Resolución número 00203 de 2022, por la cual se reconoce e inscribe la Organización de la Cadena Productivay Agroindustrial del Cuy en Colombia - 30 de Junio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 907295268

Resolución número 00203 de 2022, por la cual se reconoce e inscribe la Organización de la Cadena Productivay Agroindustrial del Cuy en Colombia

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín52081

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas por los artículos 1º de la Ley 811 de 2003, 2 del Decreto 3800 de 2006, 2.12.4.1 y 2.12.4.3 del Decreto 1071 de 2015 y 5º de la Resolución 186 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1 º de la Ley 811 de 2003 creó las organizaciones de cadena en el sector agropecuario, forestal, acuícola y pesquero, con el fin de mejorar la competitividad y productividad de un producto o grupo de productos, requiriendo para su formalización, el establecimiento e inscripción de un acuerdo entre los empresarios, gremios, organizaciones más representativas tanto de la producción agrícola, pecuaria, forestal, acuícola y pesquera, como de la transformación, la comercialización, la distribución y, de los proveedores de servicios e insumos, con la participación del Gobierno Nacional y/o los gobiernos locales y regionales.

Que la referida ley adicionó a la Ley 101 de 1993, disposiciones relacionadas con las organizaciones de cadena, las cuales serán inscritas ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con el fin de constituirse en cuerpos consultivos del Gobierno Nacional respecto a las orientaciones y medidas de política que les conciernen y como órganos de concertación permanente entre los distintos eslabones de las cadenas y entre estos y el Gobierno.

Que el artículo 102 ibídem, señala que no puede ser inscrita ante esta cartera ministerial más de una organización de cadena por producto o grupo de productos, por lo tanto, cuando una organización nacional es inscrita, las organizaciones de zona o región productora de la misma cadena serán comités de la organización nacional y tienen derecho a la representación dentro de esta.

Que el artículo 3º del Decreto 3800 de 2006, estableció como requisitos de las organizaciones de cadenas que solicitan la inscripción ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la presentación del acuerdo de competitividad, el concepto favorable de la Dirección de Cadenas Productivas, la solicitud de inscripción suscrita por los firmantes del acuerdo, tener reglamento interno, y los demás requisitos y procedimientos que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, establezca mediante resolución.

Que la Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas del Ministerio de...

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