RESOLUCION 521 RD 5669 - 9 de Septiembre de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 587511358

RESOLUCION 521 RD 5669

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5669 9 SEPTIEMBRE 2015
EmisorTransmilenio S.a.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5669 • pP. 1-2 • 2015 • SEPTIEMBRE 9
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PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes
de septiembre de dos mil quince (2015).
DIEGO ARDILA MEDINA
Contralor de Bogotá D.C.
EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO –
TRANSMILENIO S.A.
Resolución Número 521
(Septiembre 3 de 2015)
Por medio de la cual se modifica parcialmente
la Resolución No. 489 de 19 de agosto de 2014
que modifica y actualiza el Comité de Gerencia
de la Integración y se establece el apoyo al
seguimiento y supervisión especial de los
contratos de concesión.
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA
DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO –
TRANSMILENIO S.A.
En uso de sus facultades legales y estatutarias,
en especial las conferidas por el Acuerdo 4 de
1999 del Concejo de Bogotá D.C. y el Acuerdo 2
de 2011 de la Junta Directiva de
TRANSMILENIO S.A., y
CONSIDERANDO:
Que la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER
MILENIO S.A. TRANSMILENIO S.A., creada por
el Acuerdo 04 de 1999 expedido por el Concejo de
Bogotá, tiene por objeto la gestión, organización y
planeación del servicio integrado de transporte público
urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de
inuencia, bajo las modalidades de transporte terrestre
automotor, transporte férreo y sistemas alternativos
de movilidad como el cable aéreo, entre otros, en las
condiciones que señalen las normas vigentes, las au-
toridades competentes y sus propios estatutos.
Que a TRANSMILENIO S.A., como ente gestor del
transporte masivo y de conformidad con el artículo
15 del Decreto distrital 319 de 2006, le corresponde
la responsabilidad por la integración, evaluación y
seguimiento de la operación del Sistema Integrado de
Transporte Público - SITP.
Que mediante el Decreto distrital 486 de 2006 se
asignaron unas funciones a la Empresa de Transporte
del Tercer Milenio - TRANSMILENIO S.A. frente al
sistema masivo de la ciudad y su área de inuencia,
en particular la de realizar una gestión contractual
que involucre un esquema de control para realizar
seguimiento permanente a la gestión contractual de
la empresa.
Que el Decreto 309 de 2009 “Por el cual se adopta el
sistema integrado de transporte público para Bogotá,
D.C., y se dictan otras disposiciones” contempla que de
conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital
4 de 1999 y los Decretos Distritales 319 y 486 de 2006,
la Empresa de Transporte del Tercer Milenio - TRANS-
MILENIO S.A. como ente gestor del SITP realizará: La
planeación, gestión y control contractual del Sistema; el
proceso de integración, evaluación y seguimiento de la
operación y los procesos de selección necesarios para
poner en marcha la migración del actual transporte
público colectivo al transporte público masivo.
Que el Acuerdo 002 de 2011 emanado de la Junta
Directiva de TRANSMILENIO S.A., estableció que
dentro del ámbito de gestión de la estructura interna
de la Empresa existirá la Gerencia de la Integración,
la cual, según el artículo 4º, será responsable del mo-
nitoreo integral y sistemático de la vigilancia y control
de la prestación del servicio de manera transversal en
todos los sistemas de transporte público a cargo de
la Empresa, contemplando los factores económico,
técnico, jurídico, de negocios y comunicacional, que
garanticen el mejoramiento continuo del servicio en
forma integral.
Que en coordinación directa con la Gerencia de la
Integración, el ámbito de la Dirección y Control de la
Operación será responsable de ejecutar las acciones
de vigilancia y control de los niveles de servicio de
cada uno de los sistemas de transporte público a cargo
de la Empresa, para garantizar la calidad, cobertura,
continuidad, eciencia y acceso del Servicio Público
de Transporte.
Que el artículo 6º del Acuerdo 2 de 2011 establece
que el ámbito de la Gerencia de la Integración estará
conformado por la Subgerencia Económica, la Subge-
rencia Técnica y de Servicios, la Subgerencia Jurídica,
Subgerencia de Desarrollo de Negocios y la Subgeren-
cia de Comunicaciones y Atención al Usuario.
Que mediante Resolución No. 489 de 19 de agosto de
2014 se modicó y actualizó el Comité de Gerencia de
la Integración y se estableció la regularización como el
proceso de apoyo al seguimiento y supervisión especial
de los contratos de concesión.
Que con posterioridad a la expedición de la Resolu-
ción 489 de 2014, TRANSMILENIO S.A. ha suscrito
los siguientes contratos de interventoría integral a las
concesiones:

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