (10)
días para tomar posesión del cargo, los cuales se
contarán a partir de la aceptación.
ARTÍCULO 4º-: Noticar el contenido de la presente
Resolución a la persona indicada en el artículo 1° de
la presente Resolución, a través de la Subdirección
de Servicios Administrativos de la Secretaría Gene-
ral de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 5º-: Comunicar el contenido de la pre-
sente Resolución a la Dirección de Talento Humano
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servi-
cios Administrativos de la misma Entidad, para los
trámites legales correspondientes.
ARTÍCULO 6º-: El presente nombramiento cuenta
con el saldo de apropiación suciente para respaldar
las obligaciones por concepto de servicios persona-
les y aportes patronales durante la vigencia scal en
curso, de acuerdo con la certicación expedida por
la Subdirectora Financiera de la Secretaría General
de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformi-
dad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto
Distrital 517 de 2015.
ARTÍCULO 7º-: La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del
mes de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
Resolución Número 433
(Septiembre 21 de 2017)
“Por medio de la cual se establece el horario
de trabajo de los/as servidores/as públicos/as
de la Subdirección de Imprenta Distrital de la
Dirección Distrital de Desarrollo Institucional
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C.”
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial las conferidas por el artículo 33 del
Decreto Nacional 1042 de 1978 y el numeral 18
del artículo 1º del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 33 del Decreto Nacional 1042 de 1978
establece como jornada máxima de trabajo cuarenta y
cuatro (44) horas semanales y dispone que, dentro del
límite máximo jado, el jefe del respectivo organismo
podrá establecer el horario de trabajo.
Que el literal j del artículo 23 del Acuerdo Distrital
257 de 2006 atribuye a las Secretarías de Despacho:
“Cumplir las funciones y atender los servicios que les
están asignados y dictar, en desarrollo de los acuerdos
y decretos distritales, las decisiones administrativas
para tal efecto.”
Que mediante el Decreto Distrital 086 de 2017, modi-
cado por el Decreto Distrital 096 de 2016, se estableció
el horario de trabajo de los/as servidores/as públicos/
as del Sector Central de la Administración Distrital, el
cual será de lunes a viernes en jornada continua de
7:00 a.m. a 4:30 p.m., incluida una hora de almuerzo.
Que el horario de trabajo para los servidores públicos
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., se establece precisando los horarios
especícos para cada dependencia, en atención a las
funciones asignadas.
Que el artículo 19 del Decreto Distrital 425 de 2016 dis-
puso que corresponde a la Subdirección de Imprenta
Distrital administrar el proceso de diseño, diagramación
, impresión y encuadernación de las artes grácas y
publicaciones requeridas por las diferentes entidades
y organismos del Distrito Capital, y actualizar y publicar
en medio físico y virtual el registro Distrital, de conformi-
dad con la normatividad vigente, entre otras funciones.
Que el Decreto Distrital 054 de 2008, modicado por
el Decreto Distrital 084 de 2008, reglamentaron la
elaboración de impresos y publicaciones ociales de

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