Resolución CREG 021-2003: Por la cual se modifica el Anexo de la Resolución CREG 071 de 2002 sobre Metas Individuales de Reposición de cilindros portátiles utilizados en la prestación del servicio de Gas Licuado del Petróleo (GLP), de acuerdo con lo previsto en la Resolución CREG 019 de 2002. - Normativa - VLEX 841336049

Resolución CREG 021-2003: Por la cual se modifica el Anexo de la Resolución CREG 071 de 2002 sobre Metas Individuales de Reposición de cilindros portátiles utilizados en la prestación del servicio de Gas Licuado del Petróleo (GLP), de acuerdo con lo previsto en la Resolución CREG 019 de 2002.

Número de resolución021-2003

Por la cual se modifica el Anexo de la Resolución CREG 071 de 2002 sobre Metas Individuales de Reposición de cilindros portátiles utilizados en la prestación del servicio de Gas Licuado del Petróleo (GLP), de acuerdo con lo previsto en la Resolución CREG 019 de 2002.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

C O N S I D E R A N D O:

Que de conformidad con lo establecido en la Ley 142 de 1994 corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas regular el servicio público domiciliario de gas combustible;

Que según el Articulo 23 de la Ley 689 de 2001 corresponde a la CREG establecer la regulación aplicable a la reposición y mantenimiento de cilindros portátiles y tanques estacionarios.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 689 de 2001, la CREG expidió la Resolución 019 de 2002, por la cual se reguló la reposición y mantenimiento de cilindros y tanque estacionarios utilizados en la prestación del servicio de Gas Licuado del Petróleo (GLP), y previó el establecimiento de metas individuales de reposición de cilindros portátiles para cada una de las empresas distribuidoras de GLP.

Que mediante la Resolución CREG-071 de 2002 se establecieron las metas individuales de reposición por empresa, para ser ejecutadas durante el período diciembre de 2002 hasta noviembre de 2003.

Que a través de las comunicaciones radicadas en la CREG bajo los Nos. 00209 del 10 de enero de 2003, 001064 del 4 de febrero de 2003, 001928 del 27 de febrero de 2003 y 01967 del 28 de febrero de 2003, suscritos por la Fiduciaria Popular y el Ministerio de Minas y Energía, la Comisión tuvo conocimiento de la terminación anticipada del contrato celebrado entre el Consorcio y la Fiduciaria Popular para el mantenimiento y reposición de cilindros portátiles de GLP.

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