RESOLUCION LOCAL 704 RD 5467 - 7 de Noviembre de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 543360674

RESOLUCION LOCAL 704 RD 5467

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5467 7 NOVIEMBRE 2014
EmisorAlcaldia Local de Rafael Uribe Uribe
5
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5467 • pP. 1-5 • 2014 • NOVIEMBRE 7
4. Experiencia profesional, investigación o docencia
debidamente acreditada y certicada.
5. Certicación de haber cursado y aprobado es-
tudios de capacitación expedida por institución
legalmente reconocida y aprobada.
ARTÍCULO OCTAVO.- El reconocimiento o el reajuste,
y pago de la prima técnica se hará por resolución moti-
vada expedida por el Subdirector Técnico de Recursos
Humanos o quién haga sus veces, a partir de la fecha
de la solicitud y presentación de los documentos en
la Subdirección Técnica de Recursos Humanos, que
acrediten el cumplimiento de los requisitos.
ARTÍCULO NOVENO.- La prima técnica una vez re-
conocida y pagada constituirá factor salarial.
ARTÍCULO DÉCIMO.- La prima técnica se reconocerá
y pagará a los funcionarios señalados en el artículo
primero de la presente resolución, que estén ejerciendo
el cargo en propiedad o en encargo. Para este último
evento se reconocerá y pagará sobre la asignación
básica que le corresponda como encargado, siempre
y cuando exista disponibilidad presupuestal, se reúnan
los requisitos exigidos para acceder a este factor sala-
rial y no esté siendo devengada por el titular. Además
de lo exigido en el Artículo 7º del Decreto 471 de 1990
y Artículo 3º Decreto 243 de 1999.
ARTICULO DÉCIMO PRIMERO.- La presente Re-
solución rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga todas las disposiciones que le sean contrarias,
en especial las Resoluciones números 1520 del 20 de
mayo de 2008, 4838 del 1º de diciembre de 2011, 2942
del 25 de octubre de 2012 y 2906 del 8 de noviembre
de 2013.
PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del
mes de noviembre de dos mil catorce (2014).
WILLIAM FERNANDO CAMARGO TRIANA
Director General
ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
Resolución Local Número 704
(Octubre 10 de 2014)
“Por medio del cual se crea y organiza el Comité
Operativo para las Familias en la Localidad de
Rafael Uribe Uribe”
LA ALCALDESA DE LA LOCALIDAD 18 DE RA-
FAEL URIBE URIBE
En uso de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas en el Decreto
ley 1421 de 1993, Decreto 101 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Derechos Humanos, 23 del Pacto Internacional de los
Derechos Civiles y Políticos, 10 del Pacto Internacional
de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
17 de la Convención Americana sobre Derechos Hu-
manos, y el Preámbulo de la Convención sobre los
Derechos del Niño coinciden en armar que la familia
es: “el elemento natural y fundamental de la sociedad”,
atribuyéndole a los Estados y a la sociedad el compro-
miso de protegerla y asistirla, lo cual se constituye en
una obligación para el Estado Colombiano.
Que el ordenamiento jurídico colombiano y principal-
5º y 42, conciben la familia como institución y núcleo
fundamental de la sociedad reconociendo en una serie
de principios y derechos propios del colectivo familiar
y atribuyéndole, a través de diversos postulados de
la misma jerarquía, la facultad de ser un grupo titular
de derechos.
Que el Gobierno Nacional expidió la Ley 1361 de 2009
con el objeto de fortalecer y garantizar el desarrollo
integral de la familia, como núcleo fundamental de la
sociedad, y se determinaron como deberes del Estado
y la sociedad , entre otros, los de garantizar el ejercicio
pleno de los derechos de la familia y de sus integrantes;
establecer estrategias de promoción y sensibilización
de la familia para la sociedad e instituir acciones y
programas que permitan la generación de ingresos
estables para la familia.
Que el Acuerdo Distrital 489 de 2012 adoptó el Plan de
Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras
Públicas de Bogotá D.C. 2012 – 2016, “Bogotá Huma-
na”, consagra como parte de la adopción del plan y es-
trategia general, que el gobierno de la Bogotá Humana
se propone reorientar la inversión y la asignación de
sus recursos de todo tipo, para que las familias habiten
en entornos más seguros, incrementen sus recursos
y se relacionen de manera más democrática con el
gobierno, para inuir con mayor capacidad vinculante
en la orientación de las políticas públicas.
Del mismo modo, el artículo 5 del Plan de Desarrollo
Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas de
Bogotá D.C. 2012 – 2016, “Bogotá Humana”, prevé
RESOLUCIÓN LOCAL DE 2014

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR