Resolución CREG 135-2019: ENERGÍA ELÉCTRICA - Proyecto solar fotovoltaico interconectado a la red de distribución del municipio de Inírida - Normativa - VLEX 841337312

Resolución CREG 135-2019: ENERGÍA ELÉCTRICA - Proyecto solar fotovoltaico interconectado a la red de distribución del municipio de Inírida

Número de resolución135-2019
Año2019
Fecha de publicación03 Diciembre 2019

Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. DE 2019

( )

Por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución CREG 012 de 2018

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literal e), la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas aprobar las fórmulas tarifarias y las metodologías para el cálculo de las tarifas para usuarios regulados.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, mediante la Resolución CREG 091 de 2007, estableció las metodologías generales para remunerar las actividades de generación, distribución y comercialización de energía eléctrica, y las fórmulas tarifarias generales para determinar el costo unitario de prestación del servicio público de energía eléctrica en zonas no interconectadas. La misma fue publicada en el Diario Oficial el 24 de enero de 2008, y quedó en firme el 31 de enero de 2008.

Mediante las Resoluciones CREG 161 de 2008, 057, 074, 097 de 2009 y 072 de 2013, se modificó la Resolución CREG 091 de 2007.

El literal d del artículo 22 de la Resolución CREG 091 de 2007 señala lo siguiente:

“Artículo 22. Remuneración de la componente de inversión y mantenimiento de tecnologías de Generación. La componente de inversión de los Cargos Regulados de Generación, expresada en ($/kWh), incluye los costos de adquisición, transporte, instalación, diseños, permisos ambientales, almacenamiento de combustible, transformadores elevadores, equipos de telemedida y los necesarios para la puesta en operación de una central de generación, y dependerá del tamaño, tecnología, horas de prestación del servicio y el tipo de combustible de cada unidad de generación, como se muestra a continuación:

(…)

d) Costo de inversión de sistemas híbridos y otras tecnologías de generación

Los costos unitarios de inversión para sistemas híbridos y otras tecnologías de generación no definidos en la presente resolución, podrán proponerse a la Comisión quién definirá en Resolución particular los costos correspondientes”.

De acuerdo con el numeral 24.5 de la Resolución CREG 091 de 2007 los costos unitarios de administración, operación y mantenimiento para tecnologías de generación no definidos en la presente resolución, podrán solicitarse a la Comisión, quien los definirá en Resolución particular”.

Mediante Resolución CREG 012 de 2018 se resolvió una solicitud de remuneración para un proyecto solar fotovoltaico interconectado a la red de distribución del municipio de Inírida, con una capacidad de generación de 2.47 MWp, presentada por la empresa Gestión Energética S.A. E.S.P., GENSA S.A. E.S.P.

Para resolver la solicitud, se tomó como referencia para la definición de los cargos que remuneran los componentes de inversión y costos de administración, operación y mantenimiento, la información allegada por GENSA S.A. E.S.P. dentro de la actuación administrativa, cuyos valores se encontraban en pesos de diciembre de 2017.

Con el fin de que dichos valores fueran consistentes y aplicables en la fórmula tarifaria para determinar el costo de generación de energía eléctrica, prevista en la Resolución CREG 091 de 2007, los mismos debían expresarse en pesos de diciembre de 2006.

Para estos efectos, se deflactaron los valores calculados en pesos de diciembre de 2017, utilizando el Índice de Precios al Productor, IPP, correspondiente a la serie Producción Nacional. Estos valores quedaron reflejados en lo previsto en el artículo 1 de la Resolución CREG 012 de 2018.

Mediante comunicación con radicado CREG E-2019-007963 del 25 de julio de 2019, la empresa GENSA S.A. E.S.P. solicitó la modificación de los cargos aprobados en la Resolución CREG 012 de 2018 en los siguientes términos:

“(…) respetuosamente solicitamos revisar las siguientes consideraciones:

- Se evidencia que el índice de deflactación que tomó la CREG para pasar el valor de los componentes del Cargo Máximo de Generación de la Planta Solar en pesos de Diciembre de 2017, a pesos de Diciembre de 2006, corresponde al IPP en su serie de “Producción Nacional”.

- Teniendo en cuenta lo definido en la Circular CREG 020 -2015, se indicó que para efectos de actualizaciones de cargo e indexaciones en las que se haga referencia al IPP, se deberá utiliza la serie “Oferta Interna”.

Por lo anterior, al entrar a la actualización promedio del parque de generación, que se realiza con la tabla IPP “oferta interna”, no se mantendrían los mismos cargos aprobados en pesos de diciembre de 2017, sino valores menores.

Así entonces, solicitamos que los cargos aprobados en la Resolución CREG 012-2018 se modifiquen de parte de parte de CREG teniendo en cuenta lo definido en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994 “… excepcionalmente podrá modificarse, de oficio o a petición de parte, antes del plazo indicado cuando sea evidente que se cometieron graves errores en su cálculo, que lesionan injustamente los intereses de los usuarios o de la empresa; …” (subraya y cursiva fuera de texto original)”.

El artículo 126 de la Ley 142 de 1994 señala lo siguiente:

ARTÍCULO 126. VIGENCIA DE LAS FÓRMULAS DE TARIFAS. Las fórmulas tarifarias tendrán una vigencia de cinco años, salvo que antes haya acuerdo entre la empresa de servicios públicos y la comisión para modificarlas o prorrogarlas por un período igual. Excepcionalmente podrán modificarse, de oficio o a petición de parte, antes del plazo indicado cuando sea evidente que se cometieron graves errores en su cálculo, que lesionan injustamente los intereses de los usuarios o de la empresa; o que...

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