RESOLUCION 151 RD 5365
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5365 28 MAYO 2014 |
Emisor | Secretaria Distrital de Movilidad |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5365 • pP. 1-1 • 2014 • MAYO • 28
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 48
Número 5365
2014 • MAYO • 28
RESOLUCIÓN DE 2014
SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
Resolución Número 151
(Mayo 9 de 2014)
“Por la cual se modica el Anexo de la
Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013 en
el sentido de cambiar el número de identicación
establecido en el secuencial con No. 2097 dentro
la base de datos de beneciarios del programa
Distrital de sustitución de vehículos de tracción
animal”.
EL SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD,
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial de las que conere el Acuerdo 257
de 2006, el Decreto 567 de 2006, y el Decreto
Distrital 040 2013; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 769 de 2002 -Código Nacional de Tránsito
Terrestre- en su artículo 98, prohibió el tránsito urbano
de los vehículos de tracción animal en municipios de
categoría especial y de primera categoría, facultando
a los Alcaldes Municipales y Distritales, la promoción
de actividades alternativas y sustitutivas para los con-
ductores de vehículos de tracción animal.
Que la Corte Constitucional, en Sentencia de constitu-
cionalidad C-355 de 2003, declaró inexequibles las
siguientes expresiones del artículo 98 de la Ley 769
de 2002: “Erradicación de los”; “contado a partir de la
iniciación de la vigencia de la presente ley”, y “A partir
de esta fecha las autoridades de tránsito procederán a
retirar los vehículos de tracción animal” y declaró EXE-
QUIBLE el resto del artículo 98 de la Ley 769 de 2002
“bajo el entendido de que la prohibición a que se con-
trae la norma se debe concretar, por las autoridades
municipales o distritales competentes, a determinadas
vías y por motivos de seguridad vial, y que la misma
sólo entrará a regir siempre que real y efectivamente se
hayan adoptado las medidas alternativas y sustitutivas
previstas en el parágrafo 2º del artículo 98 de la ley
antes citada, en el respectivo municipio”.
Que el Concejo Distrital expidió el Acuerdo 402 de
2009, “Por medio del cual se establece el Censo Social
Integral de los Vehículos de Tracción Animal (VTA) que
circulan por el Distrito Capital” ordenando la realización
de un censo social integral de los propietarios y familias
de quienes poseen vehículos de tracción animal.
Que mediante el Decreto 040 de 2013, el Alcalde Ma-
yor de Bogotá implementó las actividades alternativas
y sustitutivas para los conductores de los vehículos de
tracción animal de la ciudad de Bogotá, D.C y facultó
a cada Organismo y Entidad para la adopción de los
procedimientos encaminados a la concreción de las
mismas.
Que mediante Resolución No. 26 de 2013, la Secre-
taría Distrital de Movilidad adoptó la base de datos de
beneciarios del programa distrital de sustitución de
vehículos de tracción animal en Bogotá, D.C. y dictó
disposiciones para la sustitución por vehículo auto-
motor, según la cual se emitirá un acto de asignación
particular para los beneciarios.
Que en el secuencial No. 2097 del anexo de la Reso-
lución No. 026 del 07 de febrero de 2013 se registró
como beneciario carretero:
Secuencial Identicación
Más de un equino
registrado
(SI - NO)
Más de una carreta
registrada
(SI - NO)
Reporto condición
vulnerable
(SI - NO)
Información del grupo
familiar (SI -NO)
2097 2891598 NO NO SI NO
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