RESOLUCION 063 RD 5074 - 1 de Marzo de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 434902514

RESOLUCION 063 RD 5074

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5074 1 MARZO 2013
EmisorUnidad Administrativa de Servicios Públicos - Uaesp
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5074 • pP. 1-10 • 2013 • MARZO 1
10
ARTÍCULO OCTAVO. ACTUACIÓN ADMINISTRA-
TIVA PARA LA ENTREGA DEL BENEFICIO. El per-
sonal de la SECRETARÍA DE MOVILIDAD informará
mediante comunicación ocial y por correo electrónico
a la UAESP el ingreso de los elementos del binomio,
remitirá y la suscripción del documento de sesión de
propiedad de mismo, recibido el reporte la UAESP
autorizará y procederá a pagar a la sociedad comercia-
lizadora de vehículos elegida el valor correspondiente
al benecio previo establecido.
PARÁGRAFO PRIMERO. En el caso de sustitución
por vivienda la UAESP adoptará el procedimiento dis-
puesto por la Secretaría Distrital de Hábitat y la Caja
de Vivienda Popular.
ARTÍCULO NOVENO. DISPOSICIÓN FINAL DE
LAS CARRETAS. De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 10 del decreto No. 40 de 2013 la UAESP se
encargará de la disposición nal de las carretas. Para
esto la Subdirección de Aprovechamiento dispondrá
los recursos necesarios para esta actividad.
ARTÍCULO DÉCIMO. VIGENCIA.- La presente reso-
lución rige a partir de su publicación y contra ella no
procede recurso alguno.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días
del mes de febrero de dos mil trece (2013).
NELLY MOGOLLÓN MONTAÑEZ
Directora General
-UAESP-
Resolución Número 063
(Febrero 25 de 2013)
“POR LA CUAL LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS UAESP
ASIGNA LOS BENEFICIOS DEL PROGRAMA DE
SUSTITUCIÓN DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN
ANIMAL EN BOGOTÁ, D.C. IMPLEMENTADO
PARA LA ALTERNATIVA DE SUSTITUCIÓN POR
VEHÍCULO AUTOMOTOR”
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS
PÚBLICOS
–UAESP-,
En ejercicio de las facultades legales, en espe-
cial las conferidas en el Acuerdo 001 de 2012,
en concordancia con el Acuerdo 004 de 2008 del
Consejo Directivo de la Unidad Administrativa
Especial de Servicios Públicos
CONSIDERANDO:
La Ley 769 de 2002 -Código Nacional de Tránsito
Terrestre- en su artículo 98, prohibió el tránsito urbano
de los vehículos de tracción animal en municipios de
categoría especial y de primera categoría, facultando
a los Alcaldes Municipales y Distritales, la promoción
de actividades alternativas y sustitutivas para los con-
ductores de vehículos de tracción animal.
La Corte Constitucional, en el juicio de constituciona-
lidad C-355 de 2003 del artículo citado en el párrafo
precedente, sostuvo que la prohibición de circulación
sólo puede regir cuando se hayan adoptado las medi-
das alternativas y sustitutivas ordenadas en el citado
artículo 98.
El Concejo Distrital expidió el Acuerdo 402 de 2009,
“Por medio del cual se establece el Censo Social In-
tegral de los Vehículos de Tracción Animal (VTA) que
circulan por el Distrito Capital” ordenando la realización
de un censo social integral de los propietarios y familias
de quienes poseen vehículos de tracción animal.
Mediante el Decreto 040 de 2013, el Alcalde Mayor
de Bogotá implementó las actividades alternativas y
sustitutivas para los conductores de los vehículos de
tracción animal de la ciudad de Bogotá, D.C y facultó
a cada Organismo y Entidad para la adopción de los
procedimientos encaminados a la concreción de las
mismas.
Mediante Resolución No. 26 de 2013, la Secretaría
Distrital de Movilidad adoptó la base de datos de
beneciarios del programa distrital de sustitución de
vehículos de tracción animal en Bogotá, D.C. y dictó
disposiciones para la sustitución por vehículo auto-
motor, según la cual se emitirá un acto de asignación
particular para los beneciarios.
La Dirección de Estudios Sectoriales de la Secretaría
Distrital de Movilidad, priorizó un primer grupo de
beneciarios de acuerdo con los requisitos señalados
Que la UAESP mediante resolución No. 63 de 2013
identicó la población recicladora-carretera, y que entre
los 40 priorizados por la Secretaría Distrital de Movi-
lidad en la primera jornada de sustitución se cuenta
con 28 recicladores carreteros.
Que la Secretaría Distrital de Movilidad remitido me-
diante ocio SDM-No. 19125 de 25 de febrero 2013
las carpetas de los 28 carreteros-recicladores que
cumplen con la totalidad de los requisitos para iniciar
con el proceso de sustitución de VTA.

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