Resolución N° 2120 del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, 28-11-2022
Fecha | 28 Noviembre 2022 |
Número de resolución | 2120 |
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
RESOLUCIÓN NÚMERO
2 O
DE 2022
(
2 0
NOV
2022
)
"Por la cual se adopta el Marco de aseguramiento de la calidad estadística del Sistema
Estadístico Nacional de Colombia"
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA — DANE
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere
CONSIDERANDO:
parcialmente por el Decreto 111 de 2022, determina dentro de las funciones generales del
DANE, relativas a la producción de estadísticas estratégicas,
"dictar las normas técnicas
relativas al diseño, producción, procesamiento, análisis, uso y divulgación de la información
estadística estratégica"
Que el artículo 17 del citado Decreto, dispone que son funciones de la Dirección de
Regulación, Planeación, Estandarización y Normalización (DIRPEN) del DANE, entre otras:
"5. Elaborar lineamientos en materia de estandarización y normalización para la
interoperabilidad de los sistemas de información oficial básica. (...) 9. Elaborar los proyectos
de normas técnicas para la producción, el uso, la regulación y la divulgación de la información
oficial básica. (...) 12. Establecer los lineamientos de carácter metodológico relacionados con
la producción y uso de información oficial básica, incluidos los metadatos y normas para
tratamiento de información primaria y secundaria".
1955 de 2019, se creó el Sistema Estadístico Nacional — SEN, con el propósito de suministrar
a la sociedad y al Estado estadísticas oficiales nacionales y territoriales de calidad. Así mismo,
dispone que en el marco del SEN se utilicen lenguajes y procedimientos comunes, respetando
los estándares estadísticos internacionales y los objetivos del código de buenas prácticas en
materia estadística.
"El Departamento
Administrativo Nacional de Estadística (DANE) brindará asesoría y asistencia técnica en la
formulación de Planes Estadísticos Territoriales, así como en los lineamientos y estándares
para la producción y difusión de información estadística en los distritos y municipios que sean
capitales de departamentos y los departamentos de categoría especial".
Que el Gobierno Nacional a través del Decreto 2404 de 2019,
"Por el cual se reglamenta el
artículo 155 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del
Decreto 1170 de 2015 Único del Sector Administrativo de Información",
estableció que el
Sistema Estadístico Nacional y sus miembros en el desarrollo de sus actividades deberán
orientarse por los principios de calidad, coherencia, coordinación, eficiencia, oportunidad,
pertinencia y transparencia.
Que el artículo 2.2.3.1.1. del Decreto 1170 de 2015 precisó que la finalidad del SEN es
"establecer e implementar un esquema de coordinación y articulación entre los componentes
que lo conforman, que permita mejorar la información estadística producida para la toma de
decisiones a nivel nacional y territorial con estándares de calidad, con lenguajes y
procedimientos comunes, respetuosos de los estándares estadísticos internacionales y que
contribuyan a la transparencia, pertinencia, interoperabilidad, acceso, oportunidad y
coherencia de las estadísticas producidas en el país; de modo que la formulación de políticas
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