Resolución CREG 112-2007: Por la cual se establecen normas sobre los límites de integración horizontal de las actividades de Distribución y Comercialización Minorista de gas natural y se dictan otras disposiciones - Normativa - VLEX 841338711

Resolución CREG 112-2007: Por la cual se establecen normas sobre los límites de integración horizontal de las actividades de Distribución y Comercialización Minorista de gas natural y se dictan otras disposiciones

Número de resolución112-2007
Fecha de publicación21 Diciembre 2007
Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución d

Por la cual se establecen normas sobre los límites de integración horizontal de las actividades de Distribución y Comercialización Minorista de gas natural y se dictan otras disposiciones

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 142 de 1994, Artículo 74 numeral 1o. asigna a la Comisión la función de regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, propiciar la competencia en el sector de minas y energía, proponer la adopción de las medidas necesarias para impedir abusos de posición dominante y buscar la liberación gradual de los mercados hacia la libre competencia, con la facultad de adoptar reglas de comportamiento diferencial, según la posición de las empresas en el mercado;

Que para promover efectivamente la libre competencia en beneficio de los usuarios, es necesario garantizar que existan múltiples empresas productoras, comercializadoras de gas natural y/o Agentes importadores de lado de la oferta y múltiples compradores del lado de la demanda;

Que la Resolución CREG 071 de 1998 por la cual se dictan normas referentes a la participación de las empresas en el servicio público domiciliario de gas natural estableció en sus artículos 3°y 5° los límites a la participación en el negocio de Distribución y de Comercialización de gas natural;

Que la actividad de Distribución de gas natural es considerada un monopolio natural y en consecuencia es eficiente que solo exista un distribuidor en cada mercado relevante;

Que con el ánimo de propiciar el incremento de cobertura de la distribución domiciliaria de gas natural y el aprovechamiento de economías de escala se considera conveniente liberar los límites de participación en dicha actividad;

Que el Decreto 3429 de 2003 del Ministerio de Minas estableció que la Comercialización de gas natural a usuarios regulados seguirá siendo desarrollada únicamente por los Distribuidores de gas natural hasta que en el país la actividad de Comercialización de gas natural desarrollada por los Productores y los Agentes Importadores se considere competida;

Que como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto mencionado y teniendo en cuenta el propósito de incrementar la cobertura, la liberación de los límites de la actividad de Distribución hace necesaria una modificación de los límites de la actividad de Comercialización;

Que como se muestra en los estudios de la Comisión, la situación actual indica que hay una alta concentración a nivel de oferta;

Que hasta tanto no exista suficiente número de agentes del lado de la oferta la modificación a los límites de la actividad de Comercialización Minorista no afecta el funcionamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR