RESOLUCION 489 RD 4801 - 27 de Diciembre de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438361206

RESOLUCION 489 RD 4801

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4801 27 DICIEMBRE 2011
EmisorSecretaria Distrital de Desarrollo Económico
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4801 • pP. 1-14 • 2011 • DICIEMBRE 27
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CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° de la Ley 769 de 2002, modicado
por el artículo 2° de la Ley 1383 de 2010, prescribe
que son autoridades de tránsito los Alcaldes y los or-
ganismos de tránsito de carácter distrital, entre otros.
Que el inciso 2° del parágrafo 3° del artículo de la
Ley 769 de 2002 establece que los Alcaldes, dentro de
su respectiva jurisdicción, deberán expedir las normas
y tomar las medidas necesarias para el mejor ordena-
miento del tránsito de personas, animales y vehículos
por las vías públicas.
Que los literales b) y e) del artículo 108 del Acuerdo
257 de 2006, en concordancia con los literales b) y e)
del artículo 2°, y b) del artículo 4° del Decreto Distrital
567 de 2006, estipulan como funciones de la Secretaría
Distrital de Movilidad, las de fungir como autoridad de
tránsito y transporte y, diseñar, establecer, ejecutar,
regular y controlar las políticas sobre el tránsito y el
transporte en el Distrito Capital.
Que la Administración Distrital expidió el Decreto
033 de 2009, el cual inicialmente regía hasta el 15
de febrero de 2011, estableciendo restricciones a la
circulación de vehículos particulares entre las 6:00 y
las 20:00 horas, de lunes a viernes,, de acuerdo con
su número de placa, atendiendo a realización de obras
públicas viales en la ciudad, al crecimiento del parque
automotor, a la accidentalidad en las horas próximas
a la entrada de la medida, y a la emisión de gases
agentes del efecto invernadero.
Que mediante el artículo 3° de la misma disposición
se exceptuaron algunos vehículos de la restricción a la
circulación de vehículos particulares, disposición que
fue modicada posteriormente mediante los Decretos
Distritales 398 y 576 de 2011.
Que por medio del Decreto Distrital 041 de 2011 se
prorrogó la vigencia del Decreto Distrital 033 de 2009,
hasta el día 23 de diciembre de 2011, fecha a partir
de la cual retoman vigencia las restricciones a la cir-
culación de vehículos particulares ordenadas por los
Decretos 212 de 2003, 180 y 198 de 2004.
Que de acuerdo con lo expuesto por la Secretaría
Distrital de Movilidad, el número de viajes vehiculares
internos en Bogotá, D.C., se ve reducido por la salida
masiva de vehículos en la última semana de diciembre
y en la primera del mes de enero, por lo cual considera
técnicamente apropiado levantar la medida de restric-
ción de pico y placa, a n de optimizar la utilización
de la infraestructura vial existente, teniendo en cuenta
que la época de nal de año es un periodo atípico o
periodo valle. Adicionalmente, por cuanto con la me-
dida se garantiza la movilidad a las personas que han
ingresado a la ciudad desde el resto del país, cuyos
viajes se concentran especialmente para compras y
recreación.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Suspender, a partir del 26 de diciembre
de 2011, la aplicación de los Decretos Distritales 212
de 2003, 180 y 198 de 2004.
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto rige a partir de
su publicación en el Registro Distrital, suspende la
aplicación de los Decretos Distritales 212 de 2003,
180 y 198 de 2004 y deroga las demás disposiciones
que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días
del mes de diciembre de dos mil once (2011).
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN
Alcaldesa Mayor Designada
FERNANDO ALVAREZ MORALES
Secretario Distrital de Movilidad
SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
Resolución Número 489
(Diciembre 22 de 2011)
“Por la cual se otorga una autorización al INSTI-
TUTO DISTRITAL DE TURISMO –IDT para cele-
brar un convenio de asociación con ACODRES
SANTAFE DE BOGOTA, CUNDINAMARCA Y
REGIONALES ASOCIADAS”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE DESARROLLO
ECONÓMICO
en uso de sus facultades constitucionales y
legales, en especial de las conferidas por el artí-
culo 4º del Decreto 777 de 1992, el artículo 1° del
Decreto 055 de 2007, y la Resolución Interna No.
000029 del 29 de enero de 2008, y
RESOLUCIONES

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