Resolución número 00789 de 2016, por la cual se unifican las actividades relacionadas a la conformación, actualización, custodia y archivo del Expediente de Restitución de Tierras - 24 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654229353

Resolución número 00789 de 2016, por la cual se unifican las actividades relacionadas a la conformación, actualización, custodia y archivo del Expediente de Restitución de Tierras

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas
Número de Boletín50067

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, especialmente las previstas en el artículo 105 numeral 10 de la Ley 1448 de 2011, artículo 9º numeral 20 del Decreto número 4801 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que el 10 de junio de 2011, se profirió la Ley 1448 de 2011, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno.

Que el artículo 103 de la mencionada ley, creó la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, en adelante la Unidad, como una entidad especializada de carácter temporal, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio independiente, con el fin de servir de órgano administrativo del Gobierno nacional para la restitución de tierras de los despojados.

Que la Ley 734 de 2002 en su artículo 34 numeral 5, contempló en los deberes de los servidores públicos, "5. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o función conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, e impedir o evitar la sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos".

Que la Ley 594 de 2000, en su artículo 11, establece la obligatoriedad de la conformación de los archivos públicos, la creación, organización, preservación y control de los archivos, teniendo en cuenta los principios de procedencia y orden original y el ciclo vital de los documentos.

Que el artículo 16 de la mencionada ley, establece como una de las obligaciones de los funcionarios a cuyo cargo estén los archivos de las Entidades Públicas, velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información de los documentos de archivo y que serán responsables de su organización y conservación.

Que la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece en su artículo 36 que: "Los documentos y diligencias relacionados con una misma actuación se organizarán en un solo expediente, al cual se acumularán, con elfin de evitar decisiones contradictorias, de oficio o a petición de interesado, cualesquiera otros que se tramiten ante la misma autoridad".

Que el acuerdo 002 de 2014 expedido por el Consejo Directivo del Archivo General, establece los criterios básicos para creación, conformación, organización, control y consulta de los expedientes de archivo y se dictan otras disposiciones.

Que el artículo 2.15.1.7.1. del Decreto número 1071 de 2015, establece que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas dispondrá los mecanismos necesarios para que tanto física como tecnológicamente se preserve de manera íntegra y segura la información contenida en los expedientes relacionados con el trámite de inscripción en el Registro de tierras despojadas y abandonadas forzosamente, de acuerdo con las normas existentes para el efecto.

Que el artículo 9º numeral 20 del Decreto número 4801 de 2011, estableció dentro de las funciones del Director General "(...) 20. Crear, conformar y asignar funciones a los grupos internos de trabajoy comités necesarios para el debido ejercicio de las competencias técnicas y administrativas que en materia de coordinación así se requieran".

Que la Secretaría General de la Unidad, en desarrollo de las facultades otorgadas por el artículo 19 del Decreto número 4801 de 2011, fija la potestad para administrar y dirigir la Gestión Documental de la entidad, ha establecido los procedimientos para adelantar...

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