RESOLUCION 0249 RD 4755
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 4755 19 OCTUBRE 2011 |
Emisor | Orquesta Filarmonica |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 45 • Número 4755 • pP. 1-35 • 2011 • octubre • 19
ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ
Resolución Número 0249
(Agosto 24 de 2011)
“Por la cual se hacen unas delegaciónes y se
designan representantes de la Orquesta Filar-
monica de Bogotá ante los Consejos Distritales
y Mesas Culturales que conforman el Sistema
Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio a que se
reere el Decreto 455 de 2009 de la Alcaldía Ma-
yor de Bogota””.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA ORQUESTA
FILARMONICA DE BOGOTÁ
En uso de sus facultades legales y estatutarias
en especial las conferidas por los artículos 9 a 12
de la Ley 489 de 1998 y el Acuerdo 001 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en sus artí-
culos 209 y 211, dispone que la función administrativa
está al servicio de los intereses generales y se desa-
rrolla con fundamento en los principios de igualdad,
moralidad, ecacia, economía, celeridad, imparcialidad
y publicidad, mediante la descentralización, la dele-
gación y la desconcentración de funciones; así como
la facultad de la autoridad delegante de reasumir en
cualquier tiempo la competencia.
Que la Ley 489 de 1998, en su artículo 9 establece
que las autoridades administrativas, en virtud de lo
dispuesto en la Constitución Política de Colombia y
de conformidad con la misma ley, podrán mediante
acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones
a sus colaboradores, con funciones anes o comple-
mentarias.
Que la delegación así referida, sólo podrá efectuarse
en los empleados públicos de los niveles directivo y
asesor vinculados al organismo correspondiente.
Que la misma ley, en su artículo 10 señaló los requi-
sitos que debe cumplir el acto de delegación en los
siguientes términos: “en el acto de delegación, que
siempre será escrito, se determinará la autoridad de-
legataria y las funciones o asuntos especícos cuya
atención y decisión se transeren”.
Que mediante el Decreto 455 del 15 de Octubre de
2009 de la Alcaldía Mayor, se modicó, adicionó y
reglamentó el Decreto Distrital No. 627 de 2007 por
medio de la cual se reformó el Sistema Distrital de
Cultura y se Establece el Sistema Distrital de Arte,
Cultura y Patrimonio.
Que el artículo 60 de la Ley 397 de 1997 establece
la conformación de los Consejos Departamentales,
Distritales y Municipales de Cultura.
Que las Políticas Culturales Distritales 2004-2016,
aprobadas y adoptadas por el Consejo Distrital de
Cultura, proponen ampliar y fomentar nuevas formas y
mecanismos de participación democráticos, de actores
y organizaciones culturales, mediante el fortalecimiento
de la organización distrital de la cultura, con el ánimo
de propiciar y fortalecer la convivencia democrática e
intercultural.
Que el Acuerdo 257 de 2006 reorganizó la estructura
administrativa del Distrito Capital y conforma, entre
otros, el Sector Cultura, Recreación y Deporte, del
cual hacen parte la Secretaría Distrital de Cultura,
Recreación y Deporte como entidad rectora del sector
y las entidades adscritas a la misma, como son, el
Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, la Fundación
Gilberto álzate Avendaño, la Orquesta Filarmónica de
Bogotá, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte y
la entidad vinculada, Canal Capital.
Que el Decreto Distrital 558 de 2006 denió que la
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
tiene por objeto “orientar y liderar la formulación con-
certada de políticas, planes y programas en los campos
cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito
Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de
Planeación y con la participación de las entidades a
ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.
Que el artículo 10° del Decreto 627 de 2007 dejó en
cabeza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación
y Deporte la coordinación del Sistema Distrital de Arte,
Cultura y Patrimonio.
Que mediante Acuerdo No. 440 del 24 de junio de 2010
se creó el Instituto Distrital de las Artes IDARTES, el
cual tiene como objeto la ejecución de políticas, planes,
programas y proyectos para el ejercicio efectivo de
los derechos culturales de los habitantes del Distrito
Capital, en lo relacionado con la formación, creación,
investigación, circulación y apropiación de las áreas
artísticas de literatura, artes plásticas, artes audiovi-
suales, arte dramático, danza y música, a excepción
de la música sinfónica, académica y el canto lírico.
Que en virtud de lo establecido en el Acuerdo 001
de 2011, la Junta Directiva de la OFB, modicó los
estatutos de la Entidad, señalando que como estable-
cimiento público, adscrito a la Secretaría de Cultura,
Recreación y Deporte, tiene como objeto ejecutar de
manera concertada las políticas de la administración
distrital mediante la prestación de servicios culturales
en el área de música sinfónica, música académica
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